Desde la Oficina de Protección de Datos se ha detectado que existen algunas dudas en relación con la aplicación de los principios FAIR (Findable, Accessible, Interoperable, Reusable) en la gestión y publicación de datos de investigación.
Queremos recordar que los principios FAIR NO implican la publicación de datos personales ni confidenciales en abierto. Su objetivo es mejorar la localización, acceso y reutilización de los datos científicos, siempre respetando la legislación vigente sobre protección de datos personales (RGPD y LOPDGDD).
La publicidad de los resultados de investigación se deberá realizar previa anonimización de los datos de carácter personal, y por tanto, de conformidad al principio de minimización de datos. La regla general será la publicación de los resultados de investigación con datos anonimizados, y solo en el caso de que ello no sea posible, seudonimizados (consultar Guía CRUE sobre la protección de datos en los proyectos de investigación - pdf).
- Lo importante en los estudios e investigaciones son los resultados de las mismas, y no los datos de las personas que han contribuido a la realización de las investigaciones.
Para un adecuado diseño del proceso de anonimización puede consultar la Guía básica de Anonimización recomendada por la Agencia Española de Protección de Datos - pdf
- Buena práctica: Tal como aconseja el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, para minimizar errores, en los grupos de investigación se recomienda la verificación del archivo a subir por parte de dos miembros del grupo (verificación en dos pasos).
Para cualquier consulta, póngase en contacto con la Oficina de Protección de Datos (@email) o la Delegada de Protección de Datos (@email).