Aclaración sobre los principios FAIR y el tratamiento de datos personales

Mar, 28/10/2025 - 12:35
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28/10/2025
Dibujo de un megáfono sujetado por una mano del que salen cartas postales

Desde la Oficina de Protección de Datos se ha detectado que existen algunas dudas en relación con la aplicación de los principios FAIR (Findable, Accessible, Interoperable, Reusable) en la gestión y publicación de datos de investigación.

Queremos recordar que los principios FAIR NO implican la publicación de datos personales ni confidenciales en abierto. Su objetivo es mejorar la localización, acceso y reutilización de los datos científicos, siempre respetando la legislación vigente sobre protección de datos personales (RGPD y LOPDGDD).

La publicidad de los resultados de investigación se deberá realizar previa anonimización de los datos de carácter personal, y por tanto, de conformidad al principio de minimización de datos. La regla general será la publicación de los resultados de investigación con datos anonimizados, y solo en el caso de que ello no sea posible, seudonimizados (consultar Guía CRUE sobre la protección de datos en los proyectos de investigación - pdf).

  • Lo importante en los estudios e investigaciones son los resultados de las mismas, y no los datos de las personas que han contribuido a la realización de las investigaciones.

Para un adecuado diseño del proceso de anonimización puede consultar la Guía básica de Anonimización recomendada por la Agencia Española de Protección de Datos - pdf

  • Buena práctica: Tal como aconseja el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, para minimizar errores, en los grupos de investigación se recomienda la verificación del archivo a subir por parte de dos miembros del grupo (verificación en dos pasos).

Para cualquier consulta, póngase en contacto con la Oficina de Protección de Datos (@email) o la Delegada de Protección de Datos (@email).