P28. Programa de ayudas para la solicitud de títulos de propiedad industrial

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el año 2024 (según disponibilidad presupuestaria).

El objetivo de este programa es establecer ayudas que faciliten la preparación y presentación de solicitudes de patente y otros títulos de propiedad industrial. Por un lado, se pretende incrementar las garantías asociadas a su protección y por otro, hace frente a las tasas asociadas a las primeras etapas del procedimiento de concesión.

  • Patentes y modelos de utilidad: las ayudas se podrán destinar únicamente a la contratación de servicios externos para informes de patentabilidad, redacción y tramitación de patentes, así como al pago de tasas asociadas al procedimiento de concesión en España hasta la 3ª anualidad (entre otras, las tasas de solicitud, informe sobre el estado de la técnica, petición de examen sustantivo, etc.)
  • Otros títulos de propiedad industrial asociados a resultados de investigación (marcas, diseños industriales, variedades vegetales, etc.): las ayudas se podrán destinar a la contratación de servicios externos para la preparación de solicitudes, así como al pago de tasas asociadas al procedimiento de concesión o registro. 
  • Se podrán solicitar ayudas que cubran hasta el 100% de los costes asociados, hasta un máximo de 5.000 €. 
  • En el caso de resultados en cotitularidad con otras entidades, las ayudas cubrirán hasta el 100% de los costes asociados a la UGR. 

Podrá solicitar estas ayudas el Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. 

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el año (según disponibilidad presupuestaria).

La persona solicitante deberá contar con un número de expediente asignado por la OTRI tras presentar el impreso de comunicación de invención debidamente cumplimentado.

  • Viabilidad de la protección (criterio de exclusión).
  • Retorno esperado (hasta un 30%).
  • Oportunidad de la propuesta (hasta un 20%).
  • Plan de transferencia (hasta un 20%).
  • Cofinanciación* (hasta un 20%).
  • Implicación de la persona solicitante en labores de valorización y comercialización (hasta un 10%).
  • Umbral de elegibilidad: 6/10. 

* La cofinanciación puede proceder de fondos propios del grupo de investigación o departamento, gastos elegibles en proyectos en ejecución, remanentes de proyectos o contratos Art. 60, o aportaciones externas de entidades interesadas en la tecnología. La persona solicitante tendrá que aportar con la solicitud soporte documental del origen de la cofinanciación. 

  • Presentar la documentación que se le requiera de acuerdo a la normativa de la Universidad de Granada y que se detallará en cada caso, junto con la comunicación de la Resolución de concesión y comunicaciones posteriores.
  • Colaborar activamente en las actividades de valorización y comercialización de la tecnología protegida.