P4. Programa de Ayudas a Revistas de la Universidad de Granada

Plazo de solicitud

El plazo de solicitud estará abierto desde el 1 de marzo al 1 de abril de 2024, con resolución en abril de 2024.

A nivel general se persigue contribuir a la internacionalización y mejora de la indexación y los indicadores bibliométricos de impacto de las revistas científicas, así como de su impacto social, de la Universidad de Granada con el fin de garantizar y contribuir a la publicación de artículos de calidad científica y a la difusión y transferencia de conocimientos y resultados de investigación tanto a la comunidad científica como a la sociedad. Más específicamente el programa busca mejorar la situación de las revistas en las grandes de bases de datos internacionales, de esta forma los objetivos del programa se concretan en los siguientes:

  • Mejorar el Factor de Impacto de las revistas indexadas en el Journal Citation Reports.
  • Mejorar el Scimago Journal Rank de las revistas indexadas en Scopus.
  • Conseguir la indexación en los índices de citas SSCI y A&HCI de las revistas indexadas en Emerging Source Citation Index.
  • Conseguir y mantener el sello de calidad FECYT. 

Se presentan dos modalidades:

MODALIDAD 1, dirigida a aquellas revistas de la UGR de reciente creación, que se adapten al formato electrónico para una mejor difusión y visualización, y que mejoren su grado de normalización y de gestión de originales mediante el cumplimiento de los criterios de las convocatorias de FECYT y se postulen para su indexación en el ESCI (Emerging Sources Citation Index).

MODALIDAD 2, destinada a aquellas otras revistas de la UGR, ya posicionadas o que ya han alcanzado el ingreso a las bases de datos internacionales de impacto JCR o Scopus, o hayan conseguido el sello de calidad FECYT. Estas mejoras contribuirán a la difusión de la imagen de calidad y prestigio académico de la Universidad de Granada.

Condiciones del programa para la modalidad 1

Las publicaciones periódicas de investigación que deseen optar a una ayuda habrán de cumplir las siguientes condiciones:

  • Las revistas que concurran a esta modalidad no deben tener una antigüedad superior a tres años.
  • Adaptación al formato electrónico en su edición, en el plazo de un año a partir de la publicación de la presente convocatoria.
  • Cumplimiento de los criterios contemplados en la convocatoria de evaluación de la calidad editorial y científica de las revistas científicas españolas, destinada a la obtención del Sello de Calidad de la FECYT
  • Postulación para indexación en ESCI en el plazo de un año a partir de la publicación de la presente convocatoria.
  • En cada convocatoria solo se podrán aprobar ayudas para aquellas revistas que hayan cumplido con las condiciones anteriores.
  • La cuantía de estas ayudas será determinada por la Comisión de Investigación, atendiendo a las disponibilidades económicas del programa y al interés científico de la revista, con un máximo de 3.000 €.
  • Se establece un máximo de una ayuda anual por revista.
  • Queda excluida, con cargo a las ayudas que se concedan en este programa, la posibilidad de contratación de personal o gastos del mismo, equipamientos, edición de números extraordinarios y la creación de nuevas publicaciones.
  • Se ha estimado una duración máxima de tres años, cumplidos los cuales las revistas beneficiarias de la ayuda quedarán excluidas de la modalidad 1 del programa, debiendo concurrir a la modalidad 2.

Criterios de valoración para la modalidad 1

  • Se valorará que la revista al menos esté presente en el Catálogo Latindex.
  • Se verificará en Ulrich’s, MIAR y CIRC las bases de datos, directorios y catálogos en los cuáles se indexa la revista. Se valorará positivamente la indexación en bases nacionales e internacionales, así como las puntuaciones positivas que reciban en las plataformas de evaluación de revistas.
  • La Comisión de investigación podrá denegar las ayudas a aquellas revistas con poco o nulo grado de normalización según estos criterios o que hayan perdido la periodicidad.

La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III (pdf)

Condiciones del programa para la modalidad 2

  • Podrán participar en esta convocatoria aquellas revistas indexadas en Scopus o JCR Web of Science en algunas de las siguientes bases de datos: SCI, SSCI, A&CI y ESCI, o que hayan obtenido el sello de calidad FECYT.
  • La cuantía de estas ayudas será determinada por la Comisión de Investigación, atendiendo a las disponibilidades económicas del programa y al interés científico de la revista, con un máximo de 4.000 €.
  • Se establece un máximo de una ayuda anual por revista.
  • Queda excluida, con cargo a las ayudas que se concedan en este programa, la posibilidad de contratación de personal o gastos del mismo, equipamientos, edición de números extraordinarios y la creación de nuevas publicaciones.

Criterios de valoración para la modalidad 2

  • Se valorará la evolución positiva del impacto científico y la internacionalización a través de indicadores bibliométricos, así como las estrategias para fomentar el impacto social.
  • Aquellas revistas que habiendo obtenido financiación en dos convocatorias anteriores no hayan incrementado significativamente su visibilidad internacional, mantenido su calidad en las bases de datos o conservación del sello FECYT, quedarán excluidas de la tercera. 

La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III (pdf)

Podrá presentar la solicitud el personal investigador de la Universidad de Granada que sean miembros del equipo directivo de la revista o formen parte del consejo editor de la publicación.

Presentación de una memoria donde se especifique:

  • Indicadores de internacionalización de las revistas (apartado 1 del baremo).
  • Objetivos de internacionalización establecidos por los órganos de gestión de la revista científica.
  • Objetivos de mejora del impacto/indexación establecidos por los órganos de gestión de la revista científica.
  • Estrategias para fomentar el impacto social.
  • Acciones que se van a establecer para el cumplimiento de los objetivos reseñados anteriormente.

Los solicitantes deben presentar el presupuesto anual de la revista, haciendo constar todas las subvenciones recibidas en el año.

Criterio común a ambas modalidades

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, debiendo subir una memoria en la que se debe especificar el proyecto de adaptación de la revista a las condiciones que establece la convocatoria y el presupuesto anual de la revista, haciendo constar todas subvenciones recibidas en el año. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto del 1 de marzo al 1 de abril de 2024, con resolución en abril de 2024. La ayuda tendrá efectos económicos desde la resolución definitiva hasta el 31 de diciembre de 2025.

Criterio común a ambas modalidades

  • Adaptación a las condiciones establecidas en la presente convocatoria en el plazo de un año, a partir de la publicación de la misma.
  • Notificación al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la adaptación de la revista al formato electrónico y a los criterios señalados.
  • Liquidación de los gastos con cargo a la ayuda concedida.
  • El incumplimiento de las condiciones señaladas puede conllevar la devolución íntegra de la ayuda concedida.

Criterio común a ambas modalidades

  • Este programa de ayuda está concebido para mejorar la calidad editorial y científica con unos objetivos precisos y, por tanto, alcanzados los mismos, el programa se completa.
  • Se ha estimado una duración máxima de tres años, cumplidos los cuales las revistas beneficiarias de la ayuda quedarán excluidas de la modalidad 1 del programa, debiendo concurrir a la modalidad 2.