"José Catillejo y S. de Madariaga" Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad (Presentación de solicitudes 03/06/2014 - 14:00h del 24/06/2014)

Lun, 02/06/2014 - 14:05
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02/06/2014
Vicerrectorado de estudiantes

Resolución de 21 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan subvenciones para el Subprograma de Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 en I+D+i. “José Castillejo y Salvador de Madariaga”

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: DESDE EL 3 DE JUNIO HASTA LAS 14:00 HORAS (HORARIO PENINSULAR) DEL 24 DE JUNIO DE 2014

CARACTERÍSTICAS:

1. Las estancias tendran una duracion minima de tres meses y maxima de seis meses, improrrogables y en un unico periodo, debiendo coincidir con los periodos de actividad academica o cientifica de los centros de destino.

2. Las estancias deberan iniciarse y finalizar en las fechas indicadas en la resolucion de concesion, o autorizadas, en su caso, con posterioridad a la resolucion de concesion. La fecha de incorporacion solo podra retrasarse o adelantarse en los casos debidamente justificados, en los terminos previstos en el articulo 25.

3. Los efectos economicos y administrativos surtiran efecto desde el dia de su incorporacion hasta el de finalizacion de la estancia, siempre y cuando no se produzca la baja con anterioridad a esa fecha o existan otras causas de revocacion.

4. Cuando la incorporacion se lleve a cabo en fecha posterior al dia 1 del mes de inicio o la finalizacion sea anterior al ultimo dia del mes correspondiente, el importe a percibir en ese mes sera proporcional a los dias disfrutados en el mismo, y no se requerira autorizacion de la Direccion General. A estos efectos el calculo se hara tomando como referencia para todos los casos meses de 30 dias.

REQUISITOS:

1. Título de doctor.

a) Modalidad A: Haber obtenido el grado de doctor con anterioridad al 1 de enero de 2003, con la salvedad establecida en el apartado 1.c).

b) Modalidad B: Haber obtenido el grado de doctor a partir del 1 de enero de 2003, con la salvedad establecida en el apartado 1.c).

c) En el caso de solicitantes que sean funcionarios de carrera de los cuerpos docentes o escalas de investigación del CSIC y OPIS, con independencia de la fecha de obtención del grado de doctor, deberán concurrir siempre a la modalidad A.

2. Vinculación funcionarial o contractual.

3. Estancias en el extranjero. No haber realizado estancias en el extranjero, por un período acumulado superior a 6 meses, durante los últimos cuatro años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

TODA LA INFORMACIÓN PARA CONSULTAS:

En la página web:

http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo-servicios/becas-ayudas-subvenciones/movilidad/de-profesores.html



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