P22. Programa Visiting Scholars

Información y plazo

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 20 de septiembre de 2024, con resolución en los meses de julio y octubre de 2024.

Objetivo

Apoyar y fomentar la visibilidad y capacidad investigadora de los grupos de investigación de la UGR favoreciendo, mediante la financiación de una visita de larga duración o varias visitas más breves, la colaboración con profesores y profesoras y ​​personal investigador de muy alto nivel, destacados por una producción científica de excelencia provenientes de otras universidades o centros de investigación. El objetivo final será definir y desarrollar un plan de colaboración específico y centrado en la investigación de calidad en colaboración con investigadores e investigadoras de referencia en las distintas áreas

  • Las ayudas tendrán una duración de dos años en los que se desarrollará un proyecto de investigación con la finalidad de publicar los resultados en revistas indexadas en el Journal Citation Report. Además, se podrán incluir actividades tales como la codirección de tesis doctorales, impartir conferencias o seminarios en los Máster oficiales, etc.
  • Las ayudas cubrirán los gastos de viajes y estancias de la persona invitada.
  • Previa autorización del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, la ayuda o parte de ella se podrá destinar para desarrollar una figura contractual como investigador distinguido con el investigador o investigadora invitada durante el periodo de la ayuda, o a su abono mediante retribuciones a personal externo por las colaboraciones realizadas.
  • No se podrá contratar otro personal con cargo a este programa.
  • También se podrán cubrir, previa autorización, con un máximo del 20% del total de la ayuda, otros gastos generados para el desarrollo del proyecto, incluyendo posibles visitas del investigador o investigadora solicitante u otro miembro su equipo al centro de origen del investigador o investigadora invitado, así como visitas a la UGR de colaboradores de la persona invitada. No serán elegibles otro tipo de gastos.
  • La cuantía máxima de la ayuda será de 20.000 €. La cuantía asignada a cada proyecto dependerá del presupuesto presentado que se basará fundamentalmente en los gastos de viajes y estancias de la persona invitada, tal como se ha especificado en los puntos anteriores. Para el cálculo de los gastos de estancia se tendrán en cuenta los límites legales para el pago de alojamiento y manutención.
  • En el supuesto de que durante la vigencia de la ayuda se produzca la contratación de la persona invitada por la Universidad de Granada, la parte de ayuda no ejecutada podrá destinarse a gastos de traslado e instalación y a aquellos gastos necesarios para el inicio de su proyecto de investigación.
  • La persona solicitante será un investigador o investigadora de la Universidad de Granada a tiempo completo.
  • La solicitud identificará un investigador o investigadora de muy alto nivel, con un mínimo de 10 años de antigüedad como doctor, cuyas líneas de investigación sean de referencia en su área. Como referencia, el investigador o investigadora invitada deberá tener un promedio en el número de citas a sus trabajos de los últimos 10 años que se sitúe por debajo del percentil 40% (de acuerdo con INCITES/Scival) en su campo de investigación, o haber obtenido un proyecto ERC en los últimos 10 años, debe de haber recibido premios de reconocido prestigio a nivel nacional o internacional, o ser investigador altamente citado.
  • Como parte de la solicitud se preparará una memoria consensuada con el investigador o investigadora invitada siguiendo las directrices que se especifican en el apartado de formalización de solicitudes.
  • Aquellos grupos de investigación y/o Unidades de Excelencia de la UGR que tengan una ayuda activa en este programa no podrán ser solicitantes hasta la finalización de la ayuda en vigor.

Las solicitudes serán presentadas por los Vicerrectorados, la dirección de Departamentos o Institutos, investigadores e investigadoras responsables de los Grupos, o investigadores e investigadoras principales de proyectos.

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

  • CV abreviado (CVA) de la persona visitante, en el que se destacarán especialmente los méritos que se ajustan al programa (ver la sección de requisitos).
  • Número del DNI o pasaporte del investigador o investigadora invitada.
  • Memoria del proyecto de colaboración específico, centrado en la investigación de calidad. Para la confección de dicha memoria se hará uso de la plantilla facilitada, y deberá detallarse claramente:
    • Plan de trabajo y resultados esperados de la realización de la colaboración.
    • Número y duración de las visitas del investigador o investigadora invitada a la Universidad de Granada, así como las fechas aproximadas.
    • Presupuesto detallado del proyecto de colaboración en el que se incluirán todos los gastos necesarios para la realización del proyecto.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 20 de septiembre de 2024, con resolución en los meses de julio y octubre de 2024.

Con carácter general se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:

  • Méritos académicos y científicos del investigador o investigadora invitada.
  • Viabilidad de la labor a realizar e interés del plan de trabajo.
  • Se priorizarán aquellas solicitudes en las que el investigador o investigadora responsable sea miembro de una Unidad de Excelencia reconocida por la Universidad de Granada. 

La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

 

Las personas beneficiarias del programa podrán solicitar, como mínimo un mes antes de la finalización de la ayuda, una prórroga temporal por un periodo anual, hasta un máximo de dos años, mediante escrito justificado, a través de Registro Electrónico, dirigido al Sr. Vicerrector de Investigación y Transferencia. La concesión de la prórroga no dará derecho a nueva ayuda económica, pero sí al mantenimiento por ese periodo de la financiación concedida inicialmente y no gastada en el momento de la petición. La persona investigadora visitante seguirá cumpliendo con las obligaciones derivadas del programa Visiting Scholars. 

Las personas beneficiarias del programa podrán solicitar una renovación de la ayuda concedida, por un nuevo periodo de dos años. La petición deberá hacerse, como mínimo, un mes antes de la finalización de la ayuda mediante escrito justificativo, a través de Registro Electrónico, dirigido al Sr. Vicerrector de Investigación y Transferencia. La concesión de la renovación se hará en los mismos términos que la inicial. Se valorará el cumplimiento de las obligaciones realizadas como personas beneficiarias del programa durante el tiempo de disfrute y, en especial, el número de publicaciones de alta calidad (altamente citadas, o en las revistas Nature o Science) en las que el investigador o investigadora aparece con afiliación “Universidad de Granada”, así como figurar en la lista de autores altamente citados de Clarivate Analytics.

  • Desarrollar el plan de trabajo propuesto a lo largo de los dos años de proyecto.
  • La persona visitante deberá añadir a la Universidad de Granada como afiliación en las publicaciones resultantes del proyecto de colaboración.
  • Mencionar al Plan Propio de la Universidad de Granada en los agradecimientos de las publicaciones resultantes del proyecto de colaboración.

Una vez finalizadas las actividades, presentar en el plazo de un mes los justificantes económicos de los gastos realizados y una breve memoria del trabajo realizado y los resultados obtenidos. Esta memoria se publicará en el Repositorio de la Biblioteca de la Universidad de Granada, DIGIBUG.