Información
Este programa de Transferencia está gestionado por:
Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI)
Correo Electrónico: otri@ugr.es | Teléfono: (+34) 958 244 336 | Web: https://otri.ugr.es/
- AMPLIACION DEL PLAZO DE SOLICITUD: HASTA EL 25 DE NOVIEMBRE DE 2020
Objetivo
El objetivo de este programa es la concesión de ayudas para la definición y desarrollo de Proyectos Singulares Estratégicos de Transferencia de Conocimiento.
Los Proyectos Singulares Estratégicos de Transferencia de Conocimiento (PSETC) se definen como un conjunto de actividades de Investigación, Desarrollo y Transferencia de Conocimiento interrelacionadas entre sí, con el objetivo común de valorizar y acercar al mercado una determinada tecnología.
Dichos proyectos podrán combinar diferentes actuaciones durante las distintas fases de ejecución. Entre estas actuaciones se contemplan: estudios de viabilidad técnica, actividades de desarrollo y demostración tecnológica (prototipado y pruebas de concepto), protección y difusión de resultados orientada a su transferencia, planes de comercialización y explotación, estudios de mercado, estudios de viabilidad comercial o itinerarios tecnológicos (roadmaps), entre otras.
Los proyectos deben tener un claro carácter innovador y un alto potencial de transferencia. No se financiarán: proyectos de investigación básica, proyectos basados en capacidades, proyectos con un bajo grado de concreción.
Se valorarán positivamente aquellos proyectos que partan de un estado de desarrollo o nivel de madurez de la tecnología (Technology Readiness Levels) TRL 2 o superior, debidamente justificados por el solicitante conforme a criterios estandarizados. La ejecución del proyecto deberá suponer un avance significativo en el nivel de madurez de la tecnología que se pretende valorizar para avanzar hacia su transferencia.
Condiciones
Estructura: El Programa se estructura en tres fases, no necesariamente secuenciales:
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Fase 1. Convocatoria. Selección de preproyectos. Publicación de la convocatoria. Evaluación de las propuestas recibidas y selección de preproyectos
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Fase 2. Mentorización y Diseño del Plan de Actuación. Tutorización personalizada para la elaboración del Plan de Actuación del Proyecto Singular Estratégico de Transferencia de Conocimiento
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Fase 3. Ejecución del Plan de Actuación. Acompañamiento en la ejecución de las acciones contempladas en el Plan de Actuación del Proyecto Singular Estratégico de Transferencia de Conocimiento
Actividades financiables: Podrán ser objeto de financiación todas aquellas actividades y actuaciones incluidas en el Plan de Actuación del Proyecto Singular Estratégico de Transferencia de Conocimiento, estén o no contempladas en este Plan Propio de Investigación, y siempre que reciban una evaluación positiva expresa.
Áreas y sectores de interés: La convocatoria está abierta a todos los campos de investigación. Se valorarán positivamente aquellas propuestas con un claro carácter innovador, un alto potencial de transferencia y que estén orientadas a Líneas de Acción incluidas en alguna de las prioridades de especialización inteligente recogidas en la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020 RIS3Andalucía:
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Prioridad 1. Impulso y desarrollo de la movilidad y la logística
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Prioridad 2. Consolidación de la industria avanzada vinculada al transporte
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Prioridad 3. Aprovechamiento sostenible de los recursos endógenos de base territorial
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Prioridad 4. Potenciación de Andalucía como destino turístico, cultural y de ocio
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Prioridad 5. Impulso a los sistemas de salud y de bienestar social
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Prioridad 6. Investigación e innovación en agroindustria y alimentación saludable
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Prioridad 7. Fomento de energías renovables, eficiencia energética y construcción sostenible
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Prioridad 8. Fomento de las TIC y de la economía digital
Adicionalmente, se valorarán positivamente aquellas propuestas alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2015-2030 de Naciones Unidas (ODS, Agenda 2030) y los Retos de la Sociedad:
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Salud, cambio demográfico y bienestar
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Seguridad alimentaria, agricultura y silvicultura sostenibles, investigación marina, marítima y de aguas interiores y bioeconomía
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Energía segura, limpia y eficiente
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Transporte inteligente, ecológico e integrado
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Acción por el clima, medio ambiente, eficiencia de los recursos y materias primas
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Europa en un mundo cambiante: Sociedades inclusivas, innovadoras y reflexivas
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Sociedades seguras: proteger la libertad y la seguridad de Europa y sus ciudadanos.
Requisitos de los solicitantes
Podrán tener la consideración de beneficiarios investigadores, equipos y grupos de investigación de la UGR, reconocidos o constituidos ad hoc para presentarse a este programa de ayudas.
La solicitud deberá presentarla el/la investigador/a principal (IP) del PSETC, que será Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada con vinculación permanente, actuará como representante del equipo y será responsable de la ejecución de las actuaciones previstas.
Formalización de solicitudes
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Presentación de solicitudes conforme a las instrucciones que se publicarán en la convocatoria
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Cada investigador/a sólo podrá participar en una única propuesta por convocatoria
Criterios de valoración
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Capacidad del equipo (hasta 10 puntos): CV, Experiencia en transferencia, emprendimiento y/o gestión de la innovación, Complementariedad, Asignación de roles y tareas, Motivación, expectativas e implicación, Colaboradores, aliados y socios potenciales,…
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Calidad de la propuesta y plan de trabajo (hasta 20 puntos): Alineación de la propuesta con la convocatoria (valorización y transferencia), Plan de trabajo, Propuesta de Plan de Actuación, Objetivos, Resultados, Entregables, Indicadores de seguimiento,…
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Interés de la propuesta (hasta 20 puntos): Necesidad o problema a solucionar, Justificación y oportunidad, Nivel de innovación, Diferencias técnicas y ventajas respecto al estado de la técnica, Adecuación a las prioridades de la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020 RIS3Andalucía, Alineación con los ODS, Alineación con los Retos de la Sociedad, Alineación con necesidades de sectores estratégicos, Futuros desarrollos,…
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Viabilidad técnica y económica de la propuesta (hasta 20 puntos): Estrategia y viabilidad de protección de resultados, Nivel de madurez de la tecnología (nivel inicial – nivel alcanzable), Tecnologías/productos/servicios competidores, Justificación y adecuación del presupuesto (global y desglosado), Barreras de entrada al mercado / Necesidades regulatorias, Consideraciones éticas, legales y ambientales, Cofinanciación* interna/externa, Previsiones futuras de financiación externa,…
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Impacto (hasta 30 puntos): Usos y aplicaciones, Potencial de transferencia, Plan de Explotación de Resultados, Plan de Difusión de Resultados, Stakeholders, usuarios y beneficiarios, Impacto y valor social esperado, Beneficios sociales y económicos, Mercado potencial y sectores de interés, Viabilidad comercial, Identificación de posibles licenciatarios, Aportación de expresiones y demostraciones de interés,…
* La cofinanciación puede proceder de fondos propios del grupo de investigación o departamento, gastos elegibles en proyectos en ejecución, remanentes de proyectos o contratos Art. 83, o preferentemente, aportaciones externas de entidades interesadas en la tecnología. El/la solicitante tendrá que aportar con la solicitud soporte documental del origen de la cofinanciación.
Obligaciones de los beneficiarios
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Presentar la documentación que se le requiera de acuerdo a la normativa de la Universidad de Granada y que se detallará en cada caso, junto con la comunicación de la Resolución de concesión y comunicaciones posteriores.
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Firmar previamente un acuerdo de aceptación por el que se compromete a:
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Utilizar la ayuda con la finalidad para la que ha sigo sido concedida y de conformidad con las condiciones establecidas.
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Aceptar las bases del Programa.
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Colaborar activamente con la OTRI durante la elaboración y ejecución del Plan de Actuación del Proyecto Singular Estratégico de Transferencia de Conocimiento
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La ayuda concedida tendrá la consideración de costes de transferencia: una vez transferidos los resultados, en cumplimiento de la Normativa sobre los derechos de propiedad industrial e intelectual derivados de la actividad investigadora de la Universidad de Granada (art. 16), se detraerá de los ingresos obtenidos por la transferencia o explotación de los resultados de investigación. Las cantidades detraídas se reincorporarán al Plan Propio de Investigación y Transferencia en el presupuesto de ayudas a la transferencia de resultados de investigación gestionadas por la OTRI.