P29. Programa de internacionalización de patentes

El plazo de presentación de solicitudes para las dos modalidades permanecerá abierto durante todo el año 2024 (según disponibilidad presupuestaria).

El objetivo de este programa es establecer ayudas que favorezcan la internacionalización de las tecnologías protegidas bajo patente en el mayor territorio posible. 

Este programa contempla dos modalidades de ayuda:

Modalidad A: Solicitudes Internacionales (Vía PCT).

Modalidad B: Solicitudes en terceros países (Entrada en Fases Nacionales).        

 

Objetivo

Incrementar las opciones de transferencia de las tecnologías patentadas obteniendo un nuevo informe de búsqueda y manteniendo, hasta un máximo de 30 meses, sus posibilidades de extensión a los países firmantes del tratado de cooperación en materia de patentes (PCT).

Condiciones

  • Las ayudas cubren exclusivamente tasas de solicitud y honorarios profesionales.
  • En el caso de patentes solicitadas en cotitularidad con otras entidades, las ayudas cubrirán hasta el 100% de los gastos aplicables a la UGR.
  • Se podrán solicitar ayudas que cubran hasta el 100% de los costes asociados, hasta un máximo de 5.000 euros. 

Requisitos de las personas solicitantes

Podrá solicitar estas ayudas el personal docente e investigador de la Universidad de Granada. 

Formalización de solicitudes

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el año (según disponibilidad presupuestaria).

Criterios de valoración

  • Expresiones de interés recibidas (hasta un 30%).
  • Retorno esperado (hasta un 20%).
  • Cofinanciación* (hasta un 20%). Obligatoria.
  • Nivel de protección conferida por la patente (hasta un 20%) (Criterio de exclusión).
  • Implicación del Grupo de Investigación en labores de valorización y comercialización del resultado (hasta un 10%).

Umbral de elegibilidad: 6/10 

* La cofinanciación puede proceder de fondos propios del grupo de investigación o departamento, gastos elegibles en proyectos en ejecución, remanentes de proyectos o contratos Art. 60, o aportaciones externas de entidades interesadas en la tecnología. la persona solicitante tendrá que aportar con la solicitud soporte documental del origen de la cofinanciación. 

Obligaciones de las personas beneficiarias

  • Presentar la documentación que se le requiera de acuerdo a la normativa de la Universidad de Granada y que se detallará en cada caso, junto con la comunicación de la Resolución de concesión y comunicaciones posteriores.
  • Colaborar activamente en las actividades de valorización y comercialización. 

Objetivo

Sufragar los costes asociados a la solicitud y mantenimiento de patentes con muy alto potencial de explotación cuyo plazo para entrar en fases nacionales expire sin estar licenciadas. 

Condiciones

  • Estas ayudas están dirigidas a cubrir las tasas y honorarios profesionales derivados de la solicitud.
  • En el caso de patentes solicitadas en cotitularidad con otras entidades, las ayudas cubrirán hasta el 100% de los gastos correspondientes a la UGR.
  • Se podrán solicitar ayudas hasta un máximo de 10.000 euros por solicitud.
  • Se podrá solicitar estas ayudas para:
    • Solicitudes PCT que entren en fases nacionales.
    • Mantenimiento de solicitudes en vigor o patentes concedidas en terceros países (incluyendo patentes europeas).
  • Excepcionalmente, y cuando concurran razones estratégicas para la Universidad, la Comisión de Investigación podrá acordar la concesión de ayudas sin cofinanciación por parte de la persona solicitante. 

Formalización de solicitudes

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el año (según disponibilidad presupuestaria).

Deberá cumplimentarse el documento de solicitud y anexos, incluyendo un Plan de Valorización y Comercialización.

Requisitos de las personas solicitantes

Podrá solicitar estas ayudas el Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada. 

Criterios de valoración

  • Expresiones de interés recibidas (hasta un 20%).
  • Plan de Valorización y Comercialización (hasta un 20%).
  • Cofinanciación* (hasta un 30%). Obligatoria.
  • Nivel de protección conferida por la patente (hasta un 20%) Criterio de exclusión.
  • Implicación del Grupo de Investigación en labores de valorización y comercialización del resultado (hasta un 10%). 

* La cofinanciación puede proceder de fondos propios del grupo de investigación o departamento, gastos elegibles en proyectos en ejecución, remanentes de proyectos o contratos Art. 60, o aportaciones externas de entidades interesadas en la tecnología. la persona solicitante tendrá que aportar con la solicitud soporte documental del origen de la cofinanciación. 

Obligaciones de las personas beneficiarias

  • Presentar la documentación que se le requiera de acuerdo a la normativa de la Universidad de Granada y que se detallará en cada caso, junto con la comunicación de la Resolución de concesión y comunicaciones posteriores.
  • Colaborar activamente en las actividades de valorización y comercialización de la tecnología protegida.