P34. Programa de promoción y comercialización de resultados y capacidades

El objetivo de este programa es proporcionar ayudas y recursos a los grupos y equipos de investigación para la planificación y realización de actividades de promoción, difusión y comercialización de sus resultados y capacidades, para facilitar su transferencia al tejido productivo.

  • Se cofinanciarán los costes asociados a actividades de comunicación y marketing de resultados y capacidades, entre ellos:
    • Gastos derivados de la asistencia a reuniones con empresas o eventos de Transferencia de Conocimiento (inscripciones, gastos de viajes y dietas).
    • Organización y realización de eventos de promoción y Transferencia de Conocimiento en colaboración con la OTRI.
    • Diseño y producción de contenidos y materiales audiovisuales sobre infraestructuras tecnológicas y equipamiento, resultados o capacidades de investigación.
    • Diseño e impresión de materiales gráficos y de identidad visual corporativa: tarjeta de visita, folletos, roll-up, etc.
  • La ayuda máxima será de 3.000 euros.
  • La persona solicitante deberá ser Personal Docente e Investigador (PDI) de la UGR.
  • La ayuda puede solicitarse a título individual o para un equipo de investigación, Departamento, Centro o Institutos de Investigación de la UGR.
  • Podrán tener la consideración de beneficiarios equipos de investigación de la UGR, reconocidos o constituidos ad hoc para presentarse a este programa de ayudas.

Formalización de solicitudes

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto todo el año (según disponibilidad presupuestaria). 

  • Oportunidad e interés de la propuesta (hasta un 30%)
  • Potencial de la acción desde el punto de vista de la Transferencia de Conocimiento (30%)
  • Experiencia del equipo o de la persona solicitante en Transferencia de Conocimiento (hasta un 20%)
  • Adecuación del presupuesto y cofinanciación* (hasta un 20%)

* La cofinanciación puede proceder de fondos propios del grupo de investigación o departamento, gastos elegibles en proyectos en ejecución, remanentes de proyectos o contratos Art. 60, o aportaciones externas de entidades interesadas en la tecnología. la persona solicitante tendrá que aportar con la solicitud soporte documental del origen de la cofinanciación. 

Sin perjuicio de las obligaciones generales, las personas beneficiarias de ayudas en este programa deberán:

  • Presentar un informe sobre las actividades realizadas, conforme al modelo proporcionado por la OTRI.
  • Las actividades de los eventos de promoción y transferencia organizados, se deberán consensuar previamente con la OTRI.
  • Liquidar los gastos de viaje y dietas en los plazos establecidos en la normativa de la UGR sobre indemnizaciones por razón de servicio.
  • En su caso, facilitar copia de todo el material elaborado.