P36. Programa de ayudas predoctorales

Pendiente de publicación.

Este programa desarrolla la línea de actuación B del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, destinada a la potenciación de los recursos humanos, con el objetivo de incrementar el número de personal investigador en la Universidad de Granada y promover la formación de doctores y doctoras.

 

Capacitación científica y tecnológica. Formación de investigadores en líneas estratégicas establecidas por empresas o instituciones mediante la realización de tesis doctorales

Objetivo

El objetivo específico de este programa es la realización de doctorados mediante la cofinanciación a una tesis doctoral financiada por una empresa, entidad o institución colaboradora de contratos predoctorales, a fin de favorecer la inserción laboral de este personal investigador en las mismas desde el inicio de su carrera profesional, contribuir a su empleabilidad y promover la incorporación de talento en el tejido productivo para elevar la competitividad del mismo.

Las entidades cofinanciadoras podrán ser: empresas, centros tecnológicos, asociaciones empresariales, parques científicos y tecnológicos, administraciones públicas y fundaciones.

Condiciones

  • La finalidad del contrato será la realización de una tesis doctoral.
  • Estas ayudas cubrirán el coste de un contrato predoctoral previsto en el Artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
  • La ayuda consistirá en un máximo del 50% del coste del contrato durante el primer año y un 25% los tres siguientes. La cuantía restante, 50% el primer año y el 75% los tres siguientes deberá ser cofinanciada por la entidad colaboradora.
  • La entidad colaboradora podrá dotar la ayuda con financiación adicional, para hacerse efectiva a partir del segundo año, destinada a bolsa de viaje para una estancia en algún otro centro de investigación, fuera del ámbito geográfico de la Universidad de Granada, por un máximo de tres meses, de forma que se favorezcan las estancias en centros internacionales, para la obtención de la Mención Internacional al título de doctor/a.
  • El/la doctorando/a será supervisado por un director/a de tesis, que deberá ser un miembro del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada que cumpla los requisitos establecidos en el programa de doctorado correspondiente.
  • El/la doctorando/a podrá desarrollar tareas de investigación en las instalaciones de la empresa, siempre que estas estén expresamente incluidas en el proyecto aprobado por la comisión de investigación y debidamente reflejado en el convenio de colaboración.
  • Las tesis leídas en el marco de este programa recibirán la mención de Doctorado Industrial si reúnen las condiciones indicadas en el Real Decreto 99/2011. Las empresas, administraciones públicas y resto de entidades cofinanciadoras, así como el PDI participante, igualmente recibirán un reconocimiento por su participación en este programa.
  • Los contratos tendrán una duración máxima de cuatro años. La renovación anual del contrato estará condicionada al informe anual favorable de la comisión académica del programa de doctorado o, en su caso, de la escuela de doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa hasta un máximo de cuatro.
  • Las renovaciones anuales estarán supeditadas a las disponibilidades presupuestarias aportadas por las entidades cofinanciadoras, así como a la voluntad de continuidad que éstas manifiesten y a que la persona contratada siga cumpliendo los requisitos establecidos en este programa y en la convocatoria específica.
  • Los contratos predoctorales se podrán extinguir por las siguientes circunstancias:
    • El transcurso del período máximo de duración de la ayuda.
    • La salida de la persona beneficiaria del programa de doctorado.
    • La obtención del título de doctor o doctora por parte de la persona beneficiaria.
    • Por renuncia de la propia persona beneficiaria.
    • Por falta de financiación de la entidad colaboradora
  • La cuantía del salario será de doce mensualidades, de acuerdo con el Estatuto Personal Investigador Predoctoral en Formación (EPIF), a lo largo del contrato, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Las personas beneficiarias de convocatorias anteriores pasarán a percibir igualmente estas retribuciones. En cualquier caso, el Plan Propio financiará, como máximo, el 50% de esta cuantía durante el primer año y el 25% durante los siguientes.
  • La percepción de una ayuda al amparo de este Programa es incompatible con otras ayudas financiadas con fondos públicos o privados que tengan una finalidad análoga, así como con sueldos o salarios de similar naturaleza, con otras actividades que tengan horarios coincidentes con los de la formación y, con carácter general, con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial o con cualquier actividad que pueda afectar al cumplimiento del objeto de la ayuda, a su finalidad formativa e investigadora, o que se produzca en su mismo horario. No obstante, las ayudas serán compatibles con las percepciones que proceder de complementos por tareas docentes que pueda realizar la persona beneficiaria o por tareas de investigación directamente asociadas con el proyecto formativo desarrollado por aquella, que tengan carácter no habitual, y no menoscaben o interrumpan el proceso formativo objeto de la ayuda. La suma de la duración de todas estas tareas no podrá rebasar las 100 horas anuales.
  • Se podrán reconocer colaboraciones docentes sin que en ningún caso se puedan superar las 60 horas anuales. La colaboración en tareas docentes en el ámbito universitario será de un máximo de 180 horas durante la extensión total del contrato predoctoral. 
  • La Universidad de Granada se hará cargo de la matrícula de la persona beneficiaria en un Programa de Doctorado de la UGR.
  • Plazo de presentación: Se abrirá un plazo de un mes para que en un proceso de concurrencia competitiva el PDI presente el proyecto en el marco del cual se desarrollará la tesis.
  • Debido al carácter subsidiario del Plan Propio de Investigación y Transferencia, el disfrute de estos contratos será incompatible con la obtención de ayudas equivalentes en programas europeos, nacionales o autonómicos. De este modo, las personas beneficiarias de estos programas a los que le sean concedidas ayudas, estarán obligados a la aceptación de éstas, cesando automáticamente el disfrute de la ayuda del Plan Propio.

Formalización de solicitudes

El proceso de solicitud de este programa consta de dos fases:

A. PRIMERA FASE. Presentación de la solicitud para la realización de un proyecto por los directores o directoras de la tesis.

Requisitos de las personas solicitantes

  • Ser Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada con título de doctor, en calidad de director/a de la tesis de los futuros beneficiarios del contrato predoctoral.
  • Aportar un convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la empresa, institución o entidad cofinanciadora. El contenido de dicho convenio se ajustará al modelo que facilitará la OTRI y recogerá al menos los siguientes aspectos:
  • El compromiso de colaboración científica en relación con el proyecto de investigación por la entidad colaboradora.
  • Cofinanciación del Contrato predoctoral con sus correspondientes hitos de pago que, en todo caso, garantizarán la disponibilidad presupuestaria para cada anualidad del contrato laboral de la persona beneficiaria.
  • Obligación de confidencialidad de las partes y procedimiento para la publicación de los resultados del proyecto.
  • Régimen de titularidad de los derechos sobre los potenciales resultados que genere el proyecto.

Formalización de solicitudes

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, a la que se acompañará la siguiente documentación en formato electrónico:

  • Memoria descriptiva del proyecto de investigación a realizar, en la que se justifique debidamente el interés científico de la propuesta y su viabilidad.
  • Convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la institución, empresa o entidad cofinanciadora.
  • CV tanto del solicitante como, si procede, del responsable del seguimiento del proyecto en la empresa.

Los proyectos deben tener un claro carácter innovador valorándose positivamente aquellas propuestas con un alto potencial de transferencia y que estén orientadas a Líneas de Acción incluidas en alguna de las prioridades de especialización inteligente recogidas en la Estrategia de Innovación de Andalucía RIS3/S3 y la Estrategia S4 Andalucía - Estrategia de Especialización Inteligente para la Sostenibilidad de Andalucía 2021-2027.

Adicionalmente, se valorarán positivamente aquellas propuestas alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2015-2030 de Naciones Unidas (ODS, Agenda 2030) y los Retos de la Sociedad.

Criterios de valoración

  • Experiencia de la empresa en actividades de transferencia de tecnología con la UGR (Proyectos de I+D colaborativa, contratos art.83) (hasta un 15%).
  • Viabilidad de la propuesta (hasta un 15%).
  • Interés del proyecto de cara a la TC (hasta un 20%).
  • Oportunidad de la propuesta (hasta un 10%).
  • Experiencia del Grupo de Investigación en TC (hasta un 10%).
  • Cofinanciación adicional al mínimo establecido en el Programa: (hasta un 20%).
  • Puesta a disposición de una bolsa de viaje: 10%.

B. SEGUNDA FASE. Selección de candidatos o candidatas mediante concurso público.

Una vez aprobada la ayuda por la Comisión de Investigación la solicitud de proyecto de tesis, se procederá a la selección de candidatos mediante procedimiento en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva. La solicitud de convocatoria de contrato predoctoral la realizará el/la directora/a de la tesis. La convocatoria concertará la titulación exigida, las condiciones del contrato, los criterios de selección y la composición de la comisión evaluadora. En todo caso, para la publicación de la convocatoria de plaza deberá estar formalizado el ingreso a la UGR de la financiación aportada por la entidad colaboradora. La selección de los candidatos se llevará a cabo de forma conjunta por la Universidad de Granada y la entidad cofinanciadora, de modo que la comisión evaluadora deberá estar constituida por miembros de la Universidad y en la misma podrán estar representantes de la empresa, institución o entidad colaboradora.

Requisitos de las personas solicitantes

Podrán solicitar la ayuda licenciados, graduados y/o doctorandos que reúnan las siguientes condiciones:

  • Tener una nota media mínima en el expediente académico de acuerdo a la estipulado, para cada rama de conocimiento según los criterios establecidos en la convocatoria de ayudas para la formación de profesorado universitario correspondiente al año 2022, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (PEICTI) 2021-2023.
  • El director o directora de la solicitud de la ayuda FPU debe ser el mismo que el de la solicitud a este programa.

Formalización de solicitudes

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, a la que se subirá la siguiente documentación en formato electrónico:

  • Copia de los borradores de la 1ª y 2ª fase la solicitud presentada a la convocatoria de Ayudas FPU de 2022.
  • Fotocopia del título de licenciatura o grado, así como fotocopia del expediente académico con puntuación sobre 10.
  • Fotocopia del D.N.I. o pasaporte del solicitante.
  • Curriculum vitae.
  • Memoria descriptiva del proyecto de tesis a realizar siguiendo el formato de EIP disponible en su web.
  • Visto bueno del director o directora de la tesis para participar en la convocatoria de la UGR.
  • Aceptación del director del trabajo de investigación.
  • Certificado de estar admitido o matriculado en un programa de doctorado.
  • Compromiso de aceptación de cualquier beca o contrato que le sea concedida en programas europeos, nacionales o autonómicos equivalentes a este programa.

El plazo de presentación de solicitudes se anunciará en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, una vez haya sido publicada la resolución del programa FPU.

Criterios de valoración

La comisión evaluadora en la segunda fase del concurso tendrá en cuenta, entre otros méritos, el currículum vitae y el expediente académico de los candidatos, así como los criterios especificados en la convocatoria oficial.

Obligaciones de las personas beneficiarias

  • Realizar la actividad para la que se concede la ayuda. Cualquier modificación sobre el proyecto presentado requerirá de la autorización previa del Vicerrector de Investigación y Transferencia.
  • Presentar un informe anual al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia sobre los avances que se produzcan, refrendados por el director del trabajo de investigación y presentar asimismo los informes que solicite la empresa.
  • Los beneficiarios se subrogarán para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio. 

Obligaciones de la entidad colaboradora

  • Aportar la cofinanciación comprometida en los plazos y condiciones establecidas en el convenio de colaboración.
  • Proporcionar al personal en formación objeto de la ayuda, el apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o equipos disponibles que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad.
  • Designar, de entre los miembros de su plantilla, un responsable del seguimiento de las obligaciones de las personas beneficiarias de las ayudas y del cumplimiento del objeto de la misma. Esta persona podrá actuar como codirector de la Tesis Doctoral siempre y cuando reúna los requisitos necesarios establecidos en la normativa de la Universidad de Granada.
  • Velar por el desarrollo adecuado del programa de formación del beneficiario, sin que pueda exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté relacionada con el desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para ésta durante su transcurso.
  • Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y no incurrir en supuesto que imposibiliten la percepción de subvenciones o de contratación con las administraciones públicas.

 

Doctorados Industriales

Objetivo

El objetivo de este Programa es contribuir a dinamizar y estrechar las relaciones entre el sector productivo y el mundo universitario, estableciendo condiciones que potencien iniciativas emprendedoras, 1) que faciliten la carrera profesional del personal investigador en formación mediante la realización de doctorados en los que el doctorando desarrollara su formación investigadora en colaboración con una empresa privada o pública, 2) que fomenten la elaboración y realización de proyectos I+D+i de colaboración entre empresas y grupos de la Universidad de Granada, y 3) que sirvan de base a solicitudes de proyectos de colaboración empresa/universidad

Se convocan un máximo de 4 ayudas dotadas con un máximo de 20.000 euros cada una.

Las ayudas tienen por objetivo contribuir a la competitividad e internacionalización del tejido socio-económico en cualquier área (cultural, industrial, sanitaria, tecnológica, educativa, etc.), retener talento y situar a los estudiantes de doctorado en condiciones de desarrollar proyectos de I+D+i en una empresa.

Por su parte la empresa se beneficiará de 1) la posibilidad de trabajar en colaboración con personal investigador de alto nivel científico y en la vanguardia del conocimiento; 2) acceso a equipamiento e infraestructura de alto nivel; 3) contribuir a la formación de personal propio de gran potencial que mejore la competitividad e internacionalización de la empresa; 4) establecer, a través de la colaboración científica, alianzas estratégicas de futuro para la consecución de proyectos en el marco de convocatorias nacionales o internacionales de proyectos de I+D en cooperación.

La finalidad de estas ayudas es promover la realización de proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental en una empresa, en la que el doctorando o la doctoranda desarrollará su formación investigadora, en colaboración con un grupo de investigación de la universidad de Granada, y que será objeto de una tesis doctoral. 

Condiciones

  • La ayuda consistirá en una asignación económica de un máximo de 20.000 euros destinada a la ejecución de un proyecto I+D+i que implicará la elaboración de una tesis doctoral en el marco del desarrollo de un proyecto en cooperación con el que acudir a convocatorias de financiación proyectos de I+D colaborativa empresa/universidad dentro de los programas marco europeos (H2020/Horizon Europe), o de otras convocatorias nacionales o internacionales.
  • En este proyecto, la persona directora de la tesis, actuará como investigador/a responsable.
  • La ayuda estará destinada a cubrir: gastos de matriculación en el programa de doctorado, gastos de movilidad del doctorado y gastos de ejecución del proyecto.
  • La duración máxima de la ayuda será de tres años.
  • La cuantía máxima de 20.000 euros, estará financiada mediante las siguientes aportaciones:
    • La Escuela Internacional de Posgrado aportará una cantidad máxima de 5.000 euros para gastos de matrícula y de movilidad. La estancia en un centro extranjero deberá ser de al menos tres meses, a efectos de obtener la mención internacional en el título de doctor. El Vicerrectorado de Investigación y Transferencia aportará hasta 15.000 euros a cargo del Plan Propio de Investigación y Transferencia igualando la cofinanciación aportada por la empresa y se distribuirán de la siguiente forma:
      • Hasta 5.000 euros para la primera anualidad.
      • Hasta 5.000 euros a lo largo de la segunda anualidad.
      • Hasta 5.000 euros para la tercera anualidad condicionados a la previa justificación de haber presentado una solicitud para financiar un proyecto en convocatoria de proyectos de I+D colaborativa que permita una cooperación efectiva entre la empresa empleadora y la Universidad de Granada.
  • Serán gastos elegibles con cargo a la aportación del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia:
  • Gastos relacionados con la protección y/o publicación de resultados del proyecto.
  • La compra de material fungible.
  • Uso de servicios incluidos en el catálogo del Centro de Instrumentación Científica de la Universidad de Granada.
  • No serán gastos elegibles las retribuciones a miembros del equipo investigador, gastos de personal, gastos protocolarios (como comidas, obsequios, etc.), gastos de material de oficina, así como la compra de gran equipamiento.
  • El doctorando tendrá un/a director/a de tesis que deberá ser miembro del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada y que cumpla los requisitos establecidos en el programa de doctorado correspondiente, y un responsable designado por la empresa que, eventualmente podrá ser co-director de la tesis doctoral si cumple los requisitos para ello. Se deberá aportar informe de la EIP para verificar estos términos.
  • El doctorando participará en programas formativos en competencias específicas con orientación empresarial ofrecidos por la Escuelas Doctorales de la UGR.
  • El doctorando deberá ser titular de contrato laboral indefinido a tiempo completo en la empresa en la fecha de presentación de la solicitud. Excepcionalmente podrá admitirse la presentación de un candidato que no cumpla este requisito, pero habrá de ser contratado en el plazo de quince días desde la comunicación de la concesión.
  • La dedicación del doctorando al proyecto de I+D+i se deberá distribuir entre la empresa y la Universidad de Granada, al objeto de que sea factible la finalización de la tesis doctoral en el plazo previsto. Esta circunstancia quedará reflejada en el convenio de vinculación que se suscriba.
  • La empresa garantizará una retribución salarial mínima de 19.000 euros brutos anuales. Asimismo, correrá con los gastos correspondientes a las cotizaciones sociales que correspondan.
  • Debido al carácter subsidiario del Plan Propio de Investigación, el disfrute de estos contratos será incompatible con la obtención de ayudas equivalentes en programas europeos, nacionales o autonómicos,
  • Se deberá acreditar la presentación por parte de la empresa de una solicitud de ayuda en la convocatoria 2022 de las ayudas para la formación de doctores en empresas «Doctorados Industriales».
  • De acuerdo a la normativa aplicable, las tesis leídas en el marco de este programa recibirán la mención de “Doctorado Industrial”, que podrá añadirse, en su caso, al de “Doctorado Internacional”. Las empresas e investigadores participantes también recibirán un reconocimiento por su participación en este programa.

 

Requisitos de las personas solicitantes

Ser Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada con título de doctor, en calidad de director/a de la tesis de los futuros doctorandos. 

Formalización de solicitudes

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, a la que se subirá la siguiente documentación en formato electrónico:

  • Memoria descriptiva del proyecto de tesis a realizar siguiendo el formato de EIP disponible en su web, así como una memoria descriptiva del proyecto de I+D en el que se enmarca la tesis y en la que se justifique debidamente el interés científico de la propuesta y su viabilidad.
  • Borrador avanzado del acuerdo con la empresa en el que acredite la aportación dineraria a la actividad, siguiendo los modelos establecidos.
  • DNI o pasaporte, Curriculum vitae y Certificaciones académicas personales en la que figuren las calificaciones obtenidas y la fecha en que se obtuvieron (no es necesario aportar certificaciones de UGR) de la persona de la empresa que va a realizar la tesis, quien deberá cumplir los siguientes requisitos: 
    • Tener expediente académico con nota media igual o superior a 6 puntos. Dicha media se computará sobre la totalidad de las materias cursadas en las titulaciones correspondientes, incluyendo Master.
    • Estar matriculado en un programa de doctorado de la UGR y tener subido el plan de investigación (proyecto de tesis) al Portal de Seguimiento Académico de Doctorando.
  • CV abreviado del resto de miembros del proyecto, incluidos los de la empresa.

Criterios de valoración

  • Experiencia de la empresa en actividades de transferencia de tecnología con la UGR (Proyectos de I+D colaborativa, contratos art.83) (hasta un 20%).
  • Curriculum y expediente académico de la persona que va a realizar la tesis (hasta un 20%).
  • Interés del proyecto de cara a la TC (hasta un 20%).
  • Oportunidad de la propuesta (hasta un 10%).
  • Experiencia del Grupo de Investigación en TC (hasta un 10%).
  • Cofinanciación de la actividad por la entidad colaboradora (hasta un 20%).

Una vez emitida resolución provisional de la ayuda por parte de la Comisión de Investigación, y en el plazo máximo de un mes, se deberá firmar un Convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la institución, empresa o entidad colaboradora en el que conste el compromiso de colaboración científica y la cofinanciación, de la institución, empresa o entidad colaboradora para la realización del proyecto que deberá al menos igualar las cantidades aportadas por la UGR con cargo al Vicerrectorado de  Investigación y Transferencia

La ayuda queda condicionada a la firma de un acuerdo y a la efectiva aportación dineraria de la entidad colaboradora por lo que se deberá suscribir el convenio con la empresa o entidad colaboradora en el plazo de UN MES desde la aceptación de la comunicación de la resolución favorable de la ayuda. La aportación económica por parte de la empresa o entidad deberá realizarse en el mismo plazo.  

Para la presentación de solicitudes se abrirá una convocatoria específica.

Obligaciones de las personas beneficiarias

  • Realizar la actividad para la que se concede la ayuda. Cualquier modificación sobre el proyecto presentado requerirá de la autorización previa del Comité de Dirección de la Escuela de Doctorado, del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia y de la empresa colaboradora.
  • Presentar un informe anual de seguimiento, de acuerdo con la normativa universitaria existente, y presentar asimismo los informes que solicite la empresa.
  • Los beneficiarios se subrogarán para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio.
  • Presentar una solicitud de ayuda a proyectos de investigación colaborativa derivado de éste a alguna convocatoria durante los dos primeros periodos de ejecución de la ayuda concedida.
  • En el caso de no cumplir las obligaciones anteriores, se podrá paralizar la ejecución de la ayuda al proyecto de investigación.

Obligaciones de la entidad colaboradora

  • Tener actividad innovadora suficiente para justificar el desarrollo de un proyecto de I+D+I con un Grupo o Instituto de Investigación de la Universidad de Granada.
    • Acreditar la contratación de la persona seleccionada en el plazo máximo de 15 días desde la notificación de la concesión de ayuda. El contrato laboral deberá contemplar una retribución salarial mínima para el doctorando de 19.000 euros brutos anuales.
  • Hacer compatible el trabajo del doctorando en la empresa con el desarrollo de la tesis doctoral, de modo tal que sea factible la finalización de la tesis doctoral en el plazo previsto.
  • Cumplir con los requisitos del Programa de Doctorado, y en particular, en lo referido a los plazos para poder realizar la defensa de la tesis doctoral.
  • Facilitar los instrumentos y medios necesarios para la buena consecución de los objetivos del proyecto de investigación y la lectura de la tesis doctoral, así como la estancia en otras instituciones por un tiempo mínimo de 3 meses (mención internacional al título de doctor) y asistencia a congresos y seminarios de la especialidad necesarios para una adecuada formación científica técnica.