P37. Programa de cofinanciación de proyectos de I+D+i colaborativa y transferencia de conocimiento

El objetivo de este programa es facilitar la participación de la Universidad de Granada en proyectos de I+D+I colaborativa y proyectos de valorización y transferencia de conocimiento, para cuya ejecución sea condición necesaria la cofinanciación por parte de la UGR como entidad beneficiaria.

Esta necesidad de cofinanciación debe contemplarse expresamente como requisito para la presentación de solicitudes en las correspondientes convocatorias de financiación externa.

No serán elegibles aquellas convocatorias que permiten la justificación de la totalidad del incentivo recibido con la imputación de los costes asociados a horas de dedicación del personal propio de la Universidad de Granada.

  • Para hacer efectiva la ayuda, los proyectos para los cuales se solicita cofinanciación tendrán que tener resolución positiva de concesión, con un porcentaje de financiación externa que asegure la viabilidad económica del proyecto.
  • Se cofinanciarán parcialmente los costes asociados directa y exclusivamente a la ejecución del proyecto, conforme a las condiciones recogidas en las respectivas convocatorias de financiación externa y la normativa de la Universidad de Granada.
  • Ayuda máxima por proyecto:  25.000 euros. 

Podrá solicitar estas ayudas el personal docente e investigador de la Universidad de Granada que sea Investigador/a Principal del proyecto para el que se solicita cofinanciación. 

  • El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el año (según disponibilidad presupuestaria).
  • Deberán cumplimentarse los modelos/formularios de solicitud, presupuesto y memoria del proyecto a desarrollar
  • Interés del proyecto de cara a la TC, basado en resultados de investigación y/o conocimiento generado en la Universidad de Granada; adecuación a las prioridades de la Estrategia de Innovación de Andalucía (hasta un 20%).
  • Viabilidad de la propuesta; calidad del consorcio (hasta un 20%).
  • Oportunidad de la propuesta (hasta un 15%).
  • Retorno esperado (hasta un 10%).
  • Grado de Protección del Resultado (hasta un 15%).
  • Experiencia del Grupo de Investigación en Transferencia de Conocimiento (hasta un 10%).
  • Cofinanciación* de la actividad aportada por el equipo investigador (hasta un 10%). 

Criterios adicionales:

  • Transversalidad de la propuesta (hasta un 10%).
  • Área Deficitaria en Transferencia de Conocimiento (hasta un 10%).
  • Impacto y valor social esperado, alineación con los ODS (hasta un 10%). 

Criterio previo de exclusión: no adecuación de la propuesta a los objetivos y condiciones técnicas y económicas del programa. 

* La cofinanciación puede proceder de fondos propios del grupo de investigación o departamento, gastos elegibles en proyectos en ejecución, remanentes de proyectos o contratos Art. 60, o preferentemente, aportaciones externas de entidades interesadas en la tecnología. El/la solicitante tendrá que aportar con la solicitud soporte documental del origen de la cofinanciación.

  • Ejecutar el proyecto en los plazos y condiciones indicados en la resolución de concesión
  • Presentar, en el mes siguiente a la finalización del plazo de ejecución, una breve memoria del proyecto desarrollado
  • Presentar la documentación justificativa económica y técnica que se le requiera, y que se detallará en cada caso, junto con la comunicación de la Resolución de concesión y comunicaciones posteriores