P39. Programa de proyectos de transferencia de conocimiento en humanidades, creación artística, ciencias sociales, económicas y jurídicas

El objetivo general de este programa es promover proyectos colaborativos de Transferencia de Conocimiento en las áreas de Humanidades, Creación Artística, Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas cofinanciados por empresas y entidades externas.

Con esta convocatoria se busca impulsar la colaboración con estas entidades a través de contratos Artículo 60 de la LOSU, proyectos colaborativos de I+D, o concurriendo a otras convocatorias de Transferencia de Conocimiento a nivel regional, nacional o internacional.

  • Se realizará una convocatoria anual en régimen de concurrencia competitiva.
  • Los proyectos deberán contar obligatoriamente con la participación activa y el apoyo económico (cofinanciación) de, al menos, una empresa o entidad externa. La concesión de la ayuda económica queda condicionada a la aportación efectiva de la empresa o entidad externa en virtud de lo estipulado en el convenio suscrito con la UGR.
  • La cofinanciación por parte de la UGR será, como máximo, igual a la aportación económica de la empresa o entidad colaboradora, hasta el límite de 5.000 euros por proyecto. No hay límite para la aportación de la empresa o entidad colaboradora.
  • Los proyectos deberán tener un marcado carácter innovador y un alto potencial de transferencia en las áreas de conocimiento objeto de esta convocatoria.
  • No se cofinanciarán proyectos con objetivos similares o que den continuidad a otros que ya hayan sido financiados anteriormente con este mismo programa. Tampoco tendrán cabida en esta convocatoria las solicitudes de proyectos para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico que puedan formalizarse mediante contratos al amparo del Art. 60 de la LOSU.
  • Gastos elegibles: Material fungible; Material inventariable; Material bibliográfico y acceso a bases de datos; Gastos de difusión de los resultados; Viajes y Dietas asociados a actividades de investigación y transferencia contempladas en la memoria del proyecto; Otros gastos necesarios para la ejecución del proyecto.
  • Gastos no elegibles: Gastos de personal; Gastos asociados a publicaciones y actividades de carácter puramente científico: artículos, libros, capítulos de libros, revistas científicas, asistencia a congresos científicos, etc; Equipamiento informático, ofimática.
  • El plazo de ejecución de los proyectos será de 12 meses desde la publicación de la resolución en la página web de la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación, conforme al art 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
  • La persona solicitante deberá ser Personal Docente e Investigador (PDI) con vinculación permanente o en proceso de estabilización de la UGR adscrito a las áreas de conocimiento Sociales, Económicas y Jurídicas (SEJ) o Humanidades y Creación Artística (HUM) y será la responsable del proyecto (IP).
  • El equipo de investigación del proyecto estará compuesto por el/la investigador/a responsable (solicitante de la ayuda) y hasta un máximo de 5 participantes (incluido el/la IP), debiendo justificarse en la solicitud las tareas en las que participa cada persona. Las solicitudes que no cumplan esta limitación serán reformuladas de oficio, constando como participantes solamente los 5 primeros referenciados en la solicitud.
  • No se excluye la participación de personal investigador de otras áreas de conocimiento en el equipo de investigación del proyecto.
  • No podrá ser solicitante ni miembro del equipo de investigación del proyecto, personal de la UGR que no tengan legalmente reconocida función investigadora en su vinculación laboral con la UGR (como profesores/as asociados/as, o profesores/as sustitutos/as interinos/as).
  • Los participantes no deben tener vinculación directa o indirecta con la/s empresa/s o entidad/es adherida/s al proyecto. Todos los miembros del equipo investigador deberán firmar y presentar, junto con la solicitud de la ayuda, una Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI).
  • La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web de la OTRI según las condiciones fijadas en la convocatoria correspondiente que se publicará a lo largo de 2025.
  • No se evaluarán propuestas incompletas o que no usen los modelos publicados.
  • Carácter innovador de la propuesta de proyecto (hasta un 30%): Necesidad no cubierta o problema que resuelve; diferencias y ventajas respecto al estado de la técnica; alineación con los ODS; alineación con necesidades de sectores estratégicos; etc.
  • Impacto esperado (hasta un 30%): Uso y aplicaciones de los resultados; usuarios y personas beneficiarias; valor y beneficios sociales esperados; mercado potencial y sectores de interés; etc.
  • Adecuación de la/s empresa/s o entidad/es al objeto del proyecto y los fines del mismo (hasta un 20%): se deberán describir las actividades a desarrollar por el personal de la empresa o entidad colaboradora para la consecución del proyecto.
  • Adecuación del presupuesto y cofinanciación (hasta un 20%).

Sin perjuicio de las obligaciones generales, las personas beneficiarias de ayudas en este programa deberán:

  • Ejecutar y colaborar en el desarrollo de las actividades de investigación contempladas en la Memoria del Proyecto.
  • Presentar una memoria del proyecto desarrollado siguiendo el modelo proporcionado por la OTRI, en el plazo de un mes tras finalización del plazo de ejecución.
  • Presentar la documentación justificativa económica, que se detallará junto la comunicación de Resolución de concesión y comunicaciones posteriores, en el plazo de un mes tras la finalización del plazo de ejecución.
  • Suscribir el convenio de colaboración con la Universidad de Granada  en el plazo máximo de 1 mes desde la comunicación de la resolución de concesión  de la ayuda, conforme al modelo proporcionado por la OTRI.
  • Aportar la cantidad económica comprometida como cofinanciación del proyecto, en los términos establecidos en el correspondiente convenio de colaboración.