P41. Programa de acciones especiales en valorización y transferencia de conocimiento

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el año 2025 (según disponibilidad presupuestaria).

Apoyar actuaciones relevantes relacionadas con la valorización y Transferencia de Conocimiento que, debidamente justificadas, con carácter excepcional o de forma imprevista, surjan a lo largo de la aplicación de la edición actual del Plan Propio de Investigación y Transferencia, siempre que tales actuaciones no estén contempladas en los restantes programas. En particular, este programa prestará apoyo a la internacionalización de títulos de propiedad industrial distintos a las patentes; gastos, como los de notaría, asociados al registro de propiedad intelectual; informes de consultoría no contemplados en otras líneas; gastos asociados a la participación en convocatorias externas de Transferencia de Conocimiento o gastos asociados a la participación en programas de formación conducentes a la creación de empresas de base tecnológica o spin-offs.

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

  • Entrar en el Gestor de aplicaciones del Plan Propio - solicitud del programa.
  • Adjuntar la memoria de la actividad que se pretende realizar, indicando el interés y la viabilidad de la propuesta, así como las necesidades económicas que implica su desarrollo mediante presentación de un presupuesto debidamente justificado.
  • Registro de la SOLICITUD OBTENIDA Y LA MEMORIAa través de la Sede Electrónica de la UGR dirigida a la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación, indicando el programa que está solicitando y su número de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el año (según disponibilidad presupuestaria).

  • Tendrán prioridad aquellas actividades relacionadas con capacidades y resultados de investigación que presenten un mayor potencial de explotación o aquellas que permitan avanzar hacia la Transferencia de Conocimiento a corto plazo.
  • La Comisión de Investigación, previo informe de la OTRI, decidirá sobre la concesión de estas ayudas, la cuantía y la naturaleza de las mismas, atendiendo principalmente al Interés de la propuesta de cara a la TC, viabilidad técnica y económica, oportunidad, retorno esperado, Experiencia de la persona solicitante en Transferencia de Conocimiento, Alineación con la Estrategia S4 Andalucía y los ODS, Cofinanciación de la actividad; Interés estratégico para la Universidad de Granada.
  • No se financiarán aquellas solicitudes cuya finalidad está contemplada en otros programas específicos, bien en este mismo Plan Propio de Investigación y Transferencia, o en otros programas pertenecientes a otros Vicerrectorados de la Universidad de Granada.