P9. Programa de Proyectos de Investigación para la Incorporación de Jóvenes Doctores a Nuevas Líneas de Investigación en Grupos de la Universidad de Granada

Este programa permanecerá abierto todo el año.

Fomentar la investigación de frontera en la UGR posibilitando el establecimiento de nuevas líneas de investigación mediante la financiación de proyectos innovadores a cargo de jóvenes investigadores e investigadoras que hayan concluido brillantemente su etapa de especialización postdoctoral en áreas estratégicas.

  • Los contratos tendrán una duración máxima de tres años.
  • Las personas beneficiarias de este programa percibirán una retribución anual de 30.000 euros brutos, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
  • El comienzo de los contratos se publicará junto con la resolución definitiva.
  • El personal investigador contratado en el marco de estos proyectos de investigación prestará colaboraciones docentes hasta el máximo que para este tipo de contratos haya sido aprobado en el plan de ordenación docente para el año correspondiente. La Universidad de Granada, a efectos de oposiciones y concursos, reconocerá esta labor siempre que hayan sido incluidos en el plan de ordenación docente de su Departamento.
  • Debido al carácter subsidiario del Plan Propio de Investigación, el disfrute de estos contratos será incompatible con la obtención de un contrato del Programa Ramón y Cajal. En este caso, la persona beneficiaria estará obligada a la aceptación del contrato Ramón y Cajal, cesando automáticamente la financiación del proyecto.
  • El número de proyectos concedidos anualmente dependerá de la disponibilidad presupuestaria y se hará público en la página web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia en la fecha de apertura de la convocatoria.
  • Haber obtenido en la Universidad de Granada, o en FIBAO como entidad gestora de los proyectos de Salud, y como IP único, un proyecto de investigación del Plan Estatal de Investigación, Proyectos de Excelencia de la Junta de Andalucía o de Horizonte Europa. A estos efectos no se considerarán las redes de movilidad o formación ni los proyectos de infraestructuras científicas.
  • La obtención del proyecto deberá realizarse durante su contratación temporal como doctor en la Universidad de Granada y no estar incluido en el Plan de Estabilización de Personal Investigador de la Universidad de Granada.
  • Las solicitudes se concederán una vez acreditado el requisito exigido para su obtención.
  • En caso de que el número de proyectos concedidos supere la financiación disponible, se priorizarán los proyectos obtenidos en la convocatoria del Plan Estatal de Investigación.

Plazo de solicitud pendiente de publicación.

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

  • Resolución provisional del proyecto de investigación.
  • Incorporarse al centro de aplicación en la fecha autorizada.
  • Cumplir el plan de trabajo establecido en la memoria científica del proyecto presentado, desarrollando eficazmente las distintas etapas establecidas con dedicación exclusiva a dicha función, ajustándose a las normas propias del centro donde se desarrolle el proyecto.
  • Remitir al final del proyecto al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia un informe de la labor realizada y de los resultados obtenidos, que se publicará en el Repositorio de la Biblioteca de la Universidad de Granada, así como una memoria económica de los gastos realizados. Este informe deberá remitirse al menos un mes antes de la finalización de cada anualidad.
  • Incluir al Plan Propio de la UGR en los agradecimientos de las publicaciones derivadas del proyecto.
  • Presentar solicitud a la siguiente convocatoria del programa Ramón y Cajal o cualquier otra convocatoria equivalente y remitir al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia copia de la solicitud y de los informes de evaluación.
  • Las personas beneficiarias se subrogarán para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio.