P40. Programa de acciones especiales en valorización y transferencia de conocimiento

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el año 2024 (según disponibilidad presupuestaria).

Apoyar actuaciones relacionadas con la valorización y transferencia de conocimiento que, debidamente justificadas, con carácter excepcional o de forma imprevista, surjan a lo largo de la aplicación de la edición actual del Plan Propio, siempre que tales actuaciones no estén contempladas en los restantes programas. En particular, este programa prestará apoyo a la internacionalización de títulos de propiedad industrial distintos a las patentes; gastos, como los de notaría, asociados al registro de propiedad intelectual, informes de consultoría no contemplados en otras líneas o gastos asociados a la participación en programas de formación conducentes a la creación de empresas.

No se considerarán aquellas propuestas cuyo investigador responsable haya obtenido financiación en convocatorias anteriores de este programa (durante un período de 3 anualidades).

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

  • Entrar en el Gestor de aplicaciones del Plan Propio - solicitud del programa.
  • Adjuntar la memoria de la actividad que se pretende realizar, indicando el interés y la viabilidad de la propuesta, así como las necesidades económicas que implica su desarrollo mediante presentación de un presupuesto debidamente justificado.
  • Registro de la SOLICITUD OBTENIDA del formulario del Gestor de aplicacionesa través de la Sede Electrónica de la UGR dirigida a la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación, indicando el programa que está solicitando y su número de solicitud.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el año (según disponibilidad presupuestaria).

  • Tendrán prioridad aquellas actividades relacionadas con capacidades y resultados de investigación que presenten un mayor potencial de explotación o aquellas que permitan conseguir transferencia de conocimiento a corto plazo.
  • La Comisión de Investigación, previo informe de la OTRI, decidirá sobre la concesión de estas ayudas, la cuantía y la naturaleza de las mismas, atendiendo principalmente al Interés de la propuesta de cara a la TC, viabilidad técnica y económica, oportunidad, retorno esperado, Experiencia de la persona solicitante en Transferencia de Conocimiento, alineación con Estrategia de Innovación de Andalucía RIS3/S3 y los ODS, Cofinanciación de la actividad y a su interés estratégico para la investigación en la Universidad de Granada.

No se financiarán aquellas solicitudes cuya finalidad está contemplada en otros programas específicos, bien en este mismo Plan Propio de Investigación y Transferencia, o en otros programas pertenecientes a otros Vicerrectorados de la Universidad de Granada.