Normativa de los distintos programas del 2024

Cuadro resumen de fechas de solicitud y resoluciones de la convocatoria

Objetivo

Apoyar a los equipos de la Universidad de Granada que intentan poner en marcha nuevas líneas de investigación o equipos que deseen un cambio a una línea de investigación más innovadora, que hayan presentado el proyecto a convocatorias internacionales o al Plan Nacional de la convocatoria inmediatamente anterior y no hayan logrado financiación por razones de prioridad económica.

El Plan Propio pretende ayudar a iniciar la investigación prevista en dichos proyectos y facilitar la mejora de las propias solicitudes para acudir a próximas convocatorias competitivas de proyectos.

Condiciones

  • El libramiento económico se realizará en un solo pago a la concesión del proyecto.
  • El importe de la ayuda será de un máximo de 3.000 €.
  • La no presentación del informe final del proyecto o la no justificación económica, serán motivo para la devolución de la ayuda subvencionada.
  • Estas ayudas se conceden por un solo año improrrogable, siendo obligatorio concursar a alguna convocatoria competitiva de proyectos.
  • Se dará prioridad a las líneas novedosas propuestas por grupos emergentes liderados por investigadores e investigadoras jóvenes.
  • La ayuda concedida se dirige primordialmente a la realización de actividades que mejoren las oportunidades de obtención de financiación en las convocatorias. En ese sentido, la preparación de trabajos para su publicación, la asistencia a reuniones o la compra de pequeño equipo de investigación son gastos elegibles, no así la contratación de nuevo personal u otros gastos que no obedezcan a este objetivo. No serán gastos elegibles los gastos de restauración y atenciones de carácter protocolario.
  • En este programa, y en colaboración con el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad, se financiarán propuestas relativas a los temas de responsabilidad social, igualdad e inclusión.

Requisitos de las personas solicitantes

  • Ser Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada.
  • Ser la persona que figura como IP en el proyecto presentado en la convocatoria reseñada del Plan Nacional.
  • No se considerarán aquellas propuestas cuyo investigador o investigadora principal haya obtenido financiación en convocatorias anteriores de los programas de proyectos del Plan Propio (programas 1, 20 y 21 del Plan Propio; durante un período de 5 anualidades).

Formalización de solicitudes

La solicitud se realiza a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. Detalle de la documentación a adjuntar al formulario:

  • Copia del proyecto presentado en la convocatoria reseñada del Plan Nacional.
  • Copia del informe completo emitido por la Comisión de Evaluación correspondiente.
  • El presupuesto del proyecto, que no será superior a 3.000 €.
  • Propuesta de actividades previstas para la iniciación del proyecto, dentro del límite presupuestario.

El plazo de solicitud permanecerá abierto desde el 1 de julio hasta el 6 de septiembre de 2024 y se resolverá en el mes de octubre.

Criterios de valoración

  • La Comisión de Investigación tendrá en cuenta, como principales criterios de selección, el contenido del informe de evaluación obtenido en la convocatoria internacional, del Plan Nacional, la viabilidad de las actividades propuestas y la mejora en la futura competitividad del proyecto que pueda conseguirse a través de la posible ayuda del Plan Propio.
  • Quedarán excluidos aquellos proyectos que no hayan conseguido una valoración igual o superior a la mitad de la puntuación máxima prevista en las convocatorias.

Obligaciones de las personas beneficiarias

  • Desarrollar el plan de trabajo previsto.
  • Remitir al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia un informe final del proyecto que incluya las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y el balance económico. Dicho informe se publicará de forma pública en el Repositorio de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Granada.
  • Presentar el proyecto a las próximas convocatorias nacionales o internacionales.
  • La comisión de investigación podrá requerir que se haga una presentación ante la misma de las propuestas presentadas.

Objetivo

Este programa tiene por objeto promover la ejecución de proyectos de investigación básica o tecnológica cuyos resultados puedan llegar a representar un avance significativo del conocimiento, mediante el planteamiento y desarrollo de nuevos enfoques o metodologías inalcanzables de otro modo y que, por la naturaleza de los conocimientos generados, pudieran tener un marcado carácter transversal. Así pues, el programa financiará proyectos de investigación que busquen la exploración de ideas heterodoxas y radicalmente innovadoras. 

Se pretende financiar la ejecución de proyectos de investigación cuyos objetivos supongan una reevaluación de paradigmas establecidos y aceptados, con proyección en diversos ámbitos científicos o técnicos, en busca de nuevos conceptos o soluciones y aplicaciones rompedoras en diferentes disciplinas científicas. Los planes de trabajo de las actuaciones propuestas podrán ser de índole teórica o experimental. Deberán ser propuestas de investigación imaginativas y radicales cuya viabilidad pudiera ser considerada baja en programas convencionales, porque chocan con ideas establecidas en su campo, y también propuestas tecnológicas arriesgadas que buscan una prueba de concepto y que, en ambos casos, no se conseguirían financiar por las vías habituales, pero en las que existan ciertos indicios que justifiquen acometer su exploración usando metodología científica.

El Plan Propio pretende ayudar a iniciar la investigación prevista en dichos proyectos con el objetivo de acudir a las próximas convocatorias internacionales, nacionales y autonómicas con posibilidades de éxito. 

Condiciones

  • El libramiento económico se realizará en un solo pago a la concesión del proyecto.
  • El importe de la ayuda será de un máximo de 3.000 €.
  • Estas ayudas se conceden por un solo año improrrogable, siendo obligatorio concursar a la convocatoria europea, nacional o autonómica siguiente.
  • El número de proyectos concedidos anualmente dependerá de la disponibilidad presupuestaria y se hará público en la página web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia a la fecha de apertura de la convocatoria. En todo caso, el número máximo de proyectos a financiar será dos en cada una de las cinco áreas temáticas (Arte y Humanidades, Ciencias de la Salud, Ciencias Experimentales, Ciencias Sociales y Jurídicas y Técnicas).
  • La ayuda concedida se dirige primordialmente a la realización de actividades que mejoren las oportunidades de obtención de financiación en las convocatorias autonómicas, nacionales o europeas. En ese sentido, serán gastos elegibles los relativos a la asistencia a congresos y reuniones científicas, traducciones, estancias cortas, gastos de publicación, material fungible de laboratorio.
  • No serán gastos elegibles los gastos de restauración y atenciones de carácter protocolario. No serán gastos elegibles las retribuciones o gastos de contratación de personal, ni material inventariable (salvo autorización del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia), ni fungible de oficina (tóner y similares), u otros gastos que no obedezcan al objetivo del programa.
  • Este programa tiene un carácter subsidiario de la convocatoria de proyectos "Explora Ciencia" y "Explora Tecnología" del MINECO.

Requisitos de las personas solicitantes

  • No se considerarán aquellas propuestas cuyo investigador o investigadora principal haya obtenido anteriormente financiación en los programas de proyectos de investigación del Plan Propio de Investigación y Transferencia (programas 1, 20 y 21; durante un período de 5 anualidades).
  • Ser Personal Docente e Investigador de la UGR con el grado de Doctor o Doctora.
  • Los solicitantes deberán mantener su vinculación con la Universidad de Granada durante el periodo de disfrute de la ayuda concedida y hasta la fecha de cierre del mismo.

Formalización de solicitudes

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario de solicitud se subirá la siguiente documentación, en sus apartados correspondientes:

  • Copia del proyecto presentado en la convocatoria de proyectos Explora del MINECO.
  • Copia del informe completo emitido por la Comisión de Evaluación correspondiente
  • El presupuesto del proyecto, que no será superior a 3.000 €.
  • Propuesta de actividades previstas para la iniciación del proyecto, dentro del límite presupuestario.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 6 de septiembre de 2024 y se resolverá en el mes de octubre de 2024.

Criterios de valoración

  • La Comisión de Investigación tendrá en cuenta, como principales criterios de selección, el contenido del informe de evaluación obtenido en la convocatoria de proyectos Explora, la viabilidad de las actividades propuestas y la mejora en la futura competitividad del proyecto que pueda conseguirse a través de la posible ayuda del Plan Propio.
  • Quedarán excluidos aquellos proyectos que no hayan conseguido una valoración igual o superior a la mitad de la puntuación máxima prevista en las convocatorias. 

Obligaciones de las personas beneficiarias

  • Desarrollar el plan de trabajo previsto.
  • Remitir al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia un informe final del proyecto que incluya las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y el balance económico. Dicho informe se publicará de forma pública en el Repositorio de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Granada.
  • Presentar el proyecto a las próximas convocatorias nacionales, internacionales.
  • La comisión de investigación podrá requerir que se haga una presentación ante la misma de las propuestas presentadas.

Objetivo

Incentivar la concurrencia a convocatorias de proyectos de investigación internacionales, principalmente en el Programa Marco de Investigación e Innovación (I+i) de la Unión Europea para 2021-2027, Horizonte Europa, proporcionando un apoyo económico para la participación en reuniones de consorcio o la contratación de servicios externos de consultoría. 

Condiciones

  • La ayuda económica, cuya cuantía será establecida por la Comisión de Investigación, será de un máximo de 3.500 €.
  • Quedan excluidas de este programa aquellas solicitudes cuyo objetivo sea la asistencia a congresos o reuniones para preparar jornadas o reuniones científicas.
  • Serán gastos subvencionables de este programa los desplazamientos, alojamientos y dietas de aquel personal investigador que asista a reuniones de consorcio para la preparación de proyectos de investigación internacionales competitivos, así como la contratación de servicio externos de consultoría para la revisión de la propuesta.

Requisitos de las personas solicitantes

Podrá solicitar estas ayudas el personal docente e investigador de la Universidad de Granada que no haya recibido esta ayuda en los últimos cinco años.

Formalización de solicitudes

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente: 

  • Autorización, cuando sea pertinente, para el desplazamiento expedida por el órgano de gobierno competente.
  • Convocatoria exacta a la que se va a enviar, incluidas las fechas de final de convocatoria y rol de la UGR (coordinador o beneficiario) y los socios que forman parte del consorcio.
  • CV abreviado del investigador o investigadora principal.
  • CV abreviado del resto de entidades del consorcio que participan en la preparación del proyecto.
  • Borrador de memoria científico-técnica en la que se detallará el avance del proyecto en preparación (objetivos, planificación, beneficios esperados y plan de difusión). En su defecto, un resumen ejecutivo del proyecto y las tareas a realizar por parte de la UGR en el proyecto. 

El plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el 15 de diciembre de 2024. Se publicarán resoluciones durante todo el periodo de solicitud.

Selección de solicitudes

  • Se atenderá principalmente a la calidad y competitividad del proyecto que se está preparando, así como a la relevancia internacional de los equipos y empresas con los que se colabora en la confección del proyecto.
  • Se dará preferencia a los proyectos que se coordinen desde la UGR.  

Obligaciones de las personas beneficiarias

  • La cofinanciación por parte de un Departamento, Instituto, Grupo o Proyecto de Investigación de la Universidad de Granada, o por cualquier otra fuente de financiación, será como mínimo de un 30% de igual a la ayuda concedida por el Plan Propio.
  • Los receptores de las ayudas se comprometen a presentar el proyecto a la siguiente convocatoria del programa del que se trate y deberán remitir una copia de la solicitud al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.
  • En caso de que finalmente no se haya podido presentar el proyecto, el investigador o investigadora principal del mismo deberá justificar las causas que lo han impedido.

Objetivo

A nivel general se persigue contribuir a la internacionalización y mejora de la indexación y los indicadores bibliométricos de impacto de las revistas científicas, así como de su impacto social, de la Universidad de Granada con el fin de garantizar y contribuir a la publicación de artículos de calidad científica y a la difusión y transferencia de conocimientos y resultados de investigación tanto a la comunidad científica como a la sociedad. Más específicamente el programa busca mejorar la situación de las revistas en las grandes de bases de datos internacionales, de esta forma los objetivos del programa se concretan en los siguientes:

  • Mejorar el Factor de Impacto de las revistas indexadas en el Journal Citation Reports.
  • Mejorar el Scimago Journal Rank de las revistas indexadas en Scopus.
  • Conseguir la indexación en los índices de citas SSCI y A&HCI de las revistas indexadas en Emerging Source Citation Index.
  • Conseguir y mantener el sello de calidad FECYT. 

Se presentan dos modalidades:

MODALIDAD 1, dirigida a aquellas revistas de la UGR de reciente creación, que se adapten al formato electrónico para una mejor difusión y visualización, y que mejoren su grado de normalización y de gestión de originales mediante el cumplimiento de los criterios de las convocatorias de FECYT y se postulen para su indexación en el ESCI (Emerging Sources Citation Index).

MODALIDAD 2, destinada a aquellas otras revistas de la UGR, ya posicionadas o que ya han alcanzado el ingreso a las bases de datos internacionales de impacto JCR o Scopus, o hayan conseguido el sello de calidad FECYT. Estas mejoras contribuirán a la difusión de la imagen de calidad y prestigio académico de la Universidad de Granada.

Modalidad 1

Condiciones del programa para la modalidad 1

Las publicaciones periódicas de investigación que deseen optar a una ayuda habrán de cumplir las siguientes condiciones:

  • Las revistas que concurran a esta modalidad no deben tener una antigüedad superior a tres años.
  • Adaptación al formato electrónico en su edición, en el plazo de un año a partir de la publicación de la presente convocatoria.
  • Cumplimiento de los criterios contemplados en la convocatoria de evaluación de la calidad editorial y científica de las revistas científicas españolas, destinada a la obtención del Sello de Calidad de la FECYT
  • Postulación para indexación en ESCI en el plazo de un año a partir de la publicación de la presente convocatoria.
  • En cada convocatoria solo se podrán aprobar ayudas para aquellas revistas que hayan cumplido con las condiciones anteriores.
  • La cuantía de estas ayudas será determinada por la Comisión de Investigación, atendiendo a las disponibilidades económicas del programa y al interés científico de la revista, con un máximo de 3.000 €.
  • Se establece un máximo de una ayuda anual por revista.
  • Queda excluida, con cargo a las ayudas que se concedan en este programa, la posibilidad de contratación de personal o gastos del mismo, equipamientos, edición de números extraordinarios y la creación de nuevas publicaciones.
  • Se ha estimado una duración máxima de tres años, cumplidos los cuales las revistas beneficiarias de la ayuda quedarán excluidas de la modalidad 1 del programa, debiendo concurrir a la modalidad 2.

Criterios de valoración para la modalidad 1

  • Se valorará que la revista al menos esté presente en el Catálogo Latindex.
  • Se verificará en Ulrich’s, MIAR y CIRC las bases de datos, directorios y catálogos en los cuáles se indexa la revista. Se valorará positivamente la indexación en bases nacionales e internacionales, así como las puntuaciones positivas que reciban en las plataformas de evaluación de revistas.
  • La Comisión de investigación podrá denegar las ayudas a aquellas revistas con poco o nulo grado de normalización según estos criterios o que hayan perdido la periodicidad.

La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III (pdf)

Modalidad 2

Condiciones del programa para la modalidad 2

  • Podrán participar en esta convocatoria aquellas revistas indexadas en Scopus o JCR Web of Science en algunas de las siguientes bases de datos: SCI, SSCI, A&CI y ESCI, o que hayan obtenido el sello de calidad FECYT.
  • La cuantía de estas ayudas será determinada por la Comisión de Investigación, atendiendo a las disponibilidades económicas del programa y al interés científico de la revista, con un máximo de 4.000 €.
  • Se establece un máximo de una ayuda anual por revista.
  • Queda excluida, con cargo a las ayudas que se concedan en este programa, la posibilidad de contratación de personal o gastos del mismo, equipamientos, edición de números extraordinarios y la creación de nuevas publicaciones.

Criterios de valoración para la modalidad 2

  • Se valorará la evolución positiva del impacto científico y la internacionalización a través de indicadores bibliométricos, así como las estrategias para fomentar el impacto social.
  • Aquellas revistas que habiendo obtenido financiación en dos convocatorias anteriores no hayan incrementado significativamente su visibilidad internacional, mantenido su calidad en las bases de datos o conservación del sello FECYT, quedarán excluidas de la tercera. 

La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III (pdf)

Requisitos de las personas solicitantes

Podrá presentar la solicitud el personal investigador de la Universidad de Granada que sean miembros del equipo directivo de la revista o formen parte del consejo editor de la publicación.

Presentación de una memoria donde se especifique:

  • Indicadores de internacionalización de las revistas (apartado 1 del baremo).
  • Objetivos de internacionalización establecidos por los órganos de gestión de la revista científica.
  • Objetivos de mejora del impacto/indexación establecidos por los órganos de gestión de la revista científica.
  • Estrategias para fomentar el impacto social.
  • Acciones que se van a establecer para el cumplimiento de los objetivos reseñados anteriormente.

Los solicitantes deben presentar el presupuesto anual de la revista, haciendo constar todas las subvenciones recibidas en el año.

Criterio común a ambas modalidades

Formalización de solicitudes

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, debiendo subir una memoria en la que se debe especificar el proyecto de adaptación de la revista a las condiciones que establece la convocatoria y el presupuesto anual de la revista, haciendo constar todas subvenciones recibidas en el año. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto del 1 de marzo al 1 de abril de 2024, con resolución en abril de 2024. La ayuda tendrá efectos económicos desde la resolución definitiva hasta el 31 de diciembre de 2025.

Criterio común a ambas modalidades

Obligaciones de las personas beneficiarias

  • Adaptación a las condiciones establecidas en la presente convocatoria en el plazo de un año, a partir de la publicación de la misma.
  • Notificación al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la adaptación de la revista al formato electrónico y a los criterios señalados.
  • Liquidación de los gastos con cargo a la ayuda concedida.
  • El incumplimiento de las condiciones señaladas puede conllevar la devolución íntegra de la ayuda concedida.

Criterio común a ambas modalidades

Finalización de la subvención

  • Este programa de ayuda está concebido para mejorar la calidad editorial y científica con unos objetivos precisos y, por tanto, alcanzados los mismos, el programa se completa.
  • Se ha estimado una duración máxima de tres años, cumplidos los cuales las revistas beneficiarias de la ayuda quedarán excluidas de la modalidad 1 del programa, debiendo concurrir a la modalidad 2.

Ayudas UGR-B.Santander

Programa cofinanciado a través del Convenio de Colaboración entre la Universidad de Granada y el Banco Santander S.A.

Baremo

A continuación se muestra el baremo a seguir en este programa (que se relaciona en el Anexo III del documento completo del Plan Propio):

 

5.A. Programa de Becas de Iniciación a la Investigación para Estudiantes de Grado Universidad de Granada-Banco Santander

Modalidad A.1.

    Objetivo

    Promover la formación básica en investigación de los estudiantes de la Universidad de Granada que hayan demostrado un alto nivel de rendimiento académico mediante la realización de trabajos de investigación tutelados.

    Condiciones de las becas

    • Se concederá un máximo de 100 becas de las que se reservan 7 para el turno de personas con diversidad funcional. Las plazas no cubiertas en el cupo de diversidad funcional se acumularán a las del cupo general.
    • Las becas tendrán una dotación mínima de 500 € y máxima de 1.200 €, que se distribuirá de la siguiente manera:
      • Un primer pago de 500 € que se percibirá tras la formalización de la beca.
      • Un total de 700 € tras formalizar la matrícula en un Máster oficial en la Universidad de Granada, no más tarde del 31 de diciembre de 2026.
    • Antes del 28 de febrero de 2026 la persona beneficiaria deberá entregar en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia una memoria del trabajo de investigación realizado acompañada de un informe con la valoración de su director o directora. El incumplimiento de esta condición supondrá la devolución de toda la ayuda percibida.
    • El disfrute de estas ayudas será incompatible con la concesión de otras becas o ayudas de iniciación a la investigación, como pueden ser las becas de la modalidad 5.A.2 de este programa, las Becas de Colaboración del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

    Requisitos

    • Podrán solicitar estas becas el estudiantado de la Universidad de Granada que hayan superado al menos el 50% de los créditos totales de su plan de estudios de Grado, y siempre que para el curso 2024-2025 se hayan matriculado de al menos 30 créditos.
    • De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre de régimen de becas y ayudas personalizadas, podrá obtenerse la condición de beneficiario de beca de iniciación, aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • La dirección del trabajo de investigación deberá estar a cargo de un doctor o doctora con vinculación a la Universidad de Granada y docente en un departamento que imparta docencia en la titulación que esté cursando la persona solicitante. El director o directora de la investigación deberá contar al menos con una evaluación positiva de la actividad de investigación por la CNEAI. Excepcionalmente, en aquellos casos en los que por su situación laboral no sea posible solicitar la evaluación positiva del tramo a la CNEAI, el director o directora del trabajo deberá acreditar ante la Comisión de Investigación méritos equivalentes.
    • No se concederá ninguna beca a candidatos o candidatas con nota media del expediente de grado por debajo de la establecida en la convocatoria de FPU 2023 (columna “Grado”).
    • Cada profesor o profesora sólo podrá apoyar la solicitud de una beca en esta modalidad del programa.
    • Quedan excluidos de este programa los estudiantes que hayan disfrutado esta beca con anterioridad y aquel estudiantado que vaya a realizar una movilidad Erasmus o similar en otra universidad durante el periodo de disfrute de la beca.

    Formalización de solicitudes

    La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. 

    1. FORMULARIO de solicitud.
      • Descargar el modelo de documentación en Word o en ODT (que tendrá que adjuntar en el formulario en los diferentes apartados) 
      • Una vez enviados los datos y documentación necesaria para la solicitud, recibirá en el correo electrónico indicado el archivo SOLICITUD.PDF
    2. Banco Santander. Inscripción en la web del Banco Santander adjuntando el archivo SOLICITUD.PDF que ha recibido.
    3. Registro en la Sede electrónica de la UGR del archivo SOLICITUD.PDF que ha recibido.

    Recuerde que en el formulario debe adjuntar la siguiente documentación, en sus apartados correspondientes:

    • Certificación académica personal detallada en la que figuren las calificaciones obtenidas y la fecha en que se obtuvieron, o fotocopia del expediente académico, sobre 10. Para este trámite será válido el que se puede obtener en la plataforma web de la Oficina Virtual (antiguo Acceso Identificado) de la UGR.
    • Copia del resguardo de matrícula del curso 2024/2025, donde consten los créditos matriculados.
    • Memoria Científica en la que se incluya el plan de trabajo a desarrollar.
    • Aval del director o directora.

    El plazo de solicitud estará comprendido entre el 9 de septiembre y el 11 de octubre de 2024, con resolución entre diciembre-enero de 2025.

    Criterios de valoración

    • La Comisión de Investigación tendrá en cuenta la calidad de la memoria científica presentada, que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. La no presentación de una memoria adecuada será motivo de denegación de la ayuda.
    • Se atenderá a las necesidades de planificación universitaria, procurando una adecuada distribución de las becas por titulaciones teniendo en cuenta el número de estudiantes de cada una de estas que solicitan la beca.
    • Para la adjudicación de las ayudas la Comisión de Investigación tendrá en cuenta la nota media del expediente académico de la persona solicitante.

    La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

    Modalidad A.2

    Ayudas de Iniciación a la investigación para estudiantes de movilidad (Grado)

    Objetivo

    Promover la formación básica en investigación de los estudiantes externos a la UGR matriculados durante el curso académico 2023/2024 en un grado de la Universidad de Granada acogiéndose a un programa de movilidad, y que hayan demostrado un alto nivel de rendimiento académico, mediante la realización de trabajos de investigación tutelados. Tendrán una especial consideración aquellas solicitudes realizadas por estudiantes provenientes de alguna de las Universidades incluidas en la Alianza Arqus.

    Condiciones de las becas

    • Se concederá un máximo de 50 becas de las que se reservan 4 para el turno de personas con discapacidad. Las plazas no cubiertas en el cupo de discapacidad se acumularán a las del cupo general.
    • Las becas se llevarán a cabo durante los meses de junio y julio de 2024.
    • Las becas tendrán una dotación total de 200 € a percibir al término de la beca (y tras entregar el informe final).
    • Antes del 26 de septiembre de 2024, la persona beneficiaria deberá entregar en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia un informe emitido por su director o directora, en el que se valore el trabajo realizado. El incumplimiento de esta condición supondrá la devolución de toda la ayuda percibida.
    • El disfrute de estas ayudas será incompatible con la concesión de otras becas o ayudas de iniciación a la investigación.

    Requisitos

    • Podrán solicitar estas becas los estudiantes de movilidad que están estudiando en la Universidad de Granada, y siempre que para el último año de los estudios de Grado le queden pendientes al menos 30 créditos por cursar.
    • De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre de régimen de becas y ayudas personalizadas, podrá obtenerse la condición de beneficiario de beca de iniciación aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • La dirección del trabajo de investigación deberá estar a cargo de un doctor/a vinculado a la Universidad de Granada y adscrito a un departamento con docencia de la titulación que esté cursando la persona solicitante. El director o directora de la investigación deberá contar, al menos, con una evaluación positiva de la actividad de investigación por la CNEAI. Excepcionalmente, en aquellos casos en los que por su situación laboral no sea posible solicitar la evaluación positiva del tramo a la CNEAI, deberá acreditar ante la Comisión de investigación méritos equivalentes.
    • Cada profesor o profesora sólo podrá apoyar la solicitud de una beca en esta modalidad del programa.
    • Quedan excluidos de este programa los estudiantes que hayan disfrutado esta beca con anterioridad.

    Formalización de solicitudes

    La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, de esta manera:

    1. Gestor de aplicaciones del Plan Propio de Investigación: FORMULARIO para la modalidad 2 del programa 5 ESTUDIANTES DE MOVILIDAD.
    2. Inscripción en la web del Banco Santander Becas: modalidad A .2. del programa 5 para estudiantes de MOVILIDAD.
    3. Descargar el modelo de documentación (que tendrá que adjuntar en el formulario en los diferentes apartados): formato Word o en formato ODT 
    4. Registro Sede electrónica de la UGR del archivo SOLICITUD.PDF recibido en el correo electrónico.

    Adjuntando al formulario la siguiente documentación, en sus apartados correspondientes:

    • Certificación académica personal detallada en la que figuren las calificaciones obtenidas y la fecha en que se obtuvieron, o fotocopia del expediente académico.
    • Copia del resguardo de matrícula del curso 2023/2024 actual, donde consten los créditos matriculados.
    • Memoria Científica en la que se incluya el plan de trabajo a desarrollar.
    • Informe del director o directora.

    El plazo de presentación de solicitudes estará abierto del 1 al 22 de marzo de 2024, con resolución en el mes de mayo de 2024.

    Criterios de valoración

    • La Comisión de Investigación valorará la calificación obtenida en todas las asignaturas cursadas hasta el momento de la realización de la solicitud.
    • La Comisión de Investigación tendrá en cuenta la calidad de la memoria científica presentada, que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. La no presentación de una memoria adecuada será motivo de denegación de la ayuda.
    • Se atenderá a las necesidades de planificación universitaria, procurando una adecuada distribución de las becas por titulaciones.

    La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

     

    5.B. Programa de Becas de Iniciación a la Investigación para Estudiantes de Másteres Oficiales Universidad de Granada-Banco Santander

    Objetivo

    Promover la formación básica en investigación de los estudiantes de máster de la Universidad de Granada que hayan demostrado un alto nivel de rendimiento académico mediante la realización de trabajos de investigación tutelados en grupos de la UGR con amplia trayectoria investigadora para facilitar la concurrencia con éxito, a los programas oficiales de becas/contratos predoctorales.

    Condiciones de las becas

    • Las becas tendrán una dotación mínima total de 500 € y máxima de 1.500 €, que se distribuirá de la siguiente manera:
      • Un primer pago de 500 € que se percibirá tras la formalización de la beca.
      • Un segundo pago de 1.000 € tras presentar resguardo de matrícula en un programa de doctorado en la Universidad de Granada, no más tarde del 31 de diciembre de 2025.
    • Antes del 28 de febrero de 2026, la persona beneficiaria deberá entregar en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia una memoria del trabajo de investigación realizado acompañada de un informe con la valoración de su director o directora. El incumplimiento de esta condición supondrá la devolución de toda la ayuda percibida.
    • El disfrute de estas ayudas coincidirá con el curso académico en el que se esté cursando el correspondiente máster oficial y será incompatible con la concesión de otras becas o ayudas con la misma finalidad, como pueden ser las Becas de Colaboración del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
    • Quedarán excluidos de este programa aquellas personas solicitantes que hayan disfrutado de estas ayudas en años anteriores.
    • Quedan excluidos de este programa los estudiantes que vayan a realizar una movilidad Erasmus o similar en otra universidad durante el periodo de disfrute de la beca.

    Modalidad B.1

    Ayudas de iniciación a la investigación financiadas por el Plan Propio de Investigación

    Se concederán un máximo de 100 becas de las que se reservan 7 para el turno de personas con discapacidad. Las plazas no cubiertas en el cupo de discapacidad se acumularán a las del cupo general.

    Requisitos

    • Podrán solicitar estas becas alumnas y alumnos matriculados en un máster oficial de la Universidad de Granada (matrícula en el curso 2024/2025).
    • No se concederá ninguna beca a candidatos o candidatas con nota media del expediente de grado por debajo de la establecida en la convocatoria de FPU 2023 (columna “Grado”).
    • De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre de régimen de becas y ayudas personalizadas, podrá obtenerse la condición de beneficiario de beca de iniciación, aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • La dirección del trabajo de investigación deberá estar a cargo de un doctor/a vinculado a la Universidad de Granada y adscrito a un departamento o instituto de investigación con docencia en el máster que esté cursando la persona solicitante.
    • Disponer de un tramo de investigación CNEAI en vigor, o equivalente (en aquellos casos en los que por su situación académica el director o directora del trabajo no haya podido solicitar tramos de investigación deberá acreditar ante la Comisión de Investigación méritos equivalentes).
    • Un mismo profesor o profesora sólo podrá apoyar la solicitud de una beca en esta modalidad del programa.

    Formalización de solicitudes

    La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. Adjuntando al formulario la siguiente documentación, en sus apartados correspondientes:

    • Memoria del plan de trabajo.
    • Aval del director o directora del trabajo.
    • Aceptación del grupo.
    • Certificación académica personal detallada en la que figuren las calificaciones obtenidas (con puntuación sobre 10) y la fecha en que se obtuvieron, o fotocopia del expediente académico.
    • Copia del resguardo de la matrícula.

    El plazo de solicitud estará comprendido entre el 7 y el 31 de octubre de 2024, con resolución en diciembre de 2024.

    Criterios de valoración

    • Para la adjudicación de las ayudas la Comisión de Investigación tendrá en cuenta la nota media del expediente académico de la persona solicitante.
    • La Comisión de Investigación tendrá en cuenta la calidad de la memoria científica presentada, que deberá incluir objetivos, metodología, plan de trabajo y resultados esperados bien definidos, así como la correspondiente bibliografía actualizada. La no presentación de una memoria adecuada será motivo de denegación de la ayuda.
    • El máximo de ayudas que se podrá conceder a un mismo Grupo de Investigación de la UGR dentro de esta modalidad, será de dos.

    La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

    Modalidad B2

    Ayudas de iniciación a la investigación financiadas por Grupos de Investigación, por Unidades de Excelencia y por el IFMIF-DONES

    El proceso de solicitud de esta modalidad consta de dos fases: 

    Primera fase

    Solicitud de las ayudas por parte de los Grupos de Investigación, por Unidades de Excelencia y por el IFMIF-DONES a través de nuestro formulario.

    Requisitos de los solicitantes:

    • Podrán solicitar las ayudas los responsables de Grupos de Investigación de la UGR reconocidos en el Registro de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento (antiguo PAIDI) así como los responsables de Unidades de Excelencia del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la UGR, y del responsable científico del IFMIF-DONES. 

    Formalización de solicitudes:

    El investigador o investigadora responsable deberá hacer llegar al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia la solicitud telemática correspondiente en la que se deberá hacer constar el número de ayudas que el grupo desea financiar. Las condiciones, así como las cuantías económicas de las ayudas, deberán ser equivalentes a las establecidas en la Modalidad B1.

    El plazo de solicitud estará comprendido entre el 1 y el 19 de julio de 2024.

    Se subirá la siguiente documentación en formato electrónico:

    • Justificación de la disponibilidad presupuestaria para financiar las ayudas.
    • Requisitos académicos de los solicitantes.
    • Composición de la comisión evaluadora.

    Segunda fase

    La Comisión de Investigación hará público un listado de las ayudas ofertadas y los grupos que las financian. En convocatoria oficial se dará a conocer la titulación exigida, la composición de la comisión evaluadora y los plazos de solicitud y resolución.

    Los requisitos y criterios de selección serán equivalentes a los establecidos en la Modalidad B1, de modo que la selección de candidatos o candidatas se realizará de acuerdo con la nota media de su expediente académico. El plazo de solicitud estará comprendido entre el 7 y el 31 de octubre de 2024, con resolución en diciembre de 2024.

    No se concederá ninguna beca a candidatos o candidatas con nota media del expediente de grado por debajo de la establecida en la convocatoria de FPU 2023 (columna “Grado”). 

    La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

    Ayudas UGR-B.Santander

    Este programa ha sido cofinanciado con 110000 € a través del Convenio de Colaboración entre la Universidad de Granada y el Banco Santander S.A.

    6.1. Cupo general

    Objetivo

    Incrementar el número de personal investigador en la Universidad de Granada y promover la formación de doctores y doctoras, con carácter complementario a los programas de formación de personal docente e investigador de los planes nacionales y andaluces de investigación. 

    Condiciones

    • El programa se adecúa a lo establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en la que se contempla la contratación para la realización de tareas de investigación de quienes estén en posesión del título de licenciatura, ingeniería, arquitectura, grado universitario con al menos 300 créditos ECTS, máster universitario o equivalente, y hayan sido admitidos en un programa de doctorado de la UGR.
    • Los contratos tendrán una duración máxima de cuatro años. La continuidad del contrato estará condicionada al informe anual favorable de la comisión académica del programa de doctorado o, en su caso, de la escuela de doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa hasta un máximo de cuatro. No obstante, cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad, podrá alcanzar una duración máxima de seis años, prórrogas incluidas, teniendo en cuenta las características de la actividad investigadora y el grado de las limitaciones en la actividad. En el caso de que la lectura de la tesis se produzca antes del comienzo del último año del contrato predoctoral, las personas beneficiarias de la FPU podrán acceder a un contrato posdoctoral durante el último año ya que quedaría extinguido el predoctoral. La cuantía del salario será de doce mensualidades, de acuerdo con el Estatuto Personal Investigador Predoctoral en Formación (EPIF), a lo largo del contrato, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Las personas beneficiarias de convocatorias anteriores pasarán a percibir igualmente estas retribuciones.
    • Desde el segundo año de contrato se establece la posibilidad de disfrutar de una bolsa de viaje para una estancia en algún otro centro de investigación, fuera del ámbito geográfico de la Universidad de Granada, por un máximo de tres meses, que podrá solicitarse en el contexto del correspondiente programa de Ayudas para Estancias Breves del Plan Propio de Investigación, de forma que se favorezcan las estancias en centros internacionales, para la obtención de la Mención  Internacional al título de doctor/a.
    • El contrato de trabajo se establecerá en la modalidad de contrato predoctoral de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
    • Debido al carácter subsidiario del Plan Propio de Investigación, el disfrute de estos contratos será incompatible con la obtención de ayudas equivalentes en programas europeos, nacionales o autonómicos. De este modo, las personas beneficiarias de estos programas a los que le sean concedidas ayudas en el programa FPU, o programas equivalentes estarán obligados a la aceptación de éstas, cesando automáticamente el disfrute de esta ayuda del Plan Propio.
    • Los contratos predoctorales se podrán extinguir por las siguientes circunstancias:
      • el transcurso del período máximo de duración de la ayuda.
      • la salida de la persona beneficiaria del programa de doctorado.
      • la obtención del título de doctor o doctora por parte de la persona beneficiaria.
      • por renuncia de la propia persona beneficiaria.
    • Se otorgará un máximo de 7 contratos en la actual convocatoria de las que 1 plaza se reserva para el turno de personas con diversidad funcional. En el caso de que dicha plaza no sea cubierta, no se acumulará al cupo general.
    • El investigador o investigadora en formación contratado quedará adscrito al departamento al que pertenezca el director o directora de tesis. 

    Requisitos de los solicitantes

    • Haber presentado solicitud a la convocatoria de Ayudas FPU de 2023 con adscripción a la Universidad de Granada, haber superado la 1ª fase y haber sido evaluado en la 2ª fase, y cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria correspondiente. La no admisión o evaluación de dicha solicitud por el organismo correspondiente será motivo de exclusión de este programa.
    • El director o directora de la solicitud de la ayuda FPU debe ser el mismo que el de la solicitud a este programa.

    Formalización de solicitudes

    La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, a la que se subirá la siguiente documentación en formato electrónico:

    • Copia de la solicitud presentada a la convocatoria de Ayudas FPU de 2023 y de la valoración.
    • Fotocopia del título de licenciatura o grado, así como fotocopia del expediente académico con puntuación sobre 10.
    • Visto bueno del director o directora de la tesis para participar en la convocatoria de la UGR.
    • Compromiso de aceptación de cualquier beca o contrato que le sea concedida en programas europeos, nacionales o autonómicos equivalentes a este programa.

    El plazo de presentación de solicitudes se anunciará en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, una vez haya sido publicada la resolución del programa FPU del MECD.

    Y los pasos a seguir serán los siguientes:

    • SOLICITUD a través del gestor de aplicaciones del Plan Propio, en el que habrá que indicar:
      • Datos personales: nombre, apellidos, NIF, correo electrónico, etc.
      • Datos de la solicitud: campos de texto en el que se completan los requisitos de la ayuda que se va a solicitar, directora o director del trabajo...
      • Documentación necesaria: 
        • Copia de la solicitud presentada a la convocatoria de Ayudas FPU de 2023 y de la valoración.
        • Copia del título de licenciatura o grado.
        • Copia del expediente académico con puntuación sobre 10.
        • Modelo en Word o ODT
          • Visto bueno del director o directora de la tesis, apartado correspondiente del documento.
          • Compromiso, apartado correspondiente del documento.
    • Inscripción en el programa de Contratos Predoctorales de la web del BANCO SANTANDER.
    • REGISTRO de la solicitud obtenida de nuestra aplicación y que se envía al correo electrónico que ha indicado (como SOLICITUD.PDF)

    Criterios de valoración

    • Para la adjudicación de los contratos la Comisión de Investigación tendrá en cuenta:
      • Expediente académico del grado.
      • Puntuación obtenida en la convocatoria del programa FPU del MECD
    • La Comisión de Investigación podrá requerir a los solicitantes información y documentación adicional, así como el desglose de la puntuación obtenida en la solicitud de beca FPU del MECD.

    La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

    Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias

    • Las personas beneficiarias de este programa formarán parte del colectivo de personal investigador en formación, según lo estipulado en los Estatutos de la Universidad de Granada, con todos los derechos y obligaciones que se derivan de esta situación.
    • Las personas beneficiarias deberán observar las condiciones relativas a incompatibilidades, derechos y deberes establecidas, respectivamente, en la convocatoria becas FPU publicada por la Secretaría de Estado de Educación, Formación profesional y Universidades del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
    • Las personas beneficiarias tendrán las mismas obligaciones, respecto a las tareas docentes, que las recogidas en la convocatoria FPU.
    • Las personas beneficiarias estarán obligadas a presentar solicitud a las convocatorias oficiales de programas de ayudas FPU que se realicen durante el periodo de vigencia de su contrato.
    • Las personas beneficiarias estarán obligadas a aceptar cualquier beca o contrato que le sea concedida en programas europeos, nacionales o autonómicos equivalentes a este programa, debiendo presentar automáticamente su renuncia a la beca o contrato del Plan Propio.
    • Las personas beneficiarias se subrogarán para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio o en su defecto en lo que establezca, respectivamente, la convocatoria para ayudas FPU de los subprogramas de Formación y Movilidad incluidos en el Programa estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y técnica del MECD.

    6.2. Cupo extraordinario para áreas subrepresentadas

    Objetivo

    Excepcionalmente se abrirá una convocatoria de un mínimo de tres contratos (y un máximo de cinco, supeditado a disponibilidad económica) para incrementar el número de personal investigador en la Universidad de Granada y promover la formación de doctores y doctoras en áreas de conocimiento en las cuales no haya contratados/as de investigación, y en el caso de que no fuera posible, en áreas de conocimiento en las que no haya contratos predoctorales regulados por la Ley de la Ciencia en los últimos cuatro años. Al igual que la modalidad 6.1, tendrán un carácter complementario a los programas de formación de personal docente e investigador de los planes nacionales y andaluces de investigación.

    Condiciones

    En esta submodalidad se contemplarán las mismas condiciones que en la modalidad anterior (6.1).

    Adicionalmente, las plazas de esta modalidad (6.2) se ofertarán en áreas de conocimiento que no hayan tenido contratos predoctorales regulados por la Ley de la Ciencia en los últimos cuatro años.

    Requisitos de los solicitantes

    Se aplicarán los mismos requisitos que en la modalidad anterior (6.1). 

    Formalización de solicitudes

    Se seguirá el mismo procedimiento de solicitud y plazos que en la modalidad anterior (6.1). 

    Criterios de valoración

    • Para la adjudicación de los contratos la Comisión de Investigación tendrá en cuenta:
      • Expediente académico del grado.
      • Puntuación obtenida en la convocatoria del programa FPU del MECD.
    • La Comisión de Investigación podrá requerir a los solicitantes información y documentación adicional, así como el desglose de la puntuación obtenida en la solicitud de beca FPU del MECD. 

    La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III. 

    Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias

    Regirán los mismos derechos y obligaciones que en la modalidad anterior (6.1).

    6.3. Cupo extraordinario para los Campus de Ceuta y Melilla

    Objetivo

    Excepcionalmente se abrirá una convocatoria de dos contratos, para incrementar el número de personal investigador en los campus de Ceuta y Melilla y promover la formación de doctores y doctoras en  aquellas áreas de conocimiento en las cuales no haya contratados/as de investigación en dichos campus, y en el caso de que no fuera posible, en áreas de conocimiento en las que no haya contratos predoctorales regulados por la Ley de la Ciencia en los últimos cuatro años. Al igual que la modalidad 6.1, tendrán un carácter complementario a los programas de formación de personal docente e investigador de los planes nacionales y andaluces de investigación.

    Condiciones

    En esta submodalidad se contemplarán las mismas condiciones que en la modalidad anterior (6.1).

    Adicionalmente, las plazas de esta modalidad (6.3) se ofertarán en áreas de conocimiento que no hayan tenido contratos predoctorales regulados por la Ley de la Ciencia en los últimos cuatro años, en los campus de Ceuta y Melilla. 

    Requisitos de los solicitantes

    Se aplicarán los mismos requisitos que en la modalidad anterior (6.1). 

    Formalización de solicitudes

    Se seguirá el mismo procedimiento de solicitud y plazos que en la modalidad anterior (6.1). 

    Criterios de valoración

    • Para la adjudicación de los contratos la Comisión de Investigación tendrá en cuenta:
      • Expediente académico del grado.
      • Puntuación obtenida en la convocatoria del programa FPU del MECD.
    • La Comisión de Investigación podrá requerir a los solicitantes información y documentación adicional, así como el desglose de la puntuación obtenida en la solicitud de beca FPU del MECD. 

    La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III. 

    Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias

    Regirán los mismos derechos y obligaciones que en la modalidad anterior (6.1).

    Objetivo

    Procurar la continuidad de la relación entre la Universidad de Granada y del personal investigador que hayan completado su etapa predoctoral para facilitar su acceso a programas de perfeccionamiento postdoctoral. Con este programa se pretende, por una parte, contratar a aquellas personas solicitantes cuyos currículum vitae puedan ser competitivos en las convocatorias de programas autonómicos, nacionales o internacionales de perfeccionamiento de doctores y doctoras y, por otra, una mayor implicación de los departamentos, proyectos o grupos de investigación en la financiación de la persona solicitante.

    Condiciones

    • Los contratos tendrán carácter temporal orientados a la especialización posdoctoral.
    • Tendrán una duración de 12 meses, o de 6 meses prorrogables hasta un máximo de 12, y el coste del contrato estará financiado al 50% por un Departamento o Grupo de Investigación, aportando dicha financiación al inicio del contrato.
    • En el caso de financiación con un Proyecto de investigación, el coste del contrato correrá íntegramente con cargo al presupuesto del Proyecto, y en caso de prórroga, ésta estará financiada al 50% con el Plan Propio.
    • Los solicitantes deberán haber agotado íntegramente el contrato predoctoral oficial u homologado.
    • Los solicitantes no pueden haber superado un plazo superior a tres meses entre la fecha de finalización del contrato predoctoral y la fecha de defensa de la tesis. En el caso de que defiendan su tesis doctoral antes de la finalización del contrato predoctoral, podrán solicitarlo.
    • Las personas beneficiarias de este programa percibirán la dotación mínima que para cada año establezca la Universidad de Granada para los contratos con cargo a proyectos de investigación destinados a doctores (un 1% superior a la establecida en el último año predoctoral, salvo que la convocatoria del proyecto que lo financia tenga un mínimo superior).
    • Las personas contratadas podrán prestar colaboraciones docentes hasta un máximo semestral de 4 créditos, o los que para este tipo de contratos hayan sido aprobados en el plan de ordenación docente para el año correspondiente.
    • La Universidad de Granada, a efectos de oposiciones y concursos, reconocerá la tarea investigadora desarrollada durante el tiempo de disfrute de estas ayudas.
    • A la firma del contrato las personas beneficiarias deberán presentar los trabajos publicados que fueron objeto de evaluación. Su incumplimiento implicará la no formalización del contrato.
    • Se concederán hasta un máximo de 70 contratos de seis meses y hasta 35 renovaciones de las que un 7% se reservan para el turno de personas con diversidad funcional que se distribuirán homogéneamente entre las cuatro convocatorias anuales. Las plazas no cubiertas en el cupo de diversidad funcional se acumularán a las del cupo general. Para evitar discontinuidades, la renovación de los contratos podrá solicitarse en cualquier momento, preferiblemente con un mes de antelación a la finalización del contrato.
    • Con carácter previo a la contratación, la persona responsable del contrato, remitirá al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia el plan formativo individual en el que se especifique el contenido de la práctica profesional, y asignará tutor o tutora que cuente con la formación o experiencia adecuadas para el seguimiento del plan y el correcto cumplimiento del objeto del contrato.
    • No se podrá interrumpir el contrato.

    Requisitos de las personas solicitantes

    • Haber disfrutado en la Universidad de Granada de algún programa oficial de formación predoctoral como personas beneficiarias de alguno de los siguientes programas de formación de personal investigador en la UGR: FPU/FPI del Ministerio/Junta de Andalucía, FPU del Plan Propio, contratos predoctorales análogos del Instituto Carlos III, u otras becas o contratos homologados por la UGR.
    • Ser doctor o doctora por la Universidad de Granada.
    • No podrá suscribirse con quien ya haya obtenido experiencia profesional o realizado actividad formativa en la misma actividad dentro de la Universidad de Granada por un tiempo superior a tres meses, sin que se computen a estos efectos los periodos de formación o prácticas que formen parte del currículo exigido para la obtención de la titulación o certificado que habilita esta contratación.
    • Para evitar la desvinculación de la Universidad de Granada, este programa podrá solicitarse hasta 5 meses antes de la finalización de la beca o contrato predoctoral. No obstante, en cualquier caso, se deberá haber defendido la tesis doctoral antes de firmar el contrato puente y en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de la beca o contrato.
    • La firma del contrato puente deberá hacerse en un plazo máximo de 3 meses tras la obtención del título de doctor.
    • Contar con la aceptación del Consejo del Departamento al que se adscriba la ayuda.

    Formalización de solicitudes

    La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

    • Plan formativo.
    • Informe del director o directora del trabajo.
    • Informe del Consejo de departamento.
    • Copia del título de doctor o doctora (en su caso).
    • Publicaciones.

    Selección de candidatos o candidatas

    • Como principal criterio de selección la Comisión de Investigación tendrá en cuenta la calidad científica de los tres mejores trabajos de investigación, seleccionados por los propios solicitantes. En el caso de publicaciones de elevada calidad a las que la persona solicitante haya contribuido significativamente, podrá considerarse suficiente un número menor de trabajos.
    • La calidad de las publicaciones será evaluada de acuerdo con parámetros bibliométricos oficiales como pueden ser el índice de impacto de las revistas indexadas o la posición de éstas en su correspondiente campo temático. En el caso de publicaciones en revistas indexadas, se deberá indicar, en la ficha incluida en el impreso de solicitud, el índice de impacto de la revista contenida en el ISI del año correspondiente a la publicación del trabajo, así como la posición de la revista dentro del campo temático al que pertenezca (ver Documento Marco de Evaluación en el Anexo I).
    • La Comisión de Investigación tendrá en cuenta la calidad del plan formativo presentado. La no presentación de un plan formativo adecuado será motivo de denegación de la ayuda.

     La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

    Obligaciones de las personas beneficiarias

    • Incorporarse a su puesto de trabajo a la firma del contrato y demás obligaciones estipuladas en el mismo.
    • Desarrollar eficazmente el plan de trabajo previsto.
    • Presentar en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia una memoria justificativa de la actividad realizada antes de la finalización del plazo de contrato. Dicha memoria se podrá publicar en el Repositorio de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Granada.
    • El personal contratado se subrogará para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio.

    Objetivo

    Facilitar al personal investigador e investigadoras su perfeccionamiento postdoctoral, mediante la financiación de contratos para realizar trabajos de investigación posdoctoral en una universidad o instituto de investigación de reconocido prestigio en el extranjero. 

    Condiciones

    • Las personas beneficiarias suscribirán con la Universidad de Granada un contrato de trabajo bajo cualquiera de las modalidades contractuales temporales o formativas previstas en la legislación laboral vigente (al amparo de lo que establecen el Estatuto de los Trabajadores y sus disposiciones de desarrollo).
    • El personal investigador contratado desarrollará un proyecto de investigación en su centro de destino, que habrá de estar ubicado fuera de España.
    • Las estancias tendrán una duración máxima de 24 meses ininterrumpidos.
    • Los contratos estarán financiados íntegramente con cargo a la ayuda del Banco Santander.
    • Las personas beneficiarias de este programa percibirán la dotación mínima que para cada año establezca la Universidad de Granada para los contratos con cargo a proyectos de investigación destinados a doctores. Adicionalmente se dotará con un complemento en función del país de destino de acuerdo con la tabla mostrada en el Anexo II.
    • La Comisión de Investigación podrá conceder un montante complementario para la realización del viaje de ida y vuelta y para gastos de instalación en el país de destino, en función de la localización geográfica del mismo:
      • Portugal: 900 €.
      • Europa y Norte de África: 1.500 €.
      • Resto de países: 2.000 €.
    • Cualquier viaje adicional correrá a cargo de la persona beneficiaria.
    • Estos contratos son incompatibles con cualquier beca o ayuda oficial, así como con cualquier tipo de remuneración salarial. Dado el carácter subsidiario del programa, si la persona beneficiaria obtuviera otra beca, ayuda o cualquier tipo de remuneración salarial, cesaría automáticamente en el contrato.
    • Se otorgará un máximo de 6 contratos postdoctorales en la convocatoria actual, uno por cada rama de conocimiento, más 1 plaza reservada para el turno de personas con diversidad funcional. En el caso de que dicha plaza no sea cubierta, no se acumulará al cupo general.

    Requisitos de las personas solicitantes

    • Estar en posesión del título de Doctor o Doctora.
    • No deben haber pasado más de tres años desde la defensa de la tesis doctoral hasta el fin del plazo de presentación de solicitudes al programa.
    • Haber completado su etapa de formación predoctoral como personas beneficiarias de alguno de los siguientes programas de formación de personal investigador en la UGR: FPU/FPI del Ministerio/Junta de Andalucía, FPU del Plan Propio, contratos predoctorales análogos del Instituto Carlos III, u otras becas o contratos homologados por la UGR.
    • No se podrá disfrutar del programa en su país de origen.

    Formalización de solicitudes

    La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. 

    • El plazo de presentación de solicitudes está comprendido entre el 1 y el 22 de noviembre de 2024, ambos inclusive.

      Criterios de valoración

      • La Comisión de Investigación tendrá en cuenta:
        • Currículum vitae abreviado del candidato o candidata (formato CVA).
        • Historial científico-técnico del grupo receptor.
        • Calidad del centro/grupo receptor en el ámbito científico del proyecto presentado.
        • Calidad y viabilidad del proyecto.
      • Una vez concluida la evaluación y realizada la propuesta provisional de las personas beneficiarias, se requerirá a los candidatos o candidatas propuestos la documentación acreditativa del currículum vitae y demás certificados pertinentes.

       

      La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

      Obligaciones de las personas beneficiarias

      • Incorporarse al centro de destino en la fecha autorizada.
      • Cumplir las obligaciones establecidas en su contrato.
      • Desarrollar eficazmente el proyecto de investigación presentado, debiendo ajustarse a las normas propias de los centros donde éste haya de realizarse, con dedicación exclusiva a dicha función. Para cualquier cambio de centro, dirección o proyecto de trabajo, paralización del mismo, o ausencia temporal será necesaria la autorización previa del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.
      • Incluir a la Universidad de Granada en todas las publicaciones científicas derivadas de su contrato.
      • Presentar, en la fecha de terminación de estancia, una memoria del trabajo realizado y un certificado de su realización.
      • El personal contratado se subrogará para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio.

      Objetivo

      Fomentar la investigación de frontera en la UGR posibilitando el establecimiento de nuevas líneas de investigación mediante la financiación de proyectos innovadores a cargo de jóvenes investigadores e investigadoras que hayan concluido brillantemente su etapa de especialización postdoctoral en áreas estratégicas.

      Condiciones

      • Los contratos tendrán una duración máxima de tres años.
      • Las personas beneficiarias de este programa percibirán una retribución anual de 30.000 € brutos, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
      • El comienzo de los contratos se publicará junto con la resolución definitiva.
      • El personal investigador contratado en el marco de estos proyectos de investigación prestará colaboraciones docentes hasta el máximo que para este tipo de contratos haya sido aprobado en el plan de ordenación docente para el año correspondiente. La Universidad de Granada, a efectos de oposiciones y concursos, reconocerá esta labor siempre que hayan sido incluidos en el plan de ordenación docente de su Departamento.
      • Debido al carácter subsidiario del Plan Propio de Investigación, el disfrute de estos contratos será incompatible con la obtención de un contrato del Programa Ramón y Cajal. En este caso, la persona beneficiaria estará obligada a la aceptación del contrato Ramón y Cajal, cesando automáticamente la financiación del proyecto.
      • El número de proyectos concedidos anualmente dependerá de la disponibilidad presupuestaria y se hará público en la página web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia en la fecha de apertura de la convocatoria.

      Requisitos del investigador o investigadora principal

      • Haber obtenido en la Universidad de Granada, o en FIBAO como entidad gestora de los proyectos de Salud, y como IP único, un proyecto de investigación del Plan Estatal de Investigación, Proyectos de Excelencia de la Junta de Andalucía o de Horizonte Europa (ver puntos siguientes). A estos efectos no se considerarán las redes de movilidad o formación ni los proyectos de infraestructuras científicas.
      • A fecha de solicitud de dicho proyecto (punto anterior) deberá aportar la siguiente documentación: certificación de experiencia postdoctoral de al menos 24 meses en Centros de I+D distintos de aquel en el que consiguiera el doctorado y también distintos de cualquier Centro de la UGR; adicionalmente, deberá aportar evaluación en la última convocatoria Ramón y Cajal de más de 75 puntos.
      • Tanto la solicitud de dicho proyecto como la obtención del mismo (resolución provisional) deberá realizarse disfrutando de contrato como doctor en la Universidad de Granada.
      • En el momento de resolución de esta convocatoria no se deberá estar incluido en el Plan de Estabilización de Personal Investigador de la Universidad de Granada.

      Criterios de valoración

      • Las solicitudes se concederán una vez acreditado el requisito exigido para su obtención.
      • En caso de que el número de proyectos concedidos supere la financiación disponible, se priorizarán los proyectos obtenidos en la convocatoria del Plan Estatal de Investigación.

      Formalización de solicitudes

      La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

      • Resolución provisional del proyecto de investigación.
      • Título de doctor
      • Informe del Consejo de Departamento al que se adscribirá la persona solicitante.
      • Copia de la solicitud y de la documentación completa presentada al programa Ramón y Cajal de la convocatoria inmediatamente anterior.
      • Copia del informe de evaluación que incluya la puntuación obtenida. En caso de no estar disponible en el momento de la solicitud, ésta deberá hacerse llegar al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia en cuanto se reciba.
      • Compromiso de concurrir al programa Ramón y Cajal en la primera convocatoria inmediatamente posterior a esta solicitud al Plan Propio.
      • Certificación expedida por los centros en los que el investigador o investigadora principal haya desarrollado su labor investigadora, en la que conste la duración de la misma y las actividades o proyectos concretos desarrollados.

      Obligaciones de las personas beneficiaria

      • Incorporarse al centro de aplicación en la fecha autorizada.
      • Cumplir el plan de trabajo establecido en la memoria científica del proyecto presentado, desarrollando eficazmente las distintas etapas establecidas con dedicación exclusiva a dicha función, ajustándose a las normas propias del centro donde se desarrolle el proyecto.
      • Remitir al final del proyecto al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia un informe de la labor realizada y de los resultados obtenidos, que se publicará en el Repositorio de la Biblioteca de la Universidad de Granada, así como una memoria económica de los gastos realizados. Este informe deberá remitirse al menos un mes antes de la finalización de cada anualidad.
      • Incluir al Plan Propio de la UGR en los agradecimientos de las publicaciones derivadas del proyecto.
      • Presentar solicitud a la siguiente convocatoria del programa Ramón y Cajal o cualquier otra convocatoria equivalente y remitir al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia copia de la solicitud y de los informes de evaluación.
      • Las personas beneficiarias se subrogarán para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio.

      Objetivo

      Facilitar al personal docente e investigador y personal técnico de la Universidad de Granada la actualización de conocimientos y la adquisición de nuevas técnicas, el acceso a material de investigación o el contacto directo con investigadores e investigadoras de prestigio mediante estancias de investigación breves en otras universidades o centros de investigación. Tendrán una especial relevancia aquellas estancias realizadas en Centros de investigación pertenecientes a Universidades Arqus.

      Condiciones

      • Quedarán excluidas aquellas solicitudes cuya finalidad no sea exclusivamente la realización de actividades de investigación. De esta forma, no se financiarán aquellas solicitudes dirigidas a la realización de tareas de carácter docente.
      • Las ayudas se concederán para estancias de investigación de duración mínima de un mes y máximo de tres meses, que habrán de realizarse entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de abril de 2025.
      • Se concederá, como máximo, una ayuda anual por solicitante.
      • Se atenderán las necesidades de planificación universitaria, procurando una adecuada distribución de las ayudas por Grupos de Investigación Universitarios, estableciéndose un máximo de tres cofinanciaciones por Grupo. Cuando existan solicitudes de varios miembros de un mismo Grupo de Investigación, la persona responsable deberá priorizar las mismas.
      • El importe de la ayuda se destinará a cubrir parte de los gastos de desplazamiento y alojamiento. Según la calidad del centro receptor (se clasificará A, B, C o D según su posición en atención a los cuartiles por citación; ver documento Marco de Evaluación Anexo I en su apartado 4), así como la localización geográfica del mismo, se asignarán las siguientes cuantías por mes de estancia:
        • Andalucía: entre 200 € y 400 €.
        • Península Ibérica: entre 400 € y 600 €.
        • Europa, Islas Canarias, Baleares y Norte de África: entre 600 € y 900 €.
        • Resto de países: entre 900 € y 1.200 €.
        • Aquellas estancias que se realicen en alguna universidad de la Alianza Arqus, dispondrán de una ayuda económica adicional de 100 € por cada mes de estancia.

      Requisitos de las personas solicitantes

      Podrán solicitar estas ayudas:

      • Personal investigador, con vinculación a la Universidad de Granada desde la fecha de solicitud hasta la fecha de finalización de la estancia.
      • Las personas beneficiarias de programas oficiales de formación de personal investigador, que no tengan reconocida la posibilidad de formación temporal en el extranjero en el programa por el que se rigen, así como las y los becarios homologados de la Universidad de Granada.
      • No se considerarán aquellas propuestas (mismo investigador y mismo centro de destino) que obtuvieran financiación en convocatorias anteriores de este programa (con un periodo de carencia de 3 años).
      • Se deberá realizar la solicitud con anterioridad al inicio de la actividad. Además, las estancias que se inicien antes del 31/12/2024 deberán solicitarse antes del 30/09/2024.

      Este programa tiene un carácter subsidiario de las convocatorias de ayuda a la movilidad que se convocan con carácter nacional o autonómico, por tanto, su solicitud está vinculada inexcusablemente a las realizadas a las otras convocatorias, sólo la denegación de la petición en éstas o la no convocatoria de los programas, si se produce, implica la financiación a través de este programa.

      Formalización de solicitudes

      La solicitud deberá realizarse siempre con anterioridad al comienzo de la actividad, a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

      • En el plan de trabajo a desarrollar debe constar la justificación de la investigación a desarrollar en otro centro, indicando el interés y la calidad de dicho centro o de los equipos con los que se va a colaborar.
      • Carta de admisión del centro de investigación de destino, en la que se haga constar la viabilidad de la labor a desarrollar.
      • Currículum vitae abreviado (CVA) de la persona solicitante, incluyendo las cinco mejores publicaciones y fotocopia del DNI de la persona solicitante.
      • Currículum vitae abreviado (CVA) del investigador o investigadora con el que se desea colaborar señalando sus mejores publicaciones (junto con los indicadores bibliométricos más significativos).
      • Copia de las solicitudes de ayudas externas a la Universidad de Granada que haya pedido para la misma estancia.
      • Copia de la solicitud del PERLICO correspondiente.
      • Si se ha obtenido ayuda en este programa en los 2 años anteriores, se adjuntará una memoria actualizada de los resultados obtenidos (publicaciones, proyectos, actividades conjuntas, etc.).

      Criterios de valoración

      Se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:

      • Méritos académicos y científicos de la persona solicitante.
      • Viabilidad de la labor a realizar e interés de la misma.
      • Calidad del centro receptor. Se valorará positivamente su posición en rankings internacionales (Shanghái, Taiwán, ESI, etc.) (ver “Marco de Evaluación” para los diferentes programas en el Anexo I).
      • Méritos académicos y científicos del investigador o investigadora con el que se desea colaborar.
      • Se valorará positivamente la existencia de una colaboración previa que se haya concretado en resultados tangibles: publicaciones, patentes, proyectos financiados, etc. Especialmente se considerará si se ha obtenido ayuda en el programa en años anteriores los resultados obtenidos en la actividad desarrollada.

      Obligaciones de las personas beneficiarias

      Realizar la estancia en la fecha y centro para los que se concede la ayuda, siendo necesaria para cualquier cambio la autorización previa del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

      Presentar en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia una memoria del trabajo de investigación realizado, así como el certificado de realización firmado por la persona responsable de la estancia, y justificantes de la liquidación de gastos de acuerdo con las normas generales.

      Objetivo

      Fomentar el intercambio y la actualización de conocimientos e información científica de los miembros de la comunidad universitaria de Granada, mediante la permanencia en esta universidad de profesores y profesoras, doctores y doctoras de trayectoria científica y profesional extensa, provenientes de otras universidades o centros de investigación.

      Condiciones

      Las ayudas se concederán para estancias con duración mínima de un mes y máxima de tres meses, que habrán de realizarse entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de abril de 2025.

      • Las ayudas habrán de ser cofinanciadas al menos en un 50% por un Departamento, Instituto, Centro de investigación, Grupo o Proyecto de Investigación de la Universidad de Granada, o por cualquier otra institución externa a la UGR. Sólo en casos excepcionales, y suficientemente justificados, la aportación realizada por el Plan Propio podrá ser superior a la mitad.
      • Las ayudas cubrirán los gastos de alojamiento y manutención del investigador o investigadora invitada, por una cuantía equivalente a su precio en las residencias universitarias de la Universidad de Granada.

      Requisitos de las personas solicitantes

      • Las solicitudes serán presentadas por personal docente e investigador de la UGR, con vinculación permanente.
      • No se considerarán aquellas propuestas cuyo solicitante haya obtenido anteriormente financiación en este programa (durante un período de 3 anualidades).
      • No se considerarán aquellas propuestas en las que el investigador o investigadora invitada haya realizado estancia previamente en el marco de este programa (en los últimos 3 años).

      Formalización de solicitudes

      La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

      • Memoria del plan de trabajo a desarrollar en la que conste la justificación de la investigación a desarrollar, indicando el interés y viabilidad del proyecto a realizar.
      • CVA de la persona visitante.
      • Compromiso del investigador o investigadora invitada a realizar la estancia en la Universidad de Granada en las fechas previstas y de acuerdo con el plan de trabajo propuesto.
      • Copia del DNI o pasaporte de la persona invitada.
      • Si se ha obtenido ayuda en este programa en los 2 años anteriores, se adjuntará una memoria actualizada de los resultados obtenidos (publicaciones, proyectos, actividades conjuntas, etc.).

      Criterios de valoración

      Con carácter general se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:

      • Méritos académicos y científicos de la persona invitada. Para su valoración se utilizará el CVA aportado. Se considerarán especialmente de cara a la valoración de dichos méritos las publicaciones internacionales (sean éstas artículos en revistas de impacto, libros o capítulos en editoriales de prestigio y puestos de responsabilidad en revistas o asociaciones científicas) (ver Documento Marco de Evaluación en el Anexo I).
      • Viabilidad de la labor a realizar e interés de la misma.
      • Se valorará positivamente que el organismo al que pertenezca el invitado pertenezca a la Alianza Arqus. 

      Obligaciones de las personas beneficiarias

      • La persona invitada deberá realizar la estancia en la fecha y centro para los que se concede la ayuda, siendo necesaria la autorización previa del Vicerrector de Investigación y Transferencia para cualquier cambio.
      • Mencionar a la Universidad de Granada en todas las publicaciones científicas derivadas de esta estancia.

      Objetivo

      Incentivar el intercambio y la difusión de los resultados de investigación relevantes que faciliten el avance de las áreas de conocimiento, mediante la organización de congresos científicos internacionales (presenciales o semipresenciales) gestionados por el profesorado y el personal investigador de la Universidad de Granada. Los congresos que se cofinancien en este programa, NO podrán ser congresos exclusivamente de carácter local, sino que deben asistir investigadores e investigadoras de reconocido prestigio en su área de otras universidades o centros de investigación.

      Condiciones

      • Las ayudas se concederán para actividades realizadas por la Universidad de Granada, y cuyas fechas de realización estén comprendidas entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de abril de 2025.
      • La cuantía de estas ayudas será determinada por la Comisión de Investigación, atendiendo a las partidas económicas disponibles del programa y al interés científico de la actividad desarrollada, con un máximo de 2.000 €.
      • No serán gastos elegibles retribuciones o gastos de personal, gastos en material de oficina, o compra de equipamiento. No serán gastos elegibles los gastos de restauración y atenciones de carácter protocolario.
      • Entre los gastos elegibles se proponen, por ejemplo, (1) gastos de viaje o alojamiento de conferenciante invitado/a en el Carmen de la Victoria o la Corrala de Santiago; (2) uso de instalaciones (alquiler de salas de reuniones, aulas o auditorios) en un centro de la UGR. Para lo que se aportará documento del el Centro/Facultad/Escuela correspondiente detallando el coste estimado; (3) gastos de cartelería, gestionado en el CIC; (4) confección del libro de actas en la Editorial UGR.

      Requisitos de las personas solicitantes

      • Podrá solicitar estas ayudas el personal investigador de la Universidad de Granada que desee organizar un congreso. La Universidad de Granada debe ser siempre titular o copartícipe en la organización del congreso que se lleve a cabo. La participación individual en el comité organizador debe siempre implicar la participación institucional de la Universidad de Granada como entidad organizadora y/o colaboradora.
      • El congreso tendrá como sede un centro de la Universidad de Granada.
      • Quedan excluidas de dichas ayudas las reuniones de carácter docente, para las que existen ayudas dentro del Plan Propio de Docencia de la Universidad de Granada.
      • Quedan excluidas de dichas ayudas las reuniones organizadas en el marco de proyectos de investigación de cualquier tipo, o en el de las Unidades de Excelencia de la UGR.
      • El congreso deberá contar con la participación de personal investigador de reconocido prestigio internacional, así como de un comité científico.
      • El congreso deberá aceptar ponencias.
      • El congreso debe tener página web pública con toda la información: comités (internacionales), modalidad del congreso (presencial o semipresencial), plazos de admisión y sistema de envío de trabajos (comunicaciones, ponencias y/o póster), costes de las inscripciones, programa, conferenciantes, etc. De no disponer de un servidor web propio, se puede hacer uso del servicio https://congresos.ugr.es
      • En la memoria que acompañe a la solicitud se deberán detallar obligatoriamente: las modalidades y cuotas de inscripción, el número de asistentes estimado, el programa del congreso, la dirección web pública de la organización del congreso, sistema de recepción de trabajos/ponencias y de evaluación, presupuesto de gastos estimado, ingresos procedentes de otras ayudas o subvenciones. Será obligatorio concretar y justificar la cantidad solicitada a este programa.
      • La gestión íntegra del congreso se llevará a cabo obligatoriamente en la UGR (y no a través de empresas externas), y la gestión económica se deberá realizar obligatoriamente a través de un centro de gastos de la UGR. 

      El no cumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriores será motivo de denegación de la ayuda.

      Formalización de las solicitudes

      La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

      • Memoria de la actividad a realizar, limitada obligatoriamente a un máximo de 6 páginas y haciendo uso de la plantilla facilitada, en la que se debe incluir el programa con los participantes, el comité organizador y el comité científico, especificando en cada caso la vinculación o procedencia institucional de sus miembros. Además, deben especificarse los datos relativos a número de asistentes estimado, programa del congreso, sistema de recepción de trabajos/ponencias y de evaluación, así como la URL a la web de la organización del congreso.
      • Presupuesto de la actividad, especificando especialmente los datos referentes a cuotas de inscripción y otras ayudas solicitadas/recibidas. Debe indicarse claramente el centro de gastos con el que se realizará la gestión íntegra del congreso. Será obligatorio concretar y justificar la cantidad solicitada a este programa.
      • Copia de las solicitudes de ayudas externas a la Universidad de Granada que haya pedido.

      Este programa tiene una naturaleza complementaria y las personas beneficiarias del mismo están sujetos al compromiso de solicitar ayudas a los programas de apoyo a la organización de eventos científicos de las otras agencias o entidades financiadoras

      Criterios de valoración

      La Comisión de Investigación tendrá en cuenta, como principales criterios de selección y valoración:

      • El interés científico de la actividad propuesta.
      • El carácter internacional del congreso (concretado en la presencia de un número significativo de participantes de centros de investigación internacionales).
      • Número y relevancia científica internacional de los ponentes (conferenciantes y participantes).
      • Prestigio de las personas e instituciones organizadoras (avalada por la participación en la organización de sociedades científicas nacionales o internacionales).
      • Existencia de una declaración explícita relativa al proceso de evaluación y selección de aportaciones originales con sus correspondientes comités científico de selección.
      • Los beneficios que dicha actividad pueda reportar para la investigación de la Universidad de Granada. 

      Obligaciones de las personas beneficiarias

      En la documentación oficial del congreso se deberá mencionar explícitamente el apoyo recibido del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada. El cumplimiento de esta condición, podrá suponer la devolución íntegra de la ayuda económica recibida.

      Objetivo

      Sufragar al personal investigador de la Universidad de Granada parte de los gastos ocasionados en concepto de desplazamiento y estancia para participar en congresos científicos de carácter internacional.

      Condiciones

      • Las ayudas se concederán para actividades cuyas fechas de realización estén comprendidas entre el 1 de enero de 2024 y el 30 de abril de 2025.
      • La ayuda se entenderá exclusivamente como un complemento para pagar gastos de desplazamiento y estancia, y nunca para cubrir el coste de la actividad en su totalidad.
      • En ningún caso se concederán ayudas para financiar gastos de inscripción.
      • El importe máximo de la ayuda, financiado desde el Plan Propio, se establecerá en función del lugar de celebración del evento y de la duración del mismo:
        • Península Ibérica: 80 € por día.
        • Europa, Islas Canarias, Baleares, y Norte de África: 100 € por día.
        • Resto de países 150 € por día.
      • No se concederá más de una ayuda por año e investigador.

      Requisitos de las personas solicitantes

      • No haber obtenido ayuda en este programa en las dos convocatorias anteriores.
      • El tipo de participación debe ser con ponencia invitada, comunicación oral o póster como primer autor, y/o presidencia de mesas redondas o sesiones.
      • Podrá solicitar este programa el Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada.

      Formalización de solicitudes

      La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

      • Documento que acredite la aceptación de la ponencia, comunicación o póster a presentar, y/o la presidencia de mesa redonda o sesión.
      • Memoria, en la que se deberá especificar el tipo de aportación reseñada anteriormente y el título de la aportación.
      • Programa o documentación oficial de la reunión científica en la que se participa, en la que conste el carácter internacional y el lugar de celebración.

      Criterios de valoración

      Además del interés científico de la actividad propuesta y los beneficios que dicha actividad pueda reportar para la investigación de la Universidad de Granada, la Comisión de Investigación considerará los siguientes criterios:

      • Tipo de aportación científica priorizada de la siguiente forma:
        • Ponencia y/o presidencia en mesas redondas o sesión
        • Comunicaciones
        • Posters
      • Se concederá, como máximo, una ayuda anual por solicitante, hasta tres ayudas anuales por grupo de investigación.

      Obligaciones de las personas beneficiarias

      Realizar la actividad para la que se concede la ayuda, siendo necesaria para cualquier cambio la autorización previa del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

      Objetivo

      Incentivar y reconocer las actividades científicas de mayor calidad realizadas por el personal investigador de la Universidad de Granada. El programa presenta las siguientes modalidades:

      • 14.A. Premio “Universidad de Granada” a la Divulgación Científica.
      • 14.B. Premio “Universidad de Granada” a Trabajos de Investigación de Excelencia.
      • 14.C. Premio “Universidad de Granada” a la Transferencia de Conocimiento.
      • 14.D. Premio MediaLab "Universidad de Granada" a la comunicación e innovación en medios digitales.

      14.a. Premio "Universidad de Granada" a la divulgación científica

        Convocatoria

        En colaboración con la Unidad de Cultura Científica de la Universidad de Granada, se convoca, para el año 2024, el Premio "Universidad de Granada" a la difusión del conocimiento científico.

        Podrán optar a este Premio los autores de actividades y obras de divulgación que entren dentro de los siguientes puntos:

        • actividades de divulgación de la ciencia,
        • obras inéditas que presenten una labor divulgativa importante,
        • obras divulgativas publicadas durante el año 2023 en editoriales de reconocido prestigio.

        Al menos uno de los autores o autoras del trabajo presentado deberá estar vinculado a la Universidad de Granada.

        La participación en esta convocatoria supone la plena aceptación de las presentes bases.

        Se dará el reconocimiento con certificado, una invitación a conferencia, así como una entrevista y promoción en medios sociales.

        Presentación de candidaturas

        El plazo de presentación de candidaturas estará abierto hasta el 13 de diciembre de 2024.

        • Las candidaturas podrán ser presentadas por:
          • Uno de los autores o autoras de la obra o de la actividad que aspira al premio.
          • Dos profesores o profesoras o personal investigador de la Universidad de Granada.
          • En cualquier caso, las candidaturas deberán contar con la conformidad explícita de todos los autores de la obra presentada.
        • Al impreso normalizado habrá de adjuntar un ejemplar de la obra (bien en papel o en formato electrónico), o en su caso, una memoria detallada de la actividad desarrollada.

        Resolución

        • La evaluación de los candidatos o candidatas se realizará al finalizar el mes de enero de 2025.
        • El premio será otorgado por un Jurado presidido por el Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada y por la Vicerrectora de Extensión Universitaria, Patrimonio y Relaciones Institucionales, del que formarán parte, además, la Directora de la Unidad de Cultura Científica, la Directora de la Biblioteca General y la Jefa del Servicio de Documentación Científica de la Biblioteca de la Universidad de Granada, cinco vocales designados por la Rectora a propuesta de la Comisión de Investigación, el Director de Centros e Institutos de Investigación, el Director de Secretariado de Política Científica, y la Directora del Plan Propio, que actuará como Secretaria.
        • La resolución se adoptará, y se hará pública, una vez reunido el Jurado. La comisión evaluadora se reserva el derecho a declarar el premio desierto. El fallo del Jurado será inapelable.

        Criterios de valoración

        El premio se otorgará atendiendo a la calidad científica de la actividad u obra, así como a su capacidad de divulgación de forma rigurosa, clara y amena de los contenidos científicos. En el caso de que el jurado considere que la calidad de los candidatos o candidatas propuestos no es suficiente, el Premio podrá declararse desierto.

        14.b. Premio "Universidad de Granada" a trabajos de investigación de excelencia

        Convocatoria

        Serán candidatos o candidatas a este premio los autores de publicaciones científicas que hayan obtenido un alto grado de reconocimiento en la comunidad científica internacional. Al menos uno de los autores o autoras del trabajo deberá estar vinculado a la Universidad de Granada.

        En colaboración con la Biblioteca General de la Universidad de Granada, el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia seleccionará los trabajos publicados en los años 2021 o 2022 que se consideren de excelencia atendiendo a parámetros bibliométricos internacionales sobre elección de trabajos de excelencia (Clarivate Analytics).

        Quedarán excluidos aquellos trabajos que hayan resultado premiados en convocatorias anteriores de este mismo programa de premios.

        Se concederá un máximo de cinco premios, uno por cada rama del conocimiento (Arte y Humanidades, Ciencias de la Salud, Ciencias Experimentales, Ciencias Sociales y Jurídicas y Técnicas).

        Se dará el reconocimiento con certificado, una invitación a conferencia, así como una entrevista y promoción en medios sociales. 

        Presentación de candidaturas

        La selección de los candidatos o candidatas corresponde en exclusiva al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia con la ayuda de la Biblioteca de la Universidad de Granada. La selección se hará atendiendo al número de veces que se ha citado el trabajo candidato, factor de impacto (según el Journal Citation Reports, JCR) de la revista donde se ha publicado el trabajo, ranking que ocupa la revista (según el JCR) por área/s temática/s, cuartil en el que se encuentra la revista dentro del ranking de revistas (según el JCR) por área/s temática/s. 

        Resolución

        • La evaluación de los candidatos o candidatas se realizará al finalizar el mes de enero de 2025.
        • Los premios serán otorgados por un Jurado presidido por el Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, del que formarán parte, además, la Directora de la Biblioteca General y la Jefa del Servicio de Documentación Científica de la Biblioteca de la Universidad de Granada, cinco vocales designados por la Rectora a propuesta de la Comisión de Investigación, el Director de Centros e Institutos de Investigación, el Director de Secretariado de Política Científica, y la Directora del Plan Propio, que actuará como Secretaria.
        • La resolución se adoptará, y se hará pública, una vez reunido el Jurado. La comisión evaluadora se reserva el derecho a declarar el premio desierto. El fallo del Jurado será inapelable. 

        Criterios de valoración

        • Se atenderá prioritariamente a los indicios objetivos de calidad de los artículos propuestos, tomando en consideración indicios de tipo bibliométrico relativos a la calidad de los trabajos tales como: factor de impacto de la revista, número de citas recibidas por el trabajo, así como su posición respecto a las tablas de los Essential Science Indicators, el nivel de protagonismo de los candidatos o candidatas y su vinculación con la Universidad de Granada.
        • La selección y análisis la llevará a cabo el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia en colaboración con la Biblioteca Universitaria.

        14.c. Premio MediaLab "Universidad de Granada" a la comunicación e innovación en medios digitales

        Convocatoria

        Serán candidatos o candidatas a este premio los investigadores o investigadoras que hayan llevado a cabo actividades relacionadas con la transferencia de conocimiento con alto grado de impacto y/o reconocimiento.

        Se dará el reconocimiento con certificado, una invitación a conferencia, así como una entrevista y promoción en medios sociales.

        Presentación de candidaturas

        La selección de los candidatos o candidatas corresponde en exclusiva al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, a través de la OTRI. Las candidaturas se seleccionarán entre el PDI que haya tenido una actividad destacada en transferencia del conocimiento en los últimos 3 años. En particular se considerará la participación y dirección de proyectos colaborativos, contratos al amparo del artículo 83 de la LOU, patentes y otras formas de protección de la propiedad industrial e intelectual, acuerdos de transferencia y creación de spin-offs entre otras actividades de transferencia de conocimiento.

        Resolución

        • La evaluación de los candidatos o candidatas se realizará al finalizar el mes de enero de 2025.
        • Los premios serán otorgados por un Jurado presidido por el Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, del que además formarán parte, el Director de la OTRI de la Universidad de Granada, cinco vocales designados por la Rectora a propuesta de la Comisión de Investigación, el Director de Centros e Institutos de Investigación, el Director de Secretariado de Política Científica, y la Directora del Plan Propio de Investigación, que actuará como Secretaria.
        • La resolución se adoptará, y se hará pública, una vez reunido el Jurado. La comisión evaluadora se reserva el derecho a declarar el premio desierto. El fallo del Jurado será inapelable.

        Criterios de valoración

        Los premios se otorgarán atendiendo a la actividad de transferencia de conocimiento realizada en los 3 últimos años por el investigador o investigadora. Se tendrán en cuenta, principalmente, los siguientes campos de actividad:

          • Protección de Resultados de Investigación (15%).
          • Proyectos de valorización y/o desarrollo tecnológico (15%).
          • Contratos suscritos con empresas al amparo del Art. 83 de la LOU (20%).
          • Proyectos de Investigación colaborativa, tanto nacionales como internacionales (20%).
          • Participación en empresas de base tecnológica activas (20%).
          • Actividades de promoción tecnológica (5%).
          • Colaboración con la OTRI y otras actividades relacionadas con la valorización y transferencia de conocimiento (5%).

        En el caso de que el jurado considere que la calidad de los candidatos o candidatas propuestos no es suficiente, el Premio podrá declararse desierto.

        14.d. Premio "Universidad de Granada" a la transferencia de conocimiento

        El premio pretende reconocer las prácticas más innovadoras y el impacto de las acciones de comunicación en medios digitales que lleva a cabo la Comunidad Universitaria. Se distinguen dos modalidades:

        • Individual: destinada a miembros de PDI y PAS, y
        • Colectiva: destinada a grupos y proyectos de investigación, grupos de trabajo, unidades departamentales, institutos, facultades, así como otras unidades propias de la Universidad de Granada con independencia del colectivo al que se vinculen (PDI, PAS y estudiantes).

        Se dará el reconocimiento con certificado, una invitación a conferencia, así como una entrevista y promoción en medios sociales. 

        Presentación de candidaturas

        El plazo de presentación de candidaturas estará abierto hasta el 13 de diciembre de 2024.

        Éstas se llevarán a cabo por parte de los investigadores e investigadoras interesados/as (autopostulación) completando el modelo incluido en la aplicación informática del Vicerrectorado. 

        Criterios de valoración

        • Presencia en Internet e identidad digital en diversas redes, tanto específicas, con fines académicos, como generalistas, prestando especial valor al alcance entre el público general de las acciones comunicativas.
        • Nivel de innovación de las acciones comunicativas:
          • Comunicación de resultados de investigación, procesos, ideas o temas docentes, entre otros.
          • Empleo de elementos transmediales en su comunicación.
          • Impacto alcanzado total y en el último ejercicio y valoración de métricas en distintas redes (Facebook -perfiles o páginas públicas-, Twitter, otras; Redes académicas; Páginas webs propias o ajenas). 

        Resolución

        • La evaluación de los candidatos o candidatas se realizará al finalizar el mes de enero de 2025.
        • Los premios serán otorgados por un Jurado presidido por el Vicerrector de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, del que formarán parte, el director de Medialab UGR y los responsables de sus líneas estratégicas, 2 vocales designados por la Rectora a propuesta de la Comisión de investigación, el Director de Centros e Institutos de Investigación, el Director de Secretariado de Política Científica, y la Directora del Plan Propio, que actuará como Secretaria.
        • La resolución se adoptará, y se hará pública, una vez reunido el Jurado. La comisión evaluadora se reserva el derecho a declarar el premio desierto. El fallo del Jurado será inapelable.

        Objetivo

        Incentivar y apoyar la realización de actividades de formación, especialización y perfeccionamiento docente e investigador del profesorado de la Universidad de Granada, facilitándoles el ejercicio del derecho reconocido en los Estatutos de la Universidad de Granada.

        Condiciones

        • Las ayudas se concederán para estancias de duración mínima de tres meses y máxima de seis meses.
        • Las estancias deberán programarse en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2024 y el 30 de septiembre de 2025.
        • Las personas beneficiarias percibirán durante el periodo sabático su sueldo íntegro, respetando los complementos a que tendrían derecho de permanecer con docencia activa y dedicación a tiempo completo.
        • La ayuda para gastos de alojamiento y manutención dependerá del destino: Europa y Norte de África un máximo de 900 € al mes; resto de países un máximo de 1.200 € al mes.
        • Esta ayuda estará condicionada por las que la persona beneficiaria pueda obtener de otras fuentes de financiación.
        • La persona beneficiaria debe acudir, si el sabático se desarrolla en el extranjero, antes y durante el período de disfrute del mismo, a los programas de ayudas para estancias de movilidad de Profesores y Profesoras y Personal Investigador en Centros Extranjeros (José Castillejo, Salvador Madariaga, Recualificación, etc.) a los que la persona beneficiaria esté en condiciones de acudir. La cuantía de ayuda del Plan Propio queda condicionada a dicha financiación externa, incluida la devolución íntegra o parte de la ayuda concedida si se obtiene financiación a través de las mismas.
        • El abono de estas dotaciones se hará efectivo al inicio del periodo sabático.
        • Este programa no contempla la contratación extraordinaria de profesorado para sustitución de la persona beneficiaria.

        Requisitos de las personas solicitantes

        Podrá solicitar estas ayudas el profesorado permanente doctor de la Universidad de Granada que reúna los siguientes requisitos:

        • Tener concedido el permiso correspondiente por la Universidad de Granada.
        • Tener reconocidos, a 30 de noviembre de 2023, al menos tres tramos nacionales de investigación. El último debe estar en vigor; esta condición no será aplicable en aquellos casos en que a dicha fecha hayan finalizado el desempeño de cargo académico de gestión de un ciclo de cuatro años o más tiempo.
        • Quedan excluidos de este programa, los solicitantes que desde el 1 de enero de 2020 hayan realizado estancias, por un período acumulado superior a 4 meses. Se contabilizarán a tales efectos todas las estancias por un período igual o superior a un mes.

        Formalización de solicitudes

        La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

        • Hoja de servicios donde se haga constar los puntos del apartado Requisitos.
        • CVA de la persona solicitante.
        • Plan de actividades previsto y breve memoria explicativa del interés de tales actividades. Dicho plan deberá contemplar una estancia continuada o varias consecutivas en Universidades o Centros de investigación fuera del ámbito geográfico de la Universidad de Granada, por el periodo completo para el que se solicita la ayuda.
        • Invitación oficial de las Universidades o Centros de acogida. Dicha invitación deberá explicitar la viabilidad de las actividades previstas y el periodo de estancia.
        • Informe favorable del Consejo de Departamento al que esté adscrita la persona solicitante, en el que se harán constar las previsiones para atender el encargo docente de la persona solicitante durante su ausencia.
        • Autorización de desplazamiento concedida por los órganos de gobierno competentes.
        • Solicitud de ayudas para estancias de movilidad de Profesores y Profesoras y Personal Investigador en Centros Extranjeros superiores a cuatro meses del MINECO; así como solicitudes de ayuda en todos aquellos programas (José Castillejo, Salvador Madariaga, etc.) a los que la persona beneficiaria esté en condiciones de acudir (puesto que la cuantía de ayuda del Plan Propio queda condicionada a dicha financiación externa).

        El plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el 1 de septiembre de 2024 con resolución en septiembre de 2024.

        Criterios de valoración y procedimiento de concesión

        • Se tendrán en cuenta, como principales criterios de selección, los siguientes:
          • Méritos de investigación de la persona solicitante.
          • Interés de las actividades previstas durante el periodo sabático, por su repercusión en la actividad docente e investigadora de la Universidad de Granada, junto con la calidad del Centro de Investigación de destino.
          • Antigüedad de la persona solicitante como profesor o profesora de la Universidad de Granada.
        • Se evaluará el lugar de destino para la asignación económica de la ayuda.
        • No se concederá más de una ayuda por Departamento y año.
        • El disfrute de las ayudas estará supeditado a la concesión de la oportuna licencia por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada.

        Obligaciones de las personas beneficiarias

        • Realizar las estancias sabáticas en las fechas y centros para los que se concede la ayuda, siendo necesaria para cualquier cambio la autorización previa del Vicerrector de Investigación y Transferencia.
        • Finalizado el periodo sabático, la persona beneficiaria estará obligada a enviar un informe al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, donde se justifique la labor realizada y los resultados obtenidos, así como a presentar una certificación acreditativa de la realización de la estancia y los justificantes económicos. Dicho informe se publicará en el Repositorio de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Granada.
        • Mencionar al Plan Propio de Investigación del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, como cofinanciador en todas publicaciones y actividades que realice.

        Objetivo

        Apoyar económicamente la reparación de equipos y material científico de los Departamentos, Institutos y Centros de investigación de la Universidad de Granada.

        Condiciones

        • El importe de la ayuda será, como máximo, del 50% del coste total de la reparación sin IVA. Se tendrá en cuenta para la concesión de la cantidad cofinanciada, la disponibilidad presupuestaria a tal efecto del centro de gasto que cofinancia.
        • Se atenderán las necesidades de planificación universitaria, procurando una adecuada distribución de las ayudas por Institutos, Departamentos o Centros de Investigación.
        • En el contexto de este programa no se financiarán contratos de mantenimiento de equipos.

        Requisitos de las personas solicitantes

        Podrán solicitar estas ayudas: La dirección de Departamentos o Institutos, el Decanato o dirección de centros de la Universidad de Granada con la aprobación del órgano colegiado correspondiente, o bien los investigadores o investigadoras directamente interesados, siempre que cuenten con el visto bueno de su Departamento. 

        Formalización de solicitudes

        La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

        • Memoria explicativa en la que se justifique la necesidad de efectuar la reparación para la que se solicita la ayuda, detallando la cantidad solicitada a cofinanciar por el Plan Propio, así como las fuentes de financiación que tengan disponibles los usuarios del instrumental a reparar, p.ej. proyectos de investigación relacionados directamente con éste.
        • Ficha de inventario correspondiente al objeto.
        • Visto bueno del órgano correspondiente, si fuese necesario.
        • Presupuesto o factura proforma de la reparación a efectuar y la ficha de inventario del equipo correspondiente.

        La admisión de solicitudes estará abierta desde el 1 de marzo de 2024 hasta el 20 de diciembre de 2024. Se publicarán resoluciones durante todo el periodo de solicitud.

        Obligaciones de las personas beneficiarias

        • Llevar a cabo la reparación para la que han obtenido la ayuda, de acuerdo con el presupuesto presentado.
        • Remitir al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, en el plazo de un mes después de concedida la ayuda y realizada la actividad, copia de los correspondientes justificantes económicos.

        Objetivo

        Ayudar a los profesores y profesoras y personal investigador de la Universidad de Granada en los gastos derivados del uso de grandes equipos y técnicas del Centro de Instrumentación Científica (CIC) en aquellos casos en que no dispongan de disponibilidad presupuestaria en sus proyectos de investigación.

        Condiciones

        • En el caso de participar como investigador en proyectos de investigación, las ayudas cubrirán un porcentaje de la reducción que se efectuase entre la cantidad solicitada en el proyecto y la cantidad concedida.
        • En cualquier caso, las ayudas deberán ser cofinanciadas como mínimo al 50% por algún Departamento, Instituto, Grupo o Proyecto de investigación de la Universidad de Granada.
        • No se concederá más de una ayuda a un mismo grupo de investigación en la presente convocatoria.

        Requisitos de los solicitantes

        Podrán solicitar estas ayudas los profesores y profesoras o los grupos de investigación de la Universidad de Granada.

        Formalización de solicitudes

        La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

        • Memoria en la que se justifique la necesidad de utilización del CIC para el buen desarrollo de las actividades investigadoras.
        • Listado de proyectos no gestionados por la UGR en los que participa el investigador o investigadora (Ministerio, Junta, Carlos III o internacionales), detallando la convocatoria, el presupuesto solicitado, cantidad concedida y el presupuesto disponible a fecha de hacer la solicitud en este programa.
        • Presupuesto autorizado por el CIC de los gastos a realizar.

        El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 8 de noviembre de 2024. Se publicarán resoluciones durante todo el periodo de solicitud.

        Selección de solicitudes

        • Se atenderá sólo a aquellas solicitudes en las que se justifique adecuadamente la necesidad de utilización de los equipos y la dificultad de cubrir la totalidad del gasto con fondos propios.
        • Se tendrá en cuenta el informe autorizado por el CIC de los gastos realizados por la persona solicitante en el año 2024 usando dichos equipos y técnicas del CIC. 

        Obligaciones de las personas beneficiarias

        • Destinar el importe de la ayuda a la finalidad para la que se ha solicitado.
        • Incluir la mención al plan propio en los resultados de investigación que eventualmente se produzcan.
        • Remitir al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, en el plazo de un mes después de concedida la ayuda y realizada la actividad, copia de los correspondientes justificantes económicos.ida la ayuda y realizada la actividad, copia de los correspondientes justificantes económicos.

        Objetivo

        Apoyar actuaciones científicas que, con carácter excepcional o de forma imprevista, surjan a lo largo de la aplicación de la edición actual del Plan Propio, siempre que tales actuaciones no estén contempladas en los restantes programas. En particular, este programa prestará apoyo a los convenios bilaterales de colaboración entre la Universidad de Granada y otras instituciones cofinanciando las actividades de investigación necesarias para su mejor desarrollo.

        No se considerarán aquellas propuestas cuyo investigador responsable haya obtenido financiación en convocatorias anteriores de este programa (durante un período de 3 anualidades), ni aquellas que se destinen a mejoras en la acción docente.

        Formalización de solicitudes

        La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

        • Memoria de la actividad que se pretende realizar, indicando el interés y la viabilidad de la propuesta, así como las necesidades económicas que implica su desarrollo mediante presentación de un presupuesto debidamente justificado, detallando la cantidad solicitada al Plan Propio

        El plazo de solicitud permanecerá abierto desde la aprobación y publicación del Plan Propio de Investigación y Transferencia hasta el 20 de diciembre de 2024.  Se publicarán resoluciones durante todo el periodo de solicitud.

        Concesión de las ayudas

        • Tendrán prioridad las actividades acogidas a convenios de colaboración institucional suscritos por la Universidad de Granada y aquellas otras entidades que puedan contribuir al establecimiento y desarrollo de tales convenios. Asimismo, se entenderá como prioritaria la cofinanciación de ayudas de reintegración de la Unión Europea.
        • La Comisión de Investigación decidirá sobre la concesión de las ayudas, la cuantía y la naturaleza de las mismas, atendiendo al interés científico e institucional de las actividades propuestas, a las disponibilidades presupuestarias de este programa y a su interés estratégico para la investigación en la Universidad de Granada.
        • No se financiarán aquellas solicitudes cuya finalidad sea la realización de traducciones.
        • No se financiarán aquellas solicitudes cuyo objeto estén contempladas en otros programas del Plan Propio de Investigación y Transferencia.

        Objetivo

        Apoyar el desarrollo de proyectos de investigación de la Universidad de Granada anticipando, siempre que sea necesario, los recursos económicos imprescindibles para la realización de las actividades previstas en el proyecto.

        Requisitos de las personas solicitantes

        Podrán solicitar estos anticipos los investigadores o investigadoras principales de proyectos, contratos o convenios de investigación de la Universidad de Granada.

        La persona responsable del centro de gastos del Departamento o bien del Grupo de Investigación al que pertenezca el investigador o investigadora principal del proyecto deberá hacerse responsable subsidiario de la devolución si no se pudiera hacer desde el centro de gastos del proyecto para el que se solicitó el anticipo.

        Formalización de solicitudes

        La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

        • Memoria económica del gasto previsto.
        • Finalidad a la que se destina el anticipo.
        • Justificación de su necesidad.
        • Documento de previsión de la devolución (firmado por el responsable subsidiario).

        Se abrirán dos plazos de presentación: El primer plazo permanecerá abierto hasta el 5 de abril de 2024, con resolución en junio de 2024. El segundo plazo permanecerá abierto hasta el 27 de septiembre de 2024, con resolución en noviembre de 2024.

        Criterios de valoración

        Cuando, por razones de liquidez, sea necesario establecer prioridades, tendrán preferencia los anticipos para la contratación de personal y aquellos cuyo plazo de devolución sea más corto. 

        Obligaciones de las personas beneficiarias

        • Destinar el importe del anticipo a la finalidad para la que se ha solicitado.
        • Comunicar al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, tan pronto como sea posible, la disponibilidad de los fondos necesarios para la devolución.
        • En el plazo máximo de un año desde su concesión, la persona solicitante deberá tramitar la devolución del importe total del anticipo, bien desde el centro de gastos del proyecto, o bien desde el centro de gastos que se estableció como responsable subsidiario.

        Objetivo

        Apoyar a los equipos de la Universidad de Granada que intentan poner en marcha nuevas líneas de investigación y equipos que deseen un cambio a una línea de investigación más innovadora y que no han podido concurrir aún a convocatorias internacionales, al Plan Nacional o al Plan Andaluz para obtener financiación. El Plan Propio pretende ayudar a iniciar la investigación prevista en dichos proyectos con el objetivo de acudir a las próximas convocatorias internacionales, nacionales y autonómicas con posibilidades de éxito.

        20.a. Proyectos para jóvenes doctores y doctoras

        Preguntas frecuentes sobre la convocatoria

          • 1. En relación al primero de los requisitos de los participantes “Una vez obtenido el título de doctor, no pueden haber transcurrido más de 5 años.”, ¿cómo se calcula este período?

            • Para este cálculo se cuenta desde el día de lectura de la tesis doctoral hasta la fecha de cierre de recepción de solicitudes (21 de junio de 2024).

          • 2. ¿Podría uno de los IPs tener un contrato de sustitución?

            • No, los contratos de sustitución no pueden llevar a cabo tareas de investigación, por lo que quienes cuenten con un contrato de este tipo no pueden solicitar este programa.

          • 3. ¿Los equipos de investigación deben estar codirigidos por personas que no lleven más de 5 años doctoradas?

            • Sí, la limitación de los 5 años desde la obtención del título de doctor se aplica tanto al IP y co-IP del equipo.

          • 4. ¿Se incluyen IP y co-IP en el máximo de 5 investigadores que forman parte del equipo de investigación?

            • Sí, el equipo de investigación estará formado por un máximo de 5 investigadores, incluyendo IP y co-IP, y todos ellos deben tener vinculación durante el disfrute de la ayuda.

          • 5. Los participantes que no sean IP ni co-IP, ¿tienen que estar doctorados y cumplir el requisito de limitación de los 5 años desde la obtención del título de doctor?

            • No, el resto de participantes del equipo no tienen que cumplir estos dos requisitos.

          • 6. Me doctoré en 2019, pero mi vinculación con la UGR es inferior a 5 años. ¿Puedo solicitar el programa?

            • En este caso, el cálculo a tener en cuenta es si han pasado más de 5 años desde la lectura de la tesis hasta el cierre de recepción de solicitudes (21 de junio de 2024).

              Si no han pasado más de 5 años, podría solicitar el programa.

          Formalización de solicitudes

          La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. Detalle de la documentación a adjuntar en el formulario de solicitud online:

          • Memoria del proyecto propuesto, limitada obligatoriamente a un máximo de 6 páginas y haciendo uso de la plantilla facilitada. Se deberán especificar claramente los participantes (IP y co-IP), los objetivos, la metodología, y la planificación de actividades y tareas.
          • CVA de las personas solicitantes (IP y co-IP), incluyendo código Research-ID (WoS), ORCID, Google Scholar y Scopus Author ID.
          • Presupuesto del proyecto, que no podrá ser superior a 3.000 €, justificando cada partida. Se hará una propuesta de actividades previstas para la iniciación del proyecto, dentro de este límite presupuestario.

          Condiciones del programa

          • El libramiento económico se realizará en un solo pago a la concesión del proyecto.
          • El periodo de realización del proyecto será del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
          • El importe de la ayuda será de un máximo de 3.000 €.
          • Estas ayudas se conceden por un solo año improrrogable.
          • El número de proyectos concedidos anualmente dependerá de la disponibilidad presupuestaria y se hará público en la página web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia a la fecha de apertura de la convocatoria, pudiéndose limitar a un máximo de tres proyectos por cada una de las cinco áreas temáticas (Arte y Humanidades; Ciencias de la Salud; Ciencias Experimentales; Ciencias Sociales y Jurídicas; Técnicas).
          • Sólo se financiarán líneas novedosas propuestas por grupos emergentes liderados por investigadores o investigadoras jóvenes (tras la fecha de obtención del doctorado no pueden haber tenido más de cinco años).
          • La ayuda concedida se dirige primordialmente a la realización de actividades que mejoren las oportunidades de obtención de financiación en las convocatorias autonómicas, nacionales o europeas. En ese sentido, serán gastos elegibles los relativos a la asistencia a congresos y reuniones científicas, traducciones, estancias cortas, gastos de publicación, material fungible de laboratorio.
          • No serán gastos elegibles los gastos de restauración y atenciones de carácter protocolario. No serán gastos elegibles las retribuciones o gastos de contratación de personal, ni material inventariable (salvo autorización del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia), ni fungible de oficina (tóner y similares), u otros gastos que no obedezcan al objetivo del programa.
          • En este programa, y en colaboración con el Vicerrectorado de Igualdad, Inclusión y Sostenibilidad, se financiarán propuestas relativas a los temas de responsabilidad social, igualdad e inclusión.

          Requisitos de las personas solicitantes

          • Una vez obtenido el título de doctor, no pueden haber transcurrido más de 5 años.
          • No se considerarán aquellas propuestas cuyo investigador o investigadora principal haya obtenido anteriormente financiación en los programas de proyectos de investigación del Plan Propio de Investigación y Transferencia (programas 1, 2, 20 y 21; durante un período de 5 anualidades), ni de otras convocatorias nacionales o autonómicas.
          • Ser Personal Docente e Investigador de la UGR con el grado de Doctor, y disfrutar de un tipo de contrato que asegure la posibilidad de llevar a cabo el plan de actividades propuesto en el cronograma.
          • Tanto solicitantes como participantes en el equipo de investigación, máximo de 5 investigadores, deben tener vinculación con la UGR durante el periodo de disfrute de la ayuda concedida y hasta la fecha de cierre del mismo.
          • El proyecto deberá contar, obligatoriamente, con IP y co-IP, y en ambos casos deben cumplir todos los requisitos anteriores.
          • Solo podrán optar a financiación aquellas solicitudes cuya puntuación total sea superior a la media de las puntuaciones en su área temática de evaluación en la presente convocatoria. 

          Criterios de valoración

          • Se atenderán prioritariamente aquellas solicitudes codirigidas. Además, la Comisión de Investigación tendrá en cuenta, como principales criterios de selección, el contenido de la memoria presentada, la viabilidad de las actividades propuestas y la futura competitividad del proyecto que pueda conseguirse a través de la posible ayuda del Plan Propio.
          • Méritos del CVA de las personas solicitantes (IP y co-IP).

          Obligaciones de las personas beneficiarias

          • Desarrollar el plan de trabajo previsto.
          • Remitir al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia un informe final del proyecto que incluya las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y el balance económico. Dicho informe se publicará en el Repositorio de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Granada.
          • La comisión de investigación podrá requerir al solicitante exponga y presente ante la misma el proyecto presentado.

            20.b. Proyectos para estudiantes de doctorado

            En esta sublínea se financiarán proyectos de investigación multidisciplinares para estudiantes de doctorado que estén en su segundo año de permanencia en doctorado. En función de la disponibilidad económica, se podrá limitar la financiación a un máximo de 5 proyectos por Escuela de Doctorado.

            Preguntas frecuentes sobre la convocatoria

              • 1. ¿Qué significa que “¿A cierre de la convocatoria, tanto IP como co-IP deberán estar en su segundo año de permanencia en los estudios de doctorado”?

              • Este requisito se refiere al tiempo de permanencia en el programa de y puede variar según se esté a tiempo completo o parcial, o si se ha producido alguna interrupción debido, por ejemplo, a una baja por enfermedad o un permiso por nacimiento.

                En el siguiente enlace se ofrece más información al respecto:

                https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/estudiantes/permanencia

              Formalización de solicitudes

              La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

              Detalle de la documentación a adjuntar en el formulario de solicitud online:

              • Memoria del proyecto propuesto, limitada a un máximo de 6 páginas incluyendo la bibliografía y haciendo uso de la plantilla facilitada (será obligatorio rellenar cada elemento/sección de la plantilla facilitada, respetando tamaños de letra, márgenes, etc, no superando en ningún caso ese límite de páginas indicado). Se deberán especificar claramente los participantes y sus funciones para el desarrollo del proyecto, los objetivos, la metodología, la planificación de actividades y tareas, los beneficios e impactos sobre las tesis doctorales de los IP y co-IP solicitantes, los resultados esperados, y el presupuesto del proyecto, que no podrá ser superior a 3.000 € justificando cada partida.
              • CVA del IP y del co-IP, limitados a un máximo de 4 páginas y haciendo uso de la plantilla facilitada, incluyendo obligatoriamente los siguientes datos (consignados en el lugar correspondiente de la plantilla):
                • Códigos Research-ID (WoS), ORCID, Google Scholar y Scopus Author ID.
                • Publicaciones Scopus/WoS, con los correspondientes índices de impacto de las revistas.
                • Notas medias sobre 10 puntos de los expedientes de Grado y Máster.
                • Becas/contratos competitivos y homologados (p.ej. FPU/FPI) registrados en el Portal de Seguimiento Académico del Doctorando.
                • Meses disfrutados en estancias en centros extranjeros que estén aprobados por el tutor del doctorando o doctoranda en el DAD del Portal de Seguimiento Académico de Doctorandos (no se computarán estancias no certificadas y aprobadas en el DAD).

              El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 21 de junio de 2024 y se resolverá en el mes de diciembre de 2024.

              Condiciones del programa

              • El libramiento económico se realizará en un solo pago a la concesión del proyecto en un centro de gastos del que será responsable el tutor académico del estudiante de doctorado.
              • El periodo de realización del proyecto será del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2025.
              • El importe de la ayuda será de un máximo de 2.000 €.
              • Estas ayudas se conceden por un solo año improrrogable.
              • El tiempo de desarrollo del proyecto debe estar cubierto por el tiempo restante para la realización de la tesis del IP y del co-IP.
              • Serán gastos elegibles los relativos a la asistencia a congresos y reuniones científicas, traducciones, estancias cortas, gastos de publicación, material fungible de laboratorio.
              • No serán gastos elegibles los gastos de restauración y atenciones de carácter protocolario. No serán gastos elegibles las retribuciones o gastos de contratación de personal, ni material inventariable (salvo autorización del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia), ni fungible de oficina (tóner y similares), u otros gastos que no obedezcan al objetivo del programa. 

              Requisitos de los solicitantes

              • El proyecto deberá contar, obligatoriamente, con IP y co-IP, ambos matriculados en diferentes programas de doctorado de la Universidad de Granada. El no cumplimiento de este requisito será motivo para la exclusión de la solicitud.
              • Un investigador o investigadora sólo podrá figurar como participante en una solicitud.
              • A cierre de la convocatoria, tanto IP como el co-IP deberán estar en su segundo año de permanencia en los estudios de doctorado, siendo cualquier otra situación motivo de exclusión de la solicitud. En el caso de estudiantes matriculados a tiempo parcial, el tiempo de permanencia equivalente se computará siguiendo la normativa de las Escuelas de Doctorado  (https://escuelaposgrado.ugr.es/doctorado/estudiantes/permanencia).
              • Solo podrán optar a financiación aquellas solicitudes cuya puntuación total sea superior a la media de las puntuaciones de todas las solicitudes evaluadas en esa Escuela de Doctorado en la presente convocatoria. 

              Criterios de valoración

              Se atenderán prioritariamente aquellas solicitudes codirigidas por estudiantes de programas de Escuelas de Doctorado diferentes, fomentando así la multidisciplinariedad.

              Además, la Comisión de Investigación tendrá en cuenta como principales criterios de selección los siguientes:

              • Contenido de la memoria presentada: carácter multidisciplinar de la propuesta, objetivos, metodología, planificación de tareas, viabilidad de las actividades propuestas y adecuación de tareas al plantel de investigadores o investigadoras participantes, plan de difusión, presupuesto.
              • Méritos (CVA) de IP y co-IP solicitantes, particularmente: Calificaciones de grado y máster, movilidad internacional, contribuciones científicas, becas y contratos competitivos.

              La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

              Obligaciones de las personas beneficiarias

              • Desarrollar el plan de trabajo previsto.
              • Remitir al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia un informe final del proyecto que incluya las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y el balance económico. Dicho informe se publicará en el Repositorio de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Granada.
              • La comisión de investigación podrá requerir al solicitante exponga y presente ante la misma el proyecto presentado.

              Objetivo

              El objetivo de este programa es ayudar al personal investigador de la Universidad de Granada a estimular su investigación. Se trata de una ayuda transversal para la comunidad científica de la Universidad de Granada en la que se plantearán acciones encaminadas a poner en marcha líneas de investigación por equipos que en los últimos años no han participado en proyectos de investigación en convocatorias competitivas. 

              El Plan Propio pretende ayudar a iniciar la investigación por parte de dichos grupos con el objetivo de acudir a próximas convocatorias internacionales, nacionales o autonómicas con posibilidades de éxito. De entre los proyectos propuestos para financiación, se reservarán dos para los Campus de Ceuta y Melilla, según disponibilidad presupuestaria (en este caso, IP y co-IP deberán estar adscritos a estos campus).

              Condiciones

              • El importe de la ayuda será de un máximo de 10.000 €, a repartir en dos anualidades.
              • El libramiento económico se realizará en dos ingresos de 5.000 €, uno por año de la duración del proyecto.
              • La ayuda concedida se dirige primordialmente a la realización de actividades que mejoren las oportunidades de obtención de financiación en las convocatorias autonómicas, nacionales o europeas. En este sentido, serán gastos elegibles los relativos a la asistencia a congresos y reuniones científicas, estancias cortas, gastos de publicación, material fungible de laboratorio.
              • No serán gastos elegibles los gastos de restauración y atenciones de carácter protocolario. No serán gastos elegibles las retribuciones o gastos de contratación de personal, ni material inventariable o traducciones (salvo autorización del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia), ni fungible de oficina (tóner y similares), u otros gastos que no obedezcan al objetivo del programa.
              • Compromiso de participación durante el segundo año en una convocatoria de proyectos competitivos (nacional, autonómica o europea).
              • No se considerarán aquellas propuestas cuyo IP haya obtenido anteriormente financiación en los programas de proyectos de investigación del Plan Propio de Investigación y Transferencia (programas 1, 20 y 21; durante un período de 5 anualidades). 

              Requisitos de los solicitantes

              • La línea de investigación a desarrollar en el proyecto propuesto debe ser diferente a aquellas desarrolladas en otros proyectos de investigación en los que hayan participado previamente los miembros del equipo.
              • El proyecto deberá contar, obligatoriamente, con IP y co-IP, y en ambos casos deben cumplir todos los requisitos.
              • Las personas solicitantes (IP y co-IP) del proyecto deberán ser PDI de la Universidad de Granada (personal ayudante doctor, personal contratado doctor, personal colaborador doctor, PDI funcionario) y no deberán haber sido IP de otro proyecto de investigación en los últimos 5 años.
              • El equipo de investigación estará formado por un mínimo de 5 profesores o profesoras de la Universidad de Granada (personal ayudante doctor, personal contratado doctor, personal colaborador doctor, PDI funcionario).

              Formalización de solicitudes

              La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

              • CVA de las personas solicitantes (IP y co-IP) así como del resto de participantes, incluyendo código Research-ID (WoS), ORCID, Google Scholar y Scopus Author ID. Se deberá indicar la participación en proyectos de investigación y los resultados de los mismos.
              • Memoria del proyecto propuesto, limitada a un máximo de 6 páginas y haciendo uso de la plantilla facilitada. Se deberán especificar claramente la relación de participantes (indicando IP y co-IP), los objetivos, la metodología, y la planificación de actividades y tareas.
              • Presupuesto del proyecto, que no podrá ser superior a 10.000 €, justificando cada partida. Se hará una propuesta de actividades previstas para el desarrollo del proyecto, dentro de este límite presupuestario.
              • Copia escaneada de la hoja de servicios actualizada de todos los participantes.
              • Documento de compromiso por parte de las personas solicitantes de concurrir a la siguiente convocatoria autonómica, nacional o internacional con mayor dotación económica. 

              El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 6 de septiembre de 2024 y se resolverá en el mes de octubre de 2024.

              Criterios de valoración

              La Comisión de Investigación tendrá en cuenta como principales criterios de selección los siguientes:

              • Contenido de la memoria presentada: objetivos, metodología, planificación de tareas, asignación de tareas al personal investigador participante y presupuesto.
              • Viabilidad de las actividades propuestas.
              • Futura competitividad del proyecto que pueda conseguirse a través de la posible ayuda.
              • Méritos del CVA de las personas solicitantes (IP y co-IP) y del resto de participantes: publicaciones científicas y calidad de las mismas, estancias en centros internacionales, número de sexenios, entre otros méritos consignados. 

              La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

              Obligaciones de las personas beneficiarias

              • Desarrollar el plan de trabajo previsto.
              • Remitir al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia un informe final del proyecto que incluya las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y el balance económico. Dicho informe se publicará en el Repositorio de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Granada.
              • Presentar el proyecto a las próximas convocatorias nacionales, internacionales o autonómicas.
              • La comisión de investigación podrá requerir al solicitante exponga y presente ante la misma el proyecto presentado.

              Objetivo

              Apoyar y fomentar la visibilidad y capacidad investigadora de los grupos de investigación de la UGR favoreciendo, mediante la financiación de una visita de larga duración o varias visitas más breves, la colaboración con profesores y profesoras y ​​personal investigador de muy alto nivel, destacados por una producción científica de excelencia provenientes de otras universidades o centros de investigación. El objetivo final será definir y desarrollar un plan de colaboración específico y centrado en la investigación de calidad en colaboración con investigadores e investigadoras de referencia en las distintas áreas. 

              Condiciones

              • Las ayudas tendrán una duración de dos años en los que se desarrollará un proyecto de investigación con la finalidad de publicar los resultados en revistas indexadas en el Journal Citation Report. Además, se podrán incluir actividades tales como la codirección de tesis doctorales, impartir conferencias o seminarios en los Máster oficiales, etc.
              • Las ayudas cubrirán los gastos de viajes y estancias de la persona invitada.
              • Previa autorización del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, la ayuda o parte de ella se podrá destinar para desarrollar una figura contractual como investigador distinguido con el investigador o investigadora invitada durante el periodo de la ayuda, o a su abono mediante retribuciones a personal externo por las colaboraciones realizadas.
              • No se podrá contratar otro personal con cargo a este programa.
              • También se podrán cubrir, previa autorización, con un máximo del 20% del total de la ayuda, otros gastos generados para el desarrollo del proyecto, incluyendo posibles visitas del investigador o investigadora solicitante u otro miembro su equipo al centro de origen del investigador o investigadora invitado, así como visitas a la UGR de colaboradores de la persona invitada. No serán elegibles otro tipo de gastos.
              • La cuantía máxima de la ayuda será de 20.000 €. La cuantía asignada a cada proyecto dependerá del presupuesto presentado que se basará fundamentalmente en los gastos de viajes y estancias de la persona invitada, tal como se ha especificado en los puntos anteriores. Para el cálculo de los gastos de estancia se tendrán en cuenta los límites legales para el pago de alojamiento y manutención.
              • En el supuesto de que durante la vigencia de la ayuda se produzca la contratación de la persona invitada por la Universidad de Granada, la parte de ayuda no ejecutada podrá destinarse a gastos de traslado e instalación y a aquellos gastos necesarios para el inicio de su proyecto de investigación.

              Requisitos de las solicitudes

              • La persona solicitante será un investigador o investigadora de la Universidad de Granada a tiempo completo.
              • La solicitud identificará un investigador o investigadora de muy alto nivel, con un mínimo de 10 años de antigüedad como doctor, cuyas líneas de investigación sean de referencia en su área. Como referencia, el investigador o investigadora invitada deberá tener un promedio en el número de citas a sus trabajos de los últimos 10 años que se sitúe por debajo del percentil 40% (de acuerdo con INCITES/Scival) en su campo de investigación, o haber obtenido un proyecto ERC en los últimos 10 años, debe de haber recibido premios de reconocido prestigio a nivel nacional o internacional, o ser investigador altamente citado.
              • Como parte de la solicitud se preparará una memoria consensuada con el investigador o investigadora invitada siguiendo las directrices que se especifican en el apartado de formalización de solicitudes.
              • Aquellos grupos de investigación y/o Unidades de Excelencia de la UGR que tengan una ayuda activa en este programa no podrán ser solicitantes hasta la finalización de la ayuda en vigor.

              Formalización de solicitudes

              Las solicitudes serán presentadas por los Vicerrectorados, la dirección de Departamentos o Institutos, investigadores e investigadoras responsables de los Grupos, o investigadores e investigadoras principales de proyectos.

              La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

              • CV abreviado (CVA) de la persona visitante, en el que se destacarán especialmente los méritos que se ajustan al programa (ver la sección de requisitos).
              • Número del DNI o pasaporte del investigador o investigadora invitada.
              • Memoria del proyecto de colaboración específico, centrado en la investigación de calidad. Para la confección de dicha memoria se hará uso de la plantilla facilitada, y deberá detallarse claramente:
                • Plan de trabajo y resultados esperados de la realización de la colaboración.
                • Número y duración de las visitas del investigador o investigadora invitada a la Universidad de Granada, así como las fechas aproximadas.
                • Presupuesto detallado del proyecto de colaboración en el que se incluirán todos los gastos necesarios para la realización del proyecto.

              El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 20 de septiembre de 2024, con resolución en los meses de julio y octubre de 2024.

              Criterios de valoración

              Con carácter general se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:

              • Méritos académicos y científicos del investigador o investigadora invitada.
              • Viabilidad de la labor a realizar e interés del plan de trabajo.
              • Se priorizarán aquellas solicitudes en las que el investigador o investigadora responsable sea miembro de una Unidad de Excelencia reconocida por la Universidad de Granada. 

              La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

              Prórrogas y renovaciones

              Las personas beneficiarias del programa podrán solicitar, como mínimo un mes antes de la finalización de la ayuda, una prórroga temporal por un periodo anual, hasta un máximo de dos años, mediante escrito justificado, a través de Registro Electrónico, dirigido al Sr. Vicerrector de Investigación y Transferencia. La concesión de la prórroga no dará derecho a nueva ayuda económica, pero sí al mantenimiento por ese periodo de la financiación concedida inicialmente y no gastada en el momento de la petición. La persona investigadora visitante seguirá cumpliendo con las obligaciones derivadas del programa Visiting Scholars. 

              Las personas beneficiarias del programa podrán solicitar una renovación de la ayuda concedida, por un nuevo periodo de dos años. La petición deberá hacerse, como mínimo, un mes antes de la finalización de la ayuda mediante escrito justificativo, a través de Registro Electrónico, dirigido al Sr. Vicerrector de Investigación y Transferencia. La concesión de la renovación se hará en los mismos términos que la inicial. Se valorará el cumplimiento de las obligaciones realizadas como personas beneficiarias del programa durante el tiempo de disfrute y, en especial, el número de publicaciones de alta calidad (altamente citadas, o en las revistas Nature o Science) en las que el investigador o investigadora aparece con afiliación “Universidad de Granada”, así como figurar en la lista de autores altamente citados de Clarivate Analytics.

              Obligaciones de las personas beneficiarias

              • Desarrollar el plan de trabajo propuesto a lo largo de los dos años de proyecto.
              • La persona visitante deberá añadir a la Universidad de Granada como afiliación en las publicaciones resultantes del proyecto de colaboración.
              • Mencionar al Plan Propio de la Universidad de Granada en los agradecimientos de las publicaciones resultantes del proyecto de colaboración.

              Una vez finalizadas las actividades, presentar en el plazo de un mes los justificantes económicos de los gastos realizados y una breve memoria del trabajo realizado y los resultados obtenidos. Esta memoria se publicará en el Repositorio de la Biblioteca de la Universidad de Granada, DIGIBUG.

              Objetivo

              El objetivo es impulsar la calidad de la investigación de excelencia de la Universidad de Granada mediante la identificación y la creación de unidades científicas que destaquen por su relevancia e impacto a nivel internacional. 

              Se pretende fortalecer las capacidades científicas, potenciando el liderazgo en la investigación a fin de generar resultados de alto impacto potencial, mediante la identificación y la formación de unidades de investigación cuyo liderazgo científico esté contrastado a nivel internacional. 

              Esta línea de acción de excelencia financia los planes estratégicos o los programas estratégicos de investigación propuestos, destinados a consolidar sus capacidades científicas, a contribuir al liderazgo de la investigación y a actuar como polos de atracción de talento a nivel internacional. 

              Se proporcionará una dotación económica anual que podrá ser cofinanciada de acuerdo al nivel de la unidad. La cuantía máxima de la ayuda será de 70.000 €. La ayuda tendrá una duración de cuatro años y se obtendrá a través de un proceso de evaluación y selección basado en criterios científicos y de acuerdo con los más exigentes estándares internacionales. Los gastos elegibles de la ayuda concedida serán idénticos a los indicados en la última convocatoria de proyectos del Plan Nacional.

              Criterios

              • Las Unidades serán identificadas desde el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, o a solicitud de los interesados, teniendo en cuenta los criterios establecidos en las convocatorias del Programa de Apoyo a Unidades de Excelencia “María de Maeztu" del Ministerio de Ciencia e Innovación.
              • Las unidades se encuadrarán en cualquiera de las cinco áreas temáticas (Arte y Humanidades, Ciencias de la Salud, Ciencias Experimentales, Ciencias Sociales y Jurídicas y Técnicas), pudiendo conformarse unidades interdisciplinares.
              • Se designará un único director o directora científico/a, responsable del desarrollo y ejecución del programa estratégico de investigación propuesto, y al menos seis investigadores o investigadoras (en todos los casos PDI de la UGR).
              • El plazo de ejecución de los programas de investigación objeto de ayuda será de cuatro años.

              Formalización de solicitudes

              La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

              • Relación de investigadores e investigadoras garantes que formarán la Unidad de Excelencia, especificando nombre, apellidos, DNI, email, código ORCID, código en Research-ID, perfil en Google Scholar y SCOPUS-ID.

              Obligaciones de las personas beneficiarias

              • Desarrollar un programa estratégico de investigación de calidad, que se presentará al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, dentro de la unidad.
              • Anualmente se emitirá un informe del desarrollo de los objetivos estratégicos.
              • La unidad se compromete a presentarse a próximas convocatorias del Programa de Apoyo a Unidades de Excelencia “María de Maeztu" del Ministerio de Ciencia e Innovación.
              • En el caso de incumplir estas obligaciones, se podrá solicitar el reintegro de la ayuda concedida

              Objetivo

              El objetivo de este programa es doble: por un lado, ayudar a los investigadores e investigadoras de la Universidad de Granada a consolidar su investigación, y por otro, ayudar a aquel personal investigador de la Universidad de Granada con alta carga investigadora en el desarrollo de sus actividades y proyectos de investigación. 

              Formalización de solicitudes (común)

              La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

              • Entrar en el Gestor de aplicaciones del Plan Propio - solicitud del programa.
              • Según la modalidad tendrá que adjuntar una documentación.
                • Modalidad A. Adjunte un único documento en PDF que incluya:
                  • Número del DNI o pasaporte.
                  • CV abreviado (CVA) del profesor o profesora.
                • Modalidad B. Adjunte un único documento PDF que incluya:
                  • Número del DNI o pasaporte.
                  • CV abreviado (CVA) del investigador o investigadora.
                  • Publicación en Nature o Science en formato PDF.
                • Modalidad C. Adjunte un único documento PDF (siempre y cuando que esta documentación no conste previamente en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia) que incluya:
                  • Evaluación positiva en el programa I3.
                  • Resolución de concesión de ayudas a la contratación estable.
              • REGISTRO de la SOLICITUD RECIBIDA POR EMAIL (solicitud.pdf) de nuestro formulario a través de la Sede electrónica de la UGR en el procedimiento establecido para ello.

              24.a Ayudas de intensificación de la investigación a investigadores o investigadoras con alta dedicación a la investigación

              Esta ayuda está orientada a facilitar y ayudar al personal investigador de la Universidad de Granada con alta dedicación en tareas de investigación que son estratégicas y de gran interés para la Universidad de Granada. 

              Las ayudas consistirán en un plan de ayuda económica, con un máximo de 20.000 €, con objeto de apoyar alguna de las actividades ligadas a sus tareas o proyectos de investigación.

              Requisitos de los solicitantes

              Podrá solicitar estas ayudas el personal docente e investigador de la Universidad de Granada cuya investigación presenta un alto impacto y excelencia contrastada por la Universidad:

              • coordinadores o coordinadoras de proyectos internacionales que estén desarrollando el proyecto o lo hayan acabado en los dos últimos años,
              • coordinadores o coordinadoras de proyectos con presupuesto igual o superior a 2 millones de €,
              • investigadores o investigadoras altamente citados,
              • investigadores o investigadoras de proyectos ERC que estén disfrutando el contrato o lo hayan acabado en los dos últimos años.

              Criterios

              Con carácter general se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:

              • Méritos de investigación del investigador o investigadora.

              Obligaciones de las personas beneficiarias

              • Intensificar la actividad investigadora de calidad.
              • Anualmente se emitirá un informe del desarrollo de la investigación realizada en el marco de este programa.
              • Mencionar a la Universidad de Granada en todas las publicaciones científicas realizadas.

              24.b Ayudas de intensificación de la investigación a investigadores o investigadoras que hayan publicado en Nature o Science

              El objetivo de esta ayuda económica es reconocer el trabajo de investigación realizado por aquel personal investigador que hayan realizado publicaciones en Nature o Science, siempre que firmen con afiliación “Universidad de Granada”. 

              La cuantía de la ayuda será de un máximo de 6.000 € por publicación en estas revistas, computándose para cada autor UGR en función de su aportación: se calculará considerando el valor de las posiciones (primer autor, segundo autor, corresponding author, orden de la afiliación del autor, etc, siguiendo los criterios del Shanghai Ranking). 

              Requisitos de los solicitantes

              Podrá solicitar estas ayudas el personal docente e investigador de la Universidad de Granada, o de otros organismos siempre que firmen con afiliación “Universidad de Granada”, cuya investigación presenta un alto impacto y excelencia, y que hayan hecho publicaciones en Nature o Science desde el final de la convocatoria de 2023 y en todo el año 2024. 

              Criterios

              Con carácter general se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:

              • Haber hecho publicaciones científicas (quedan excluidas las letters) en Nature o Science en el año 2024, habiendo especificado su afiliación con la Universidad de Granada según se especifica en el punto “7. Directrices para especificar la afiliación a la Universidad de Granada en las publicaciones derivadas de las ayudas de los distintos programas” de las normas generales del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2024.

              24.c Ayudas de intensificación de la investigación a investigadores o investigadoras con contrato Ramón y Cajal

              El objetivo de esta ayuda económica es articular las previsiones establecidas en el artículo 4 del Programa para la captación y permanencia en la Universidad de Granada de nuevo personal investigador del programa Ramón y Cajal y de los programas del European Research Council, aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 25 de febrero de 2019. 

              El citado programa establece una asignación económica que se percibirá cuando el perceptor se encuentre ya estabilizado con carácter indefinido en esta universidad. La obtención de esta ayuda a la contratación, para la que se exige la superación de la evaluación de su actividad investigadora con los criterios del programa I3, se considerará un mérito individual suficiente para reconocer una trayectoria relevante y continuada que haya dado lugar a su consolidación en la plantilla de la Universidad de Granada. 

              En base a estas previsiones, el Plan Propio de Investigación y Transferencia establece un premio económico a las personas a las que se reconozca dicha trayectoria científica destacada. La cuantía del premio en que se concreta este reconocimiento será de 15.000 €, en dos pagos de 7.500 € a recibir en dos años consecutivos y siempre que mantengan relación contractual con la Universidad de Granada. 

              Requisitos

              • Ser profesor contratado doctor o funcionario de cuerpos docentes en la Universidad de Granada en el momento de la solicitud.
              • Supuesto 1:
                • Haber estado contratado dentro del programa Ramón y Cajal en la Universidad de Granada y no haber recibido previamente la asignación económica individual establecida en el artículo 4 del Programa de Captación y Permanencia en la Universidad de Granada.
                • Que esté activa la recepción de la totalidad, o parte del incentivo, a la contratación estable prevista en las convocatorias del Programa Ramón y Cajal o de CONSOLIDACIÓN a la Investigación.  
              • Supuesto 2:
                • Haber desarrollado un proyecto del ERC siempre que su actividad haya sido evaluada positivamente.

              En el supuesto de que se compatibilice un contrato dentro del Programa Ramón y Cajal con un proyecto del ERC, serán compatibles ambas asignaciones económicas.

              Criterios

              ​​Los premios objeto de estas ayudas no tienen la consideración de concurrencia competitiva, por lo que el cumplimiento de los requisitos establecidos por las personas solicitantes será el criterio de selección.

               

              Objetivo

              Con esta ayuda se pretende incentivar la concurrencia de personal investigador a las convocatorias de proyectos de investigación internacionales del European Research Council (ERC) mediante la financiación de estancias y reuniones científicas relacionadas con la preparación de una propuesta para las próximas convocatorias y/o la contratación de servicios externos de consultoría. 

              Condiciones

              • Se financiarán solicitudes en las que la preparación del proyecto internacional esté en un estado avanzado, para realizar acciones que faciliten la presentación última del mismo.
              • La cuantía de la ayuda será establecida por la Comisión de Investigación, con un montante máximo de 3.500 €.
              • Se financiará la asistencia a reuniones científicas de preparación del proyecto ERC y estancias en centros en el extranjero o en la UGR.
              • En el caso de que el candidato/a pase a fase de entrevista, se podrá financiar la preparación de la entrevista independientemente de que el investigador o investigadora sea de la UGR o no, siempre que el centro de acogida (host institution) de la propuesta ERC sea la Universidad de Granada.
              • También se contempla la financiación para la contratación de servicios externos de consultoría para la realización de una revisión de la propuesta.
              • No se financiarán en este programa aquellas solicitudes cuyo objetivo sea la asistencia a congresos o reuniones para preparar jornadas científicas.

              Requisitos de las personas solicitantes

              Podrá solicitar estas ayudas el personal docente e investigador de la Universidad de Granada. También se podrán financiar solicitudes de personal investigador sin vinculación contractual con la Universidad de Granada, siempre que la persona solicitante cuente con un investigador o investigadora de la UGR que avale la petición de la ayuda y se comprometa a la gestión de la ayuda concedida. Eventualmente, la Comisión de Investigación podrá citar a los solicitantes para justificar la necesidad y conveniencia de financiar dicha solicitud.

              Para la solicitud de esta ayuda, el candidato o candidata ERC no debe encontrarse penalizado por el ERC en el año de la solicitud.  

              Formalización de solicitudes

              La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

              • Convocatoria exacta a la que se va a participar, incluida la fecha del cierre de la convocatoria.
              • CV abreviado del investigador o investigadora.
              • Copia del título de doctor.
              • Resumen de la propuesta.

              La gestión administrativa del procedimiento se llevará a cabo en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. 

               Se publicarán resoluciones durante todo el periodo de solicitud.

              Selección de solicitudes

              Se atenderá principalmente a la calidad y competitividad del proyecto que se está preparando, así como a la relevancia internacional del investigador o investigadora. 

              Obligaciones de las personas beneficiarias

              Los receptores de las ayudas se comprometen a presentar el proyecto a la convocatoria del programa del ERC especificada en la solicitud, siendo el Centro de acogida (Host Institution) de la ayuda la Universidad de Granada.

              26.a. Captación de talento en grados universitarios

              Este programa ofrece a estudiantes de Grado de universidades nacionales o internacionales la oportunidad de participar en proyectos y actividades de investigación:

              Los responsables de grupos de investigación que han ofertado las plazas, disponen de un plazo de resolución que finaliza el 20 de Mayo de 2024. Deben de enviar beneficiario o beneficiaria (o declaración de vacante) de la plaza y lista de suplentes, en su caso y por orden de prioridad, a @email 

              Objetivo

              El programa ofrece a estudiantes de Grado de universidades nacionales o internacionales la oportunidad de participar en proyectos y actividades de investigación, lideradas por personal investigador de la Universidad de Granada, durante los meses de verano. El programa mejorará los conocimientos científicos del estudiantado, aportando al mismo tiempo una importante experiencia intercultural, lo que será fundamental para su desarrollo personal y profesional. 

              El programa se llevará a cabo durante cuatro semanas (mes de julio de 2024) durante las cuales los estudiantes participarán activamente en la vida investigadora en laboratorios, centros y grupos de investigación de la Universidad de Granada, colaborando en proyectos de investigación bajo la supervisión de los investigadores o investigadoras principales de los mismos.

              Condiciones de las becas

              • Se concederán un máximo de 25 becas.
              • La beca cubrirá los gastos de alojamiento y manutención en residencias de la Universidad de Granada (o en el caso de desarrollarse en Ceuta o Melilla, una ayuda económica equivalente).
              • Las becas se llevarán a cabo durante el mes de julio de 2024. Durante este tiempo los estudiantes deben participar en reuniones de laboratorio o de equipo, seminarios y otras actividades de investigación que se organicen en el marco del programa.
              • Antes del 31 de julio de 2024, la persona beneficiaria deberá entregar en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia una memoria del trabajo de investigación realizado acompañada de un informe con la valoración del investigador o investigadora principal del proyecto dentro del cual ha estado colaborando.
              • Según disponibilidad presupuestaria, a cada propuesta de colaboración se le podrá conceder más de una beca.

              Requisitos

              Podrán solicitar estas becas los estudiantes externos a la Universidad de Granada que hayan superado al menos el 50% de los créditos totales de su plan de estudios de Grado.

              La dirección del trabajo de investigación deberá estar a cargo de un doctor vinculado a la Universidad de Granada y adscrito a un departamento o instituto de investigación. El director o directora de la investigación deberá contar al menos con una evaluación positiva de la actividad de investigación por la CNEAI. Excepcionalmente, en aquellos casos en los que por su situación académica esto no fuera posible, el director o directora del trabajo deberá acreditar ante la Comisión de Investigación méritos equivalentes.

              Formalización de solicitudes

              Primera fase TERMINADA:

              • El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el 1 al 22 de marzo de 2024.
              • Solicitud de participación en el programa por parte del grupo de investigación.
              • Los grupos presentarán sus propuestas detallando la línea de investigación, describiendo las actividades a realizar, así como los requisitos en cuanto a titulación que deben cumplir los estudiantes que colaboren con dicho grupo, y que se publicará para realizar la oferta de 25 plazas.
              • Cada grupo podrá realizar un máximo de dos solicitudes en esta fase. Sólo en casos excepcionales, adecuadamente justificados, y previa aprobación por parte del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, un grupo podrá realizar más de dos solicitudes. 

              Segunda fase TERMINADA:

              Solicitud por parte del alumnado interesado en optar a la colaboración con la oferta del grupo o grupos elegidos. 

              Solicitud a través de nuestra web:

              A esta solicitud se adjuntará la siguiente documentación en formato electrónico:

              • Dirección de correo electrónico habitual para comunicaciones.
              • Teléfono de contacto para comunicaciones.
              • Certificación académica personal detallada en la que figuren las calificaciones obtenidas y la fecha en que se obtuvieron, o copia del expediente académico.
              • Copia del resguardo de matrícula del curso 2023/2024 actual, donde consten los créditos matriculados.
              • CV detallando las habilidades y conocimientos relativos a la colaboración a la que concurre.
              • Carta de motivación (“motivation letter”) escrita en inglés, detallando la motivación del estudiante para realizar la colaboración a la que concurre.

              En el caso de concurrir a más de una oferta de colaboración, éstas se deberán priorizar. En el formulario hay un desplegable en el que podrá indicar todas las colaboraciones a las que desea concurrir.

               Criterios de valoración de la segunda fase

              • El grupo de investigación emitirá un informe razonado sobre cada uno de los candidatos o candidatas interesados y una propuesta de provisión.
              • A partir de dichos informes, la Comisión de Investigación emitirá su evaluación.
              • Se procurará una adecuada distribución de las becas por áreas.

               Obligaciones de las personas beneficiarias

              • Participar en las actividades de investigación propuestas por el investigador o investigadora principal, responsable de la ayuda.
              • Presentar en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia una memoria del trabajo de investigación realizado acompañada de un informe con la valoración del investigador o investigadora principal.

              26.b. Intercampus Ceuta y Melilla

              Objetivo

              El programa ofrece a estudiantes de doctorado de la Universidad de Granada la oportunidad de realizar estancias breves (máximo de un mes) a lo largo de 2024 en los Campus de Ceuta y Melilla para fomentar las colaboraciones y sinergias con los grupos de investigación o laboratorios de dichas sedes.

              Requisitos

              Estar matriculado en los estudios de doctorado en la UGR durante el curso académico 2023/2024 o 2024/2025.

              Ser personal investigador con vinculación en la UGR en el momento de realización de la actividad (estancia).

              Condiciones

              • La ayuda financiada cubrirá los gastos de alojamiento y manutención en Ceuta o Melilla. El importe de la ayuda no superará los 700 € por mes.
              • Las estancias (máximo de un mes) se podrán realizar a lo largo de todo el año 2024.
              • Durante este tiempo los beneficiarios deben participar en reuniones de laboratorio o de equipo, seminarios y otras actividades de investigación que se organicen en el marco del programa.

              Solicitudes

              La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia. A este formulario se subirá la siguiente documentación:

              • Copia del resguardo de matrícula del curso 2023/2024 o 2024/2025.
              • CV detallando las habilidades y conocimientos relativos a la colaboración a la que concurre.
              • Carta de invitación del responsable del grupo de investigación o laboratorio, que incluirá la propuesta de actividades a realizar durante la estancia.

              El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde la publicación del Plan Propio hasta el 4 de noviembre de 2024, con resolución en los meses de mayo, septiembre y diciembre.

              Evaluación

              Se tendrá en cuenta la viabilidad de las actividades propuestas y el CV de la persona solicitante.

              Obligaciones de las personas beneficiarias

              Antes del 31 de diciembre de 2024, la persona beneficiaria deberá entregar en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia una memoria del trabajo de investigación realizado, así como el certificado de realización firmado por la persona responsable de la estancia, y justificantes de la liquidación de gastos de acuerdo con las normas generales.