P7. Programas de Contratos - Puente

    RENOVACIONES 2024: PLAZO DE SOLICITUD ABIERTO TODO EL AÑO.

    Las solicitudes de renovación de los contratos podrán presentarse en cualquier momento, con un plazo de antelación mínimo de un mes a la fecha de finalización, en el gestor de aplicación para solicitud de este programa.

    Los plazos de presentación de solicitudes y sus correspondientes resoluciones para el año 2024 serán los siguientes:

    • Primer plazo: 18 a 29 de marzo, con resolución en el mes de abril.
    • Segundo Plazo: 24 de mayo a 7 de junio, con resolución en el mes de junio.
    • Tercer plazo: 1 de septiembre a 20 de septiembre, con resolución en el mes de octubre.
    • Cuarto plazo: 1 de noviembre a 5 de diciembre, con resolución en enero.

    El formulario de solicitud estará abierto ininterrumpidamente para poder solicitar las renovaciones. ABIERTO EL PLAZO PARA RENOVACIONES todo el año.

    Procurar la continuidad de la relación entre la Universidad de Granada y del personal investigador que hayan completado su etapa predoctoral para facilitar su acceso a programas de perfeccionamiento postdoctoral. Con este programa se pretende, por una parte, contratar a aquellas personas solicitantes cuyos currículum vitae puedan ser competitivos en las convocatorias de programas autonómicos, nacionales o internacionales de perfeccionamiento de doctores y doctoras y, por otra, una mayor implicación de los departamentos, proyectos o grupos de investigación en la financiación de la persona solicitante.

    • Los contratos tendrán carácter temporal orientados a la especialización posdoctoral.
    • Tendrán una duración de 12 meses, o de 6 meses prorrogables hasta un máximo de 12, y el coste del contrato estará financiado al 50% por un Departamento o Grupo de Investigación, aportando dicha financiación al inicio del contrato.
    • En el caso de financiación con un Proyecto de investigación, el coste del contrato correrá íntegramente con cargo al presupuesto del Proyecto, y en caso de prórroga, ésta estará financiada al 50% con el Plan Propio.
    • Los solicitantes deberán haber agotado íntegramente el contrato predoctoral oficial u homologado.
    • Los solicitantes no pueden haber superado un plazo superior a tres meses entre la fecha de finalización del contrato predoctoral y la fecha de defensa de la tesis. En el caso de que defiendan su tesis doctoral antes de la finalización del contrato predoctoral, podrán solicitarlo.
    • Las personas beneficiarias de este programa percibirán la dotación mínima que para cada año establezca la Universidad de Granada para los contratos con cargo a proyectos de investigación destinados a doctores (un 1% superior a la establecida en el último año predoctoral, salvo que la convocatoria del proyecto que lo financia tenga un mínimo superior).
    • Las personas contratadas podrán prestar colaboraciones docentes hasta un máximo semestral de 4 créditos, o los que para este tipo de contratos hayan sido aprobados en el plan de ordenación docente para el año correspondiente.
    • La Universidad de Granada, a efectos de oposiciones y concursos, reconocerá la tarea investigadora desarrollada durante el tiempo de disfrute de estas ayudas.
    • A la firma del contrato las personas beneficiarias deberán presentar los trabajos publicados que fueron objeto de evaluación. Su incumplimiento implicará la no formalización del contrato.
    • Se concederán hasta un máximo de 70 contratos de seis meses y hasta 35 renovaciones de las que un 7% se reservan para el turno de personas con diversidad funcional que se distribuirán homogéneamente entre las cuatro convocatorias anuales. Las plazas no cubiertas en el cupo de diversidad funcional se acumularán a las del cupo general. Para evitar discontinuidades, la renovación de los contratos podrá solicitarse en cualquier momento, preferiblemente con un mes de antelación a la finalización del contrato.
    • Con carácter previo a la contratación, la persona responsable del contrato, remitirá al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia el plan formativo individual en el que se especifique el contenido de la práctica profesional, y asignará tutor o tutora que cuente con la formación o experiencia adecuadas para el seguimiento del plan y el correcto cumplimiento del objeto del contrato.
    • No se podrá interrumpir el contrato.
    • Haber disfrutado en la Universidad de Granada de algún programa oficial de formación predoctoral como personas beneficiarias de alguno de los siguientes programas de formación de personal investigador en la UGR: FPU/FPI del Ministerio/Junta de Andalucía, FPU del Plan Propio, contratos predoctorales análogos del Instituto Carlos III, u otras becas o contratos homologados por la UGR.
    • Ser doctor o doctora por la Universidad de Granada.
    • No podrá suscribirse con quien ya haya obtenido experiencia profesional o realizado actividad formativa en la misma actividad dentro de la Universidad de Granada por un tiempo superior a tres meses, sin que se computen a estos efectos los periodos de formación o prácticas que formen parte del currículo exigido para la obtención de la titulación o certificado que habilita esta contratación.
    • Para evitar la desvinculación de la Universidad de Granada, este programa podrá solicitarse hasta 5 meses antes de la finalización de la beca o contrato predoctoral. No obstante, en cualquier caso, se deberá haber defendido la tesis doctoral antes de firmar el contrato puente y en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de la beca o contrato.
    • La firma del contrato puente deberá hacerse en un plazo máximo de 3 meses tras la obtención del título de doctor.
    • Contar con la aceptación del Consejo del Departamento al que se adscriba la ayuda.

    La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia.

    En dicho formulario, se subirá la siguiente documentación en su apartado correspondiente:

    • Plan formativo.
    • Informe del director o directora del trabajo.
    • Informe del Consejo de departamento.
    • Copia del título de doctor o doctora (en su caso).
    • Publicaciones.
    • Como principal criterio de selección la Comisión de Investigación tendrá en cuenta la calidad científica de los tres mejores trabajos de investigación, seleccionados por los propios solicitantes. En el caso de publicaciones de elevada calidad a las que la persona solicitante haya contribuido significativamente, podrá considerarse suficiente un número menor de trabajos.
    • La calidad de las publicaciones será evaluada de acuerdo con parámetros bibliométricos oficiales como pueden ser el índice de impacto de las revistas indexadas o la posición de éstas en su correspondiente campo temático. En el caso de publicaciones en revistas indexadas, se deberá indicar, en la ficha incluida en el impreso de solicitud, el índice de impacto de la revista contenida en el ISI del año correspondiente a la publicación del trabajo, así como la posición de la revista dentro del campo temático al que pertenezca (ver Documento Marco de Evaluación en el Anexo I).
    • La Comisión de Investigación tendrá en cuenta la calidad del plan formativo presentado. La no presentación de un plan formativo adecuado será motivo de denegación de la ayuda.

     La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.

    • Incorporarse a su puesto de trabajo a la firma del contrato y demás obligaciones estipuladas en el mismo.
    • Desarrollar eficazmente el plan de trabajo previsto.
    • Presentar en el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia una memoria justificativa de la actividad realizada antes de la finalización del plazo de contrato. Dicha memoria se podrá publicar en el Repositorio de la Biblioteca Universitaria de la Universidad de Granada.
    • El personal contratado se subrogará para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio.