Convocatorias anteriores de personal investigador Doctor Junta de Andalucía

Selección de personal

Resolución de 6 de agosto de 2021, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se instrumenta el procedimiento de selección de personal investigador doctor correspondiente a las ayudas concedidas a los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento:

  • Plazo de presentación de solicitudes: del 20 de agosto al 7 de septiembre de 2021. Dado que el plazo de presentación es común para los solicitantes y la propia Universidad de Granada y en previsión de acumulaciones de solicitudes al final del plazo que puedan impedir la tramitación de las ayudas que se presenten, se establece el siguiente

Plazo interno de  presentación de solicitudes: hasta el 6 de septiembre de 2021 a las 12 horas.

No se garantiza la presentación de las solicitudes realizadas posteriormente.

Se requiere la inscripción previa de la persona solicitante en SICA.

Características de la convocatoria:

  • Contratos de una duración de 3 años para personal investigador con una antigüedad máxima del título de doctor de 5 años a fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes (ver causas de ampliación del cómputo de este plazo en la convocatoria).
  • Importe bruto anual  aproximado (incluidas pagas extraordinarias e indemnización por finalización de contrato) de 31.400 euros anuales.
  • Cada persona candidata únicamente podrá ser incluida como participante en la solicitud de una entidad beneficiaria.
  • Deberá contar con el aval de un tutor/a de la Universidad de Granada que garantice la disponibilidad de espacios y medios para realizar el proyecto de investigación. El requisito del tutor es que forme parte de un grupo PAIDI y que sólo figure  como tal en una única solicitud.
  • La Universidad de Granada es entidad receptora de 23 contratos, con la siguiente distribución por áreas científico-técnicas:
    • AGR 1
    • BIO 1
    • CTS 3
    • SEJ 2
    • FQM 2
    • HUM 4
    • RNM 5
    • TIC 3
    • TEP 2
  • Criterios de valoración: ver apartado décimo de la convocatoria. Se establece una nota de corte de 70 puntos para ser candidato elegible o reserva.
  • Limitaciones de participación:
    • Cada persona candidata únicamente podrá ser incluida como participante en la solicitud de una entidad beneficiaria.
    • Una persona investigadora tutora podrá figurar como tal en una única solicitud.

DOCUMENTACIÓN: Además de la establecida en la convocatoria,  los solicitantes deberán remitir a la dirección de email @email un aval de la solicitud, en formato libre, emitido por el tutor, junto con un informe del Departamento relativo a la solicitud. En el supuesto de que no sea posible aportar el informe del Departamento, el tutor asumirá el compromiso de tramitar el citado documento tan pronto sea posible.

Resolución de la Dirección General de Investigación y Transferencia del Conocimiento por la que se publica la propuesta provisional de personas seleccionadas y de reserva en el procedimiento de selección de personal investigador doctor convocado mediante Resolución de 21 de mayo de 2020:

  • En relación a la reciente publicación de la lista de personas seleccionadas y reservas de la convocatoria de Jóvenes doctores  de la Junta de Andalucía, publicada el pasado viernes 13 de noviembre, desde este vicerrectorado os informamos de que, como en la resolución no dice nada de los que sucede al candidato que no realiza este trámite (si lo consideran que acepta su valoración o si por el contrario entienden que desiste de su solicitud), todos participantes que aparecen en esta resolución, independientemente de que aparezcan seleccionados o reservas, deben realizar el trámite de Aceptación/Alegación/Desistimiento con todas las solicitudes que hubiesen realizado.

    Para realizar este trámite, tienen que entrar en la plataforma SICA en la fase Alegación/Aceptación/Desistimiento. Allí aparecerán la/s solicitud/es que hayan sido admitidas a participar en el proceso selectivo y que aparecen en la resolución publicada. Deberán entrar en cada una de ellas. Allí se les activa un nuevo formulario con varias páginas (de la 1 a la 5). En la primera aparecen los datos de la UGR, en la segunda, aparece el número de la solicitud (DOC_00....) su nombre y el nombre del tutor incluido en esta solicitud. En la tercera hoya primero tendrán que informar del estado en el que aparece la solicitud en la resolución, bien seleccionado, bien No seleccionado pero suplente o bien excluido (entendemos que esto se refiere a las solicitudes que apareciendo en el trámite de subsanación del pasado mes de septiembre, ahora no aparecen en la resolución del día 13 de noviembre). Una vez seleccionado el caso correspondiente a la solicitud que estas tramitando, debes de informar qué acción vas a hacer:

    • Aceptar: se supone que estás de acuerdo con lo publicado y aceptas la valoración que te han realizado.
    • Desistir de la solicitud: para el caso de que no quieras que tu solicitud, independientemente que esté seleccionada o reserva, no siga participando en el proceso selectivo.
    • Alegar: Para alegar cualquier dato de la valoración con el que no estéis de acuerdo. Según hemos observado, la aplicación no te deja seleccionar solo esta opción de alegar, por lo que para realizar la misma, tendréis que marcar Aceptar y Alegar (las dos opciones). Debajo de la opción de alegar y si se selecciona la misma, se habilita un cuadro de texto donde podéis escribir un esbozo de lo que queréis reclamar. En el apartado 4 podréis adjuntar los documentos que estiméis oportunos para la alegación e incluso un documento en pdf que realicéis vosotros donde desarrolléis más detalladamente los aspectos que queréis alegar.

    El apartado 5 ya aparece relleno y no tenéis que hacer nada en el mismo.

    Una vez tengáis todo terminado tenéis que darle a enviar a representante para que vuestra aceptación/alegación nos llegue al vicerrectorado y la pueda firmar el Vicerrector completando el trámite.

    Ya sabéis que el plazo para este trámite es hasta el próximo viernes 20 de noviembre, pero debido al gran número de solicitudes que hay y  el tiempo que se tarda en tramitar la firma del representante, establecemos que el plazo interno límite para que nos lleguen al vicerrectorado será el jueves 19/11/2020 a las 23:59 horas. Las aceptaciones/alegaciones que nos lleguen después de esta fecha límite, no podemos garantizar que se queden firmadas por el Representante Legal dentro del plazo marcado por la Junta.
    Tenemos un correo electrónico de la junta para dudas sobre la resolución y la convocatoria en general al que os podéis dirigir si necesitáis alguna aclaración que es  svpai.dgitc.cteicu@juntadeandalucia.e

Resumen de la convocatoria 2020

Convocatoria de personal investigador doctor correspondiente a las ayudas concedidas a las universidades y entidades públicas de investigación mediante Resolución de 30 de diciembre de 2019 en el ámbito del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).BOJA DE 27/05/2020.

Plazo de solicitud de la entidad: del 28 de mayo al 17 de junio de 2020 (15 días hábiles)

Documentos:

Publicación en BOJA de 27 de mayo de 2020:

Resolución de 30 de diciembre de 2019:

Características:

Características de las ayudas:

  • Contratos de 3 años de duración, a formalizar en el plazo de 1 mes desde que se resuelva el procedimiento selectivo.
  • Importe bruto anual  aproximado (incluidas pagas extraordinarias e indemnización por finalización de contrato) de 31.377 euros anuales.
  • Número de plazas ofertadas en UGR: 44 (con la distribución por áreas científicas que consta en el anexo I de la convocatoria).
  • Colaboraciones docentes: hasta 6 créditos anuales exceptuadas las horas dedicadas a la dirección de trabajos fin de grado y/o fin de master.

Presentación de solicitudes:

Las solicitudes se presentarán en la dirección electrónica: https://sica2.cica.es

En el caso de no estar inscritas previamente, las personas solicitantes deberán inscribirse en el Sistema de Información Científica de Andalucía (SICA) a través de la siguiente dirección electrónica https://sica2.cica.es donde podrá identificarse y definir su nombre de usuario y palabra clave, con el fin de poder cumplimentar los apartados referidos a su solicitud y adjuntar la documentación correspondiente.

El envío se completará mediante la cumplimentación del resto de apartados por parte de la persona que ostenta la representación legal de la entidad interesada y la firma y envío electrónico del mismo.

Requisitos de los solicitantes:

  1. La fecha de obtención del grado de doctor debe estar comprendida entre los cinco años anteriores a la fecha de publicación en el BOJA de la presente convocatoria. Se entenderá como fecha de obtención del doctorado, la fecha de lectura y aprobación de la tesis doctoral. Este plazo puede ampliarse en caso de que se hayan dado alguna de las situaciones de maternidad, enfermedad, cuidado de familiares, etc (ver apartado cuarto 1. b)
  2. Estar inscrito y tener la condición legal de demandante de empleo o de mejor empleo en un servicio público de empleo.
  3. Las personas solicitantes deberán incluir en la solicitud a un investigador tutor de la Universidad de Granada, que deberá formar parte de un grupo de investigación inscrito en el Registro Electrónico de Agentes Andaluces del Conocimiento (grupos PAIDI). Si el tutor es de otra Universidad, la solicitud se presentará a través de dicha Universidad. No se exigen requisitos adicionales al investigador tutor.

Limitaciones a la solicitud:

a) Una misma persona podrá participar en un máximo de dos solicitudes, en cuyo caso, deberá indicar el orden de preferencia de las solicitudes presentadas, cumplimentando debidamente la casilla prevista a estos efectos.

b) Un investigador tutor podrá figurar como tal en un máximo de dos solicitudes.

c) Una misma entidad beneficiaria podrá presentar cuantas solicitudes considere conveniente, con las limitaciones establecidas en los apartados anteriores, teniendo en cuenta que se constituirá una bolsa o lista de suplentes por entidad y áreas científico-técnica para cubrir posibles bajas o renuncias.

Contenido de las solicitudes y documentación:

A la solicitud (Anexo II publicación en BOJA) la persona solicitante deberá incluir la información y documentación correspondiente a los requisitos exigidos, así como la información necesaria para aplicar los criterios de valoración, conforme a lo siguiente:

a) Título de doctor o certificación académica de la persona participante, donde figure indicación expresa de la fecha en la que se obtuvo el grado de doctor.

b) Documentación acreditativa de los períodos de interrupción en la obtención del grado de doctor por los motivos establecidos en el apartado cuarto de esta resolución.

c) Certificado acreditativo del correspondiente servicio público de empleo de la condición legal de demandante de empleo o de demandante de mejor empleo.

d) Currículum vitae de la persona solicitante. Se cumplimentará utilizando el currículum vítae normalizado (CVN), conforme al formato disponible en la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT).

e) Documentación acreditativa, en su caso, de los períodos realizados de estancias en universidades y centros de investigación extranjeros. Se deberá aportar informe o certificado de las personas representantes de los citados centros.

f) Memoria justificativa de la adecuación de la solicitud presentada a la propuesta aceptada de la entidad beneficiaria, que incluirá asimismo el historial del grupo receptor al que esté adscrito el investigador tutor.

La memoria tendrá una extensión máxima de cuatro páginas y contendrá los siguientes apartados:

  • Justificación de la adecuación de la solicitud a la propuesta aceptada de la entidad beneficiaria.
  • Breve descripción de las líneas de investigación del grupo receptor.
  • Publicaciones científicas de relevancia del grupo receptor.
  • Liderazgo y participación en proyectos de investigación y contratos de I+D por parte del grupo receptor.
  • Patentes del grupo receptor, en especial aquellas que se encuentren licenciadas y en explotación.
  • Experiencia del grupo receptor en formación de doctores. - Otros datos a destacar de relevancia.

g) En su caso, certificación acreditativa del grado de discapacidad.

h) En el caso de investigadores extranjeros no residentes en territorio español copia del pasaporte en vigor.

Criterios de evaluación de las solicitudes:

1. Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios y subcriterios:

a) Méritos curriculares de la persona solicitante. Puntuación: de 0 a 65 puntos.

  1. Relevancia de los artículos publicados en revistas científicas y los libros o capítulos de libros científicos y técnicos de la persona solicitante y su contribución a los mismos. Se valorarán asimismo las patentes concedidas o licenciadas, y, en general, cualquier otra aportación que permita valorar los diferentes aspectos de la investigación, incluyendo la transferencia de tecnología y la participación en proyectos y contratos realizados en colaboración internacional. Otros méritos curriculares incluyendo la obtención de premios, las ponencias en congresos, menciones y distinciones, actividades de divulgación científica y cualquier otra aportación que permita valorar méritos en investigación no incluidos en los anteriores apartados. Se valorará la realización del programa de doctorado en una universidad andaluza. Puntuación: de 0 a 50 puntos.
  2. Estancias en universidades y centros de investigación extranjeros. Puntuación: de 0 a 15 puntos.

b) Adecuación del perfil del candidato a la propuesta aceptada de la entidad beneficiaria. Puntuación: de 0 a 35 puntos.

Esta valoración incluirá, asimismo, la evaluación del historial del grupo de investigación al que pertenezca el investigador tutor. A tales efectos, se deberá aportar una memoria justificativa de la adecuación de la solicitud a la propuesta aceptada de la entidad beneficiaria, que incluirá asimismo del historial del grupo receptor.

2. Para aquellos solicitantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33% se multiplicará la puntuación total obtenida por 1.1. 

A los efectos del proceso de evaluación y de acreditación de los méritos exigidos, solo se tendrá en cuenta la información contenida en el currículum vitae de la persona solicitante, en la documentación acreditativa de la realización de estancias en el extranjero, en la adecuación de la solicitud a la propuesta aceptada de la entidad beneficiaria y en la memoria justificativa del historial del grupo receptor.